Buenas, este año he tenido unas perdidas en acciones de alrededor 7000 euros según cáculos e indicaciones en casilla 407. ¿Debo de colocarlas en alguna otra casilla de la renta para poder compensarlas en años futuros o se queda así y únicamente he de acordarme para años futuros?
Gracias
Sí, en el caso de operaciones realizadas en Diciembre, para no aplicar se deben de cunplir los 2 requisitos en este caso:
1) Cartera a 0 valores a 31 de diciembre
2 )No comprar dichos valores nuevamente hasta marzo
¿Es así?
Buenas, entiendo que no aplica la regla puesto que en la cartera al final del año fiscal no posee acciones de ese valor, pero mejor que nos confirmen los expertos.
gracias
saludos
Buenas, ¿sería correcto afirmar que si la posición de un valor al final del año es 0 títulos en cartera, independietemente de las veces que hayas operado con él y si has obtenido plusvalías o minusvalías en las diferentres operaciones, no aplica la regla de valores homogéneos? ¿De esta manera se podrían sumar todas las operaciones de ese valor y tributarla como úna única operación bien sea el resultado final plusvalía o misnusvalía, es correcto?
Gracias a los expertos
Saludos
Yo tengo las acciones k tenia ayer compradas a 0.55 si hoy salen nuevas entiendo k automaticamente me dan mas acciones no? O pierdo todo sin que me den nuevas? Joder...
Ok, peor seria tener que aplicar a esa perdida el 100% que supongo que pasara si cumples los requisitos...
Miguel y no molesto mas, ¿estoy en lo cierto al aplicar el 3% de amortización del valor catastral en la casilla de los gastos si la vivienda ha sido heredada?
Gracias
Pero no lo entiendo Miguel al ser un rendimiento neto negativo mejor si no te aplicas ninguna reducción, en tiendo que si te sale -1000 euros, la base general te la bajan 1000 euros no? porque aplicar la reducción y que solo te la bajen 400?
Algo no entiendo...
Tienes razón en cuanto a las casillas, las que he puesto era en ejercicios de otros años.
Ocurre a veces que los gastos del inmueble superan a los ingresos recibidos por el alquiler y da un ingreso neto negativo (por reformas por ejemplo). ¿Cómo se procede en estos casos? Se restan a la base imponible general ? O se quedan los ingresos a 0 y no te imputan nada por el alquiler?
Gracias Lunatico, ya lo entiendo.
Para declarar lo correspondiente a esos nueve meses seria 1,1*valor catastral*9/12. ¿Este valor lo tengo que sacar yo o directamente el programa te lo pone? Si lo tengo que poner en que casilla va?
Mil gracias Lunatico, la verdad es que sabeis mucho de fiscalidad
Miguel a ver si me puedes ayudar: para declarar las cuantías recibidas por el alquiler de una segunda vivienda estoy haciendo lo correcto:
Casilla 70 Ingreso recibidos 600 x 3 meses = 1800 euros
Casilla 74 Gastos deducibles: IBI, Impuesto de basuras, Seguro y 3% amortización (del valor catastral de edificación puesto que la casa la he heredado y no me ha costado nada). Todo ello la parte proporcional a 3 meses 900 euros
Ingreso neto = 900
¿La pregunta es puedo aplicar la deducción el 60% a esos 900 y finalmente declarar 360 euros? ¿O solo puedes aplicarlo cuando el inmueble esta todo el año alquilado?
Por otro lado ¿Qué ocurre si el ingreso neto es negativo?
Mil gracias Miguel y demás compañeros
No entiendo lo que dices Kyrie, disculpa mi ignorancia, pero como me van a imputar algo durante esos 9 meses sino he recibido nada?
Gracias
Disculpa las molestias
Si lo utilizaba y lo sigue utilizando, pero Kyrie no entiendo la última coletilla "pero en ningún caso ese 60% es aplicable a la imputación de rentas que te va a tocar poner"
Gracias
Por otro lado después de realizar la renta, con la nueva legislación vigente de operar a corto, creo que salimos ganando puesto que las minusvalías del ejercicio las puedes compensar bajando la base general hasta un 10%, no necesitas plusvalías de otras acciones para poder compensarlas. Al bajar la base y ser tan altas las retenciones, en mi caso me devuelven bastante mas.
Otro tema son las minusvalías a corto de años anteriores...
Por si os es de ayuda, he comprobado que Renta 4 trabaja con los importes netos en las operaciones de compra y venta de acciones en cambio La Caixa trabaja con importes brutos y debes restar o sumar la comisión según proceda.
¿alguien me puede decir que tipo de perdidas con ejemplos se pueden poner en la casilla 362? ¿y en la 364?
No entiendo para que valen si no puedes meter la minusvalía de años anteriores de acciones o de la venta de una vivienda...
Gracias Lunático ya lo tengo claro (en años anteriores he aplicado mal la norma, no tenía en cuenta lo de la cartera a 0 durante los 2 meses siguientes, si o si la aplicaba la norma cdo operaba con un margen menor de 2 meses y tenía perdidas...)
Lunatico otra pregunta,¿las comisiones que cobran los bancos por la compra y venta no se incluyen verdad? Yo trabajo con los importes de la operación sin comisiones incluidas que además coincide con los datos fiscales
En la declaración del año que viene, como te has quedado comprado en el ejercicio y no ha pasado mas de 2 meses entre 21/10 (fecha perdidas) y 28/10 (fecha de la nueva compra) se aplica la norma. Como ya las has vendido en 2014, si no compras en los 2 siguientes meses al 20/04/14, te podrás desgravar las perdidas en la declaración del año que viene siempre que tengas ganancias
Lo que yo haría en tu lugar es mantener esas ganancias de 26000 euros del 2014 a largo plazo (mas de 1 año), el día que las vendas como generarás plusvalías en la base del ahorro te las podrás compensar con las minusvalías de los años 2010, 2011 y 2012. Ten en cuenta de que hablas de mucho dinero y te compensaría aunque dentro de un año esas plusvalías de 26000 euros fueran mas pequeñas