Por ejemplo puedes plantear un precio que te haga tener un interés de 3%, descontando todos los gastos que han detallado anteriormente los compañeros.Lo que yo entiendo:- si el precio medio de la subasta es más bajo que el precio que tú has puesto, entonces las comprarás a dicho precio medio-si el precio medio es más alto, compras a tu precioPero claro, todo esto asumiendo que logres entrar en el grupo competitivo, porque corres el riesgo de no entrar. Por otro lado, garantizas una rentabilidad mínima.No sé si me estoy equivocando en mi lógica, alguna otra opinión?
Todos estáis participando en subasta no competitiva? Recuerdo haber participado en unas obligaciones marcando precio hace años y si que entré. Sin embargo, no sé si ahora entraría. Pese a que el TAE parece estar creciendo, siempre me queda algo de miedo a que el precio de compra no sea el esperado.Que opináis?
Muchas gracias Batiscafo por tu ayuda, ahora he revisado los numeros y efectivamente tienes razon!
Solo una ultima pregunta: las perdidas por venta de acciones se ponen en casilla 420 porque son perdidas patrimoniales? Pensaba que debian ponerse en 428 al ser rendimientos de capital mobiliario.
Lo pregunto porque obviamente me sale mucho mejor la declaracion si pongo dicha perdida en la casilla 428, y no en la 420.
Gracias !
hola a todos,
Una pregunta muy "tonta": tengo 500 euros en la casilla 407 de la declaracion del 2016, por una perdida al vender acciones en 2016. Tengo ganancias patrimoniales por valor de 50 euros y ganancias por rendimientos de capital mobiliario por valor de 200 euros. Mi pregunta es: puedo separar la perdida de los 500 euros en dos casillas diferentes?
Es decir, poner por un lado 50 euros en la casilla 420 y el resto (450 euros) en la casilla 428? O estoy obligado a poner los 500 euros en la casilla que me convenga mas ( en este caso la 428)?
Un saludo y gracias
Hola,
Os cuento como se ha resuelto el caso:
Despues de muchas quejas, conseguí que el BBVA me diera el dinero que corresponde a la venta de los derechos al precio de venta en el momento de la ampliacion. Ellos no calcularon en ningún momento el importe, ni en eso se han molestado. Les dije una cifra y es la que me han ingresado en la cuenta.
Pese a que he recuperado mi dinero, estoy extremadamente decepcionado. El trato ha sido muy deficiente. La resolución del departamento de reclamaciones estaba en mi sucursal desde hacia varias semanas, y no se habian ni molestado en llamarme.
La persona que me atendió en mi sucursal, no tenia el más mínimo interés en reparar el nombre de la entidad. Parecia que me estaba haciendo un favor y que le aburria. Le pregunté, si esto me iba a pasar mas veces con mas ampliaciones, o si habian reparado el error. Ni eso supo responderme. Solo se dedicaba a enviar emails como un robot, sin ningún valor añadido.
Francamente, esperaba mucho mejor servicio de uno de los bancos clásicos en España y estoy pensando muy seriamente en llevar la cartera de valores a un banco de inversión, donde son mas profesionales. Estoy pendiente de preguntarles, porque se que hay un coste elevado en llevarte la cartera.
Por otro lado escribí al defensor del inversor en la CNMV y nunca me respondieron.
Aqui seguiré por aqui, por si mi caso puede ayudar a alguien.Os agradezco vuestros comentarios y ayuda!
Muchas gracias. Os mantendré informados si logro resolverlo. Desde luego que no lo voy a dejar pasar.
Ya he escrito al protector del inversor y estoy preparando la reclamacion para la CNMV.
Muchas gracias por vuestra ayuda!
Muchas gracias Luis Angel por responderme.
Hace ya casi dos meses que presenté la reclamacion al servicio de atencion al cliente de BBVA sin ninguna respuesta. Dentro de poco habran cumplido el plazo reglamentario y podre acudir al banco de España
Sin embargo, no sabia que existia la oficina de proteccion al inversor que comentas, acudiré alli rapidamente para que me asesoren.
La verdad, uno se siente muy impotente en estos casos. Los bancos actuan con total impunidad y los clientes no tenemos ninguna opcion mas que esperar a que se dignen a respondernos, si es que lo llegan a hacer. Es realmente vergonzoso y me pregunto cuantos damnificados tiene que haber en sus casas, por este motivo o cualquier otro, sin capacidad de hacer valer sus derechos.
Hola a todos,
Es obligatorio que una empresa te declare exento en la nómina, por los días que has estado en el extranjero? Yo lo he solicitado al departamento de RRHH; y me dicen literalmente que no lo quieren hacer. Es esto legal?
Me gustaría encontrar algun documento escrito que confirme que están obligados a hacerlo si lo solicito.
Muchas gracias por vuestra ayuda
Gracias Chefer por la aclaración, lo que no estaba teniendo en cuenta entonces era el cupón corrido.Yo pensaba que con los 101, ya los estaba pagando de manera indirecta. Por lo que entiendo de tu email, si quisiera comprar en el mercado secundario, aparte del precio de compra, siempre tengo que aportar de manera separada el cupón corrido.