Acceder

Participaciones del usuario betico86

betico86 12/03/20 18:08
Ha comentado en el artículo El subastero que susurraba a las secretarias judiciales
Tristán, me ha encantado la historia. Cómo me he reído, jajaja. Pero es que luego, al ver los comentarios de los "ofendiditos", esas risas se han multiplicado por dos, JAJAJAJA. Sigue así, Tristán. Que no te callen la boca los moralistas y dictadores de lo correcto.
ir al comentario
betico86 09/07/18 15:36
Ha comentado en el artículo El poder del enjambre. Los postores comienzan a organizarse
Yo he tenido el mismo problema que Nitsuga2010. Me he metido en Disqus y creo haberlo configurado bien...Hasta ahora no me llegaba nada, y creía que esto estaba un poco muerto. Me gustaría participar y servir de ayuda a nuestra pequeña comunidad, jeje
ir al comentario
betico86 12/09/14 13:37
Ha comentado en el artículo Las deudas de comunidad se pueden reclamar al anterior propietario
Gracias por tu respuesta, Tristán. Tal vez me explicase mal en mi primer comentario (cosas de novatos, jeje), pero lo que me parece dudoso es que puedas exigir al ex-propietario del inmueble las cuotas de comunidad devengadas tras el testimonio del decreto de adjudicación. Es decir, en mi opinión, es dificíl que un juez considere que tienes derecho a repetir contra el ex-propietario (ejecutado) por las cuotas devengadas entre el testimonio del decreto de adjudicación y la toma de posesión del piso. De hecho, aun teniendo en cuenta la opinión de Jotaerre y su cita del art. 1462 CC, me parecería igualmente dudoso. Sobre todo, teniendo en cuenta que nunca he visto un decreto de adjudicación en el que diga que el inmueble se encuentra ocupado (pues la mayoría de los decretos no dicen nada sobre la situación posesoria del inmueble). La única posibilidad que se me ocurre para poder exigir al ex-propietario las cuotas posteriores al testimonio del decreto es la apuntada por Jotaerre: que el decreto de adjudicación mencione expresamente que la finca está ocupada.
ir al comentario
betico86 11/09/14 19:29
Ha comentado en el artículo Las deudas de comunidad se pueden reclamar al anterior propietario
Enhorabuena por tu blog, Tristán. Hace mucho que lo sigo, pero nunca me he decidido a escribir. Pero esta vez no he podido evitarlo. ¿En qué resolución judicial te basas para reclamar las cuotas de la comunidad de propietarios al "ocupa" (ex-propietario) del piso subastado y adjudicado hace meses? Me parece muy discutible, sobre todo, teniendo en cuenta que la Ley de Propiedad Horizontal establece como obligación del "propietario" (art. 9) y no del "ocupante" la obligación de pago de las cuotas comunitarias. A lo que debe añadirse que el adjudicatario es el propietario del piso subastado desde que se expide el testimonio del decreto de adjudicación (según la jurisprudencia mayoritaria), sin que haga falta la entrega de la posesión.
ir al comentario