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Berbek

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Berbek 24/04/23 11:11
Ha respondido al tema Ganancias o pérdidas patrimoniales en ventas de inmuebles heredados
Hola, planteo una duda al respecto del hilo.Si el precio de adquisición es menor al precio de transmisión , es decir, tenemos pérdidas ¿Estas obligado a presentar la declaración de la renta? lo pregunto porque  en el caso de tener ganancias esta claro que hay que hacerla pero si tiene pérdidas quizas no quiera declararlas. Pregunto lo anterior porque mi padre esta en esta tesitura y al cobrar solo pensión menor de 22.000€ ha estado estos años como no obligado a hacerla.Gracias de ante mano
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Berbek 17/01/22 19:08
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Berbek 26/04/17 21:33
Ha respondido al tema Alquiler + compra vivienda en 2016 . ¿como indicarlo en la renta 2016?
  Por lo que comentas mi mujer en el apartado "Datos adicionales de la vivienda en la que el primer declarante tiene su domicilio habitual actual." indicará las dos viviendas donde ha vivido este año, la vivienda en alquiler más la vivienda en propiedad. El problema que veo es que si se deduce por el alquiler los meses de ENE a OCT quedan en tierra de nadie los dias desde el 27/09/16 a 31/10/16 de la vivienda en propiedad y entiendo que estos haya que tributarlos como Bienes no afectos. En mi caso creo que eliminaré directamente la vivienda en propiedad como bienes no afectos ya que yo si entre a vivir desde el momento de la compra. Gracias por vuestro tiempo
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Berbek 14/04/16 19:05
Ha comentado en el artículo Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024
Hola, El año pasado ya me beneficie de la reducción por movilidad geográfica, en 2014 cambie de trabajo, estaba en el paro, nuevo contrato y contrato de alquiler a mi nombre(junto con cambio de domicilio fiscal y empadronamiento). En es 2015 sigo en el mismo trabajo y mantengo el mismo alquiler con lo que puedo aplicarlo de nuevo pero me surge una duda ¿Qué cantidad he de indicar? En el Post se indica algo de "la reducción por movilidad geográfica se basaba en incrementar en un 100 por 100 el importe de la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo del artículo 20.1 de la Ley del IRPF, en su redacción vigente a vigente a 31 de diciembre de 2014." Para el ejercicio 2014 en la casilla 019 pusimos la cantidad 2652€ , para el ejercicio 2015 no se que hay que poner. Alguien me puede orientar? Muchas Gracias
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Berbek 05/05/15 18:27
Ha comentado en el artículo ¿Cuál es mi domicilio fiscal?
Hola, Muy buen post. Sigo teniendo una duda respecto a mi renta 2014 ya que he tenido 2 domicilios fiscales y 2 actividades económicas distintas durante el año 2014. De Enero a Abril, incluido, viví en Castilla y León y trabaje en esta comunidad. De Mayo hasta la fecha estoy en Madrid trabajando y viviendo en esta comunidad. En Julio cambie el domicilio fiscal, en Junio cambien el padrón. Creo que sería fácil justificar que he vivido más días en Madrid a lo largo del año 2014 que en Castilla y León. En el borrador 2014 Hacienda ha indicado como residencia habitual Castilla y León y por lo tanto no se como cambiar en el borrador que yo quiero tributar desde la comunidad de Madrid para poder deducirme por alquiler de vivienda, parte estatal + parte autonómica, ya que tengo el alquiler en orden en el IVIMA. Puedes indicarme si estoy en condiciones de hacerlo? Como puedo hacerlo? Gracias, Un saludo
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Berbek 02/05/11 16:55
Ha respondido al tema Depósito Cajamar creciente 4,48% a 24 meses
En Osorno(Palencia) he preguntado hoy por este producto y lo que me han ofrecido ha sido 3,5% a 12 meses . A tres años a un 4%. Si puedes decirnos en que oficina han ofrecido lo que dice el titulo del tema vamos más de uno hasta ella. Saludos
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Berbek 24/12/08 22:08
Ha respondido al tema ¿Tengo otro año más para deducir?
Si lo que yo trato de decir es que de la aportación que hize en 2005 no me deduje, porque no lo incluí en la declaración de la renta, y si me deduje de las aportaciones que hize en 2006,2007 y espero que tambien de la 2008. Por eso pregunto si tengo otro año más para realizar aportaciones, es decir en 2009. Se que si no hubiese realizado aportaciones o haberme deducido en un año posterior al primero en deducirte ese año lo daría por perdido pero al abrir la cuenta en 2005 y no deducirme de ello quizas no cuente. Gracias.
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