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Berto27 26/10/22 13:01
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
Hola @moclano .Me parece muy interesante tu comentario. Muchas gracias por compartir tu visión.Me gustaría profundizar un poco en la estrategia para la parte táctica de la cartera de cara al próximo cambio de ciclo. Hablas de cuatro clases de activos o sectores que crees que podrían comportarse bien: renta fija, empresas tecnológicas, small caps y RV europea. ¿Serías tan amable de nombrar algunos fondos que consideras dignos de estudio para cubrir cada una de esas categorías? Sin prisa, me gustaría hacer un estudio de los mismos de cara a los próximos meses. Quizá se puedan listar algunos más agresivos para un perfil como el mío y otros algo más conservadores que puedan ayudar a otros compañeros del foro con diferentes perfiles.También me gustaría plantearte otra pregunta quizá más filosófica. No has hablado del sector growth en su conjunto, que creo debería hacerlo bien en el cambio de ciclo. Quizá esta parte la cubres con el núcleo de la cartera y no con la estratégica. ¿Es así? ¿Rotas el núcleo en algún momento? ¿En base a qué criterios?Gracias otra vez y un saludo.
Berto27 18/08/22 23:00
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
Echa un vistazo al UBAM 30 Global Leaders, por ejemplo. También tienes el MFS Meridian Global Concentrated.
Berto27 14/02/22 11:15
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
Echa un vistazo al Nordea Global Real Estate.
Berto27 14/02/22 11:14
Ha respondido al tema El Bar de los Pufforeros. Inversión de la A a la Z: Fondos, ETF, planes de pensiones, acciones, metales preciosos, etc
He aprendido mucho de ti. Muchas gracias por compartir este viaje. Un abrazo fuerte.
Berto27 04/01/22 17:03
Ha respondido al tema Límite irpf planes pensiones 2022
Hola,En principio tú podrías aportar 1500€ a un plan individual de tu elección. La aportación al plan empresarial quedaría al margen de esos 1500€ y tendría su propio límite de 8500€ dado que la empresa y tú aportáis la misma cantidad (que es precisamente el supuesto que indica la nueva ley).El problema es esta frase:A estos efectos, las cantidades aportadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador tendrán la consideración de aportaciones del trabajador.Lo habitual es que el trabajador esté en el PPC por voluntad propia, lo cual deja en el aire todo lo que te he indicado antes... Me consta que al menos la gente de Indexa Capital (@fderbaix ) ha lanzado consultas para aclarar este punto porque la redacción es realmente confusa.
Berto27 11/11/21 10:43
Ha respondido al tema Carteras de fondos de inversión Rankianos para el 2025: análisis, opiniones y consultas
Según la propia gestora, la duración es de un año:el nuevo Nordea 1 – European Covered Bond Opportunities [...] es una versión apalancada del Nordea 1 – Low Duration European Covered Bond. Ambos mantienen una duración de en torno a un año, pero el nuevo Fondo cuenta con una mayor exposición al riesgo de crédito.Véase el original.
Berto27 30/10/21 10:42
Ha respondido al tema ¿Conocéis este fondo? BGF Next Generation Technology
Refloto este hilo para comentar que BlackRock acaba de lanzar una clase A2 denominada en euros y sin cobertura de divisa (LU2400291972).
Berto27 15/09/21 09:14
Ha respondido al tema Dudas aportación plan de pensiones individual / empresa
Hola juanantz,Como te comentan, el límite de 2000€ incluye las aportaciones obligatorias que hagas al plan de empresa (esos 50€). Por lo tanto, tienes un margen de 1400€ para aportar al plan que quieras, el de tu empresa u otro.Los planes de empresa sí admiten aportaciones voluntarias.Cuando tienes un plan de empresa de Caixa pero no eres cliente del banco (tu caso hasta el 12 de noviembre), el acceso al plan se realiza a través de un portal de la gestora (VidaCaixa) llamado "Aporta+". Es una web personalizada para la empresa que muestra toda la información de tu plan, aportaciones, etc., pero no permite hacer gestiones; esas hay que hacerlas en papel. Por tanto, cosas tan básicas como hacer una aportación voluntaria o simplemente cambiar tu dirección postal se complica mucho. Sin embargo, cuando sí eres cliente del banco (como será tu caso pronto), puedes ver toda la información del plan desde la web/app del banco y realizar aportaciones voluntarias de manera muy sencilla, ya lo verás.Sobre el plan a elegir, unas consideraciones:Los planes de empresa son, por lo general, absolutamente imbatibles en comisiones. Ni los planes individuales con las comisiones más bajas del mercado se les acercan. En ese sentido, el de tu empresa te puede interesar.La desventaja que yo le veo es que no se permiten movilizaciones. Es decir, el día de mañana no podrías llevarte tu dinero a otro plan de pensiones, ni siquiera esas aportaciones voluntarias. A veces el reglamento del plan permite la movilización si dejas de trabajar en tu empresa, pero no siempre. En cambio, si aportases a otro plan, podrías cambiar esas aportaciones voluntarias de plan e incluso de banco en cualquier momento.Además de eso, podrías elegir en qué plan invertir según tu perfil de riesgo (renta variable, renta fija, alternativos...), mientras que en el de empresa te vendrá dado. Eso puede ser bueno o malo según si tienes claro en qué invertir o prefieres la comodidad del plan de empresa.En fin, espero haberte ayudado. Si tienes cualquier otra duda, coméntalo.PS: Las comisiones de cualquier plan se descuentan del valor del propio plan. No te las van a cobrar de ninguna cuenta ni nada parecido.
Berto27 26/07/21 15:47
Ha respondido al tema Derecho a heredar en caso de premoriencia
Revisa bien el tema del seguro de vida. Cuando hay hipoteca, es habitual hacer un seguro de vida poniendo como beneficiario al banco. En caso de fallecimiento, el seguro paga la hipoteca pendiente, cancelando la deuda, lo cual puede cambiar mucho las cosas por lo que comentas.
Berto27 09/06/21 12:45
Ha respondido al tema Deducción alquiler Renta 2020 Comunidad de Madrid, requisitos.
¿Estás seguro de que se trata de un contrato nuevo y no una prórroga del anterior? En ese caso, estaría exento de ITP.El Real Decreto-ley 7/2019 en su artículo quinto modificó la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados declarando exentos los arrendamientos de vivienda habitual a nivel nacional. Este cambio entró en vigor el 6 de marzo de 2019.Por tanto, si tu contrato es de febrero de 2020, te puedes olvidar del ITP.