Beticus
26/10/17 13:30
Ha comentado en el artículo
Inminente adjudicatario en el limbo judicial
Buenas Mfmelo.
Y te las adjudican a pesar de lo que dice:
"no se aprobará el remate salvo que el Letrado de la Administración de Justicia lo acuerde teniendo en cuenta las circunstancias del caso, especialmente la conducta del deudor en relación con el cumplimiento de la obligación por la que se procede, las posibilidades de lograr la satisfacción del acreedor mediante la realización de otros bienes, el sacrificio patrimonial que la aprobación del remate suponga para el deudor y el beneficio que de ella obtenga el acreedor. Antes de resolver deberá oir a las partes"
Visto los Letrados actuales y el ambiente antibsubasteril, muchos se las pueden dar de podemitas y no adjudicar.
Saludos.