Como bien hemos indicado en nuestros anteriores mensajes, si se trata de una cuenta con movimientos y operaciones corrientes, no tiene comisión por ingreso de terceros. No obstante si tenéis más dudas, también podéis poneros en contacto con nosotros a través de los siguientes canales. https://www.cajamar.es/es/comun/atencion-al-cliente/contactenos/
O bien a través del servicio "tu caja responde" en banca electrónica. Gracias.
Son en cuentas con distinto titular, en ningún caso como particular con una cuenta de consumo general se va cobrar comisión por ingresar efectivo, ni al ordenante como beneficiario. Sólo como hemos indicado anteriormente, a personas jurídicas y cuentas con finalidad de no consumo, exceptuando organismos públicos y administración. Cualquier duda, consulta con tu oficina gestora. No obstante antes de hacer cualquier operación de ingresos a terceros nuestros compañeros deben informar del coste de la comisión por este servicio.
Hola Xavij, en aquellas cuentas de no consumo, es decir, que tienen fines comerciales. Por ejemplo si un abuelo quiere hacer un ingreso en la cuenta de su nieto no se le va a cobrar nada. Un saludo.
Como os hemos indicado anteriormente si consideras necesario reclamar, los canales que tiene habilitados la entidad, además de la red de oficinas, son los que aquí se incluyen https://www.cajamar.es/es/comun/atencion-al-cliente/
Saludos,
Hola, disculpa el retraso en contestar. Lamentamos que nuestras respuestas no te satisfagan pero Cajamar no es un banco on line, es una entidad que sigue buscando el trato directo y personalizado a través de la sucursal. Es nuestra red de oficinas la que tiene la función, capacidad y el criterio para tratar cada caso concreto de cliente, de persona a persona. Por este motivo llegado un punto en el que no podemos ayudar más de forma virtual, redirigimos al cliente a su oficina, donde lo conocen y podrán atenderle de forma personalizada.
En cuanto a las consultas planteadas, Cajamar está obligada, como cualquier entidad financiera en territorio español, a cumplir con lo establecido en la Orden EHA 2899/2011, de 28 de octubre, adjuntamos enlace al Banco de España:
http://www.bde.es/clientebanca/comisiones/queson/temas/normativa.htm
Si en tu caso concreto se ha incumplido alguna de las directrices expuestas en esta normativa, puedes elevar una queja o reclamación formal utilizando cualquiera de los canales que detallamos en el siguiente enlace:
https://www.cajamar.es/es/comun/atencion-al-cliente/quejas-y-reclamaciones/
Gracias a ti por contactar con nosotros. Un saludo.
Venimos contestando de forma individual a cada uno de los foreros sobre este y otros temas. No obstante, en su caso y como nos plantea, si es socio de nuestra entidad y tiene dudas, le recomendamos que se acerque a su oficina donde en el acto se le cancelarán dichas aportaciones a capital social y se pondrá su dinero a su disposición de acuerdo con su deseo.
Saludos,
CajamarResponde
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Como decimos en estos casos es competencia de la oficina, puesto que son ellos lo que mejor conocen a los clientes. Nuestro papel aquí es atender consultas, facilitar información o resolver dudas, en definitiva mejorar nuestra atención y relación con el cliente, como siempre ha sido, y los nuevos canales y tecnologías de la información y comunicación nos dan esta oportunidad de forma más inmediata y cercana.
Hola, de nuevo, en el caso de la cuenta está exento, en la tarjeta no por que no está a nombre del titular de la nómina, por lo que no se aplica dicha bonificación.
Buenos días, xavij, es competencia de la oficina, por lo tanto te recomendamos que consultes con nuestros compañeros, son ellos los que mejor te pueden informar cómo beneficiarte de ello.
Saludos,
Buenos días Xavi, no es falso, puede que no nos hayamos explicado del todo bien, te habíamos entendido que preguntabas en concreto por este trimestre no por el pasado, por eso te decíamos la parte proporcional del trimestre actual. Si tienes la nómina domiciliada no se te cobra mantenimiento en esa cuenta, y se te aplicaría la bonificación también en la tarjeta débito.
Hola, Xavij, se aplicaría la parte proporcional al tiempo que ha estado abierta la cuenta.
Un saludo,
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Nos referimos con renovación al mantenimiento anual no a la fecha de caducidad de la tarjeta. Llegada esa fecha, el coste de la tarjeta es 20, pero si cumple con las excepciones se le aplicarán las correspondientes bonificaciones, 10 euros si tiene nómina o cumple otross criterios de edad y otros 10 euros si cumple con el nº de operaciones anual, por lo que el coste sería 0.
Las aportaciones al capital social son reembolsables en cualquier momento, lo más recomendable es que acuda a su oficina, nuestros compañeros estarán encantados de aclararle todas las dudas que tenga.
Saludos,
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Hola, Desdelsur, la bonificaciones se tendrían en cuenta, a partir del año que viene, de la próxima renovación. Es decir a partir de la segunda renovación después de recibir la notificación. Por ejemplo, si tu familiar ha recibido la carta hace cosa de un més, pero le toca la renovación de la tarjeta dentro de dos meses, se le aplicaría la tarifa anterior, en este caso 24 operaciones.
Esperamos haberte resuelto tus dudas.
Un saludo,
CajamarResponde
Hola, Lastres1962, contestamos a los consultas que nos hacen directamente o bien facilitamos información de interés para los usuarios de Rankia. Si tenéis dudas, necesitáis información sobre alguno de nuestros productos y servicios, participamos en la conversación.
Un saludo,
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Luis, la aplicación es a periodo vencido, no vamos a cobrar antes de disfrutar de un servicio. En el caso de cerrar una cuenta, ya lo tendrías cobrado, de esta manera sólo se te cobraria la parte proporcional al tiempo que estuviera la cuenta abierta. Esperamos haberte aclarado la duda. Un saludo.