Pues ese es muy buen punto porque en la prensa no para de salir noticias de ello pero en el informe no lo tratan como una previsión en sí. Solo te reflejan las que están o han estado en el proceso de fusiones durante el año etc. En el anexo I del informe que está publicado en la DGSFP está la relación de estas. http://www.dgsfp.mineco.es/sector/informesdelsector.asp
Buenas wildcat, lo de la renta temporal y la vitalicia es más en tu interés diría yo. Entiendo que patocles se refiere a que al reducir el plazo de una renta, las cantidades que te pagarán mensualmente serán más elevadas.
Buenas mentafresc, el artículo 34 de la ley del contrato de seguros te dice que " En caso de transmisión del objeto asegurado, el adquirente se subroga en el momento de la enajenación en los derechos y obligaciones que correspondían en el contrato de seguro al anterior titular." Esto quiere decir que si se produce un accidente el asegurador está obligado a cubrir. Lo de que le valga o no le valga eso ya sería cosa de entrar en discusiones judiciales.
A mí lo que me llama la atención es lo que la gente entiende como inversión de futuro. En tema de seguros la gente es muy particular porque prefiere no comprarlos pensando que la probabilidad de que les pase algo es muy baja, mientras que sí están dispuestos a comprar la lotería.
Buenas Monki, Según el art. 305 de la Ley General de la Seguridad Social te dice que en tu caso que estás de administradora debes estar de alta como autónomos y que en el caso de tu marido también dado que se presume que también posee el control efectivo de la sociedad al tener entre ambos participaciones superiores al 50% entre ambos. Te copio el artículo. art 305.2 b) "Quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad de capital, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella. Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia, cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la mitad del capital social. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el trabajador posee el control efectivo de la sociedad cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: 1.º Que, al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios con los que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado. 2.º Que su participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte del mismo. 3.º Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad."
Buenas, He estado buscando las fechas pero no las he podido encontrar, he pensado que podrias llamar a las embajadas de Mexico y Brasil aquí en España para consultarlo. http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiViajasAlExtranjero/Documents/2ALISTA.pdf Otra opción sería llamar al ICEX. http://www.icex.es/icex/es/index.html
Hoy me he encontrado esta noticia que justo abajo te habla de lo que hablabais en el foro hace una semana. Hay un acuerdo entre AXA y DKV para comercializar seguros de decesos, parece ser que solvencia II va teniendo su impacto hacia mayores fusiones. Aunque bueno, es lo que decías el otro día, mayores acuerdos menores ofertas de distintos tipos de productos. Cosa curiosa es lo que te dice en la propia noticia "Este acuerdo nos permite complementar nuestra oferta aseguradora, mejorar la proximidad a los clientes e introducirnos en nuevos mercados contando con un socio de alta experiencia y calidad en España", afirmaba Rignault.
Buenas, Yo no utilizo el programa pero he encontrado por internet alguien que ha bloqueado un ejercicio completo así que debe de poderse bloquear un trimestre. Échale un ojo a esto que he encontrado a ver si te vale: http://ciclosformativos-irlandesascastilleja.bligoo.es/media/users/27/1357265/files/432604/cierre_contasol.pdf *Si el bloqueo sale mal, he encontrado desbloquear: "por si a alguien le interesa la manera de desbloquear un ejercicio en el programa contasol es yendo a la ficha de alta de la empresa y hay abajo una opción de permitir o no modificaciones, lo pones en permitir y solucionado " http://www.configurarequipos.com/respuestas/pregunta121863.html
El otro día me topé con una noticia que habla de las desapariciones de las compañías pequeñas, pero lo enfocaba hacia las fusiones. No veo en qué puede perjudicar a los usuarios estas desapariciones / fusiones de empresas pequeñas, ¿ a qué te referías? "Las firmas miembro de KPMG prevén un aumento del nivel de fusiones y adquisiciones y de la actividad corporativa donde Solvencia II actuará como acelerador de las dinámicas existentes en el mercado que están impulsando la consolidación y la racionalización -lo recoge KPMG en su estudio Strategic implications arising from Solvency II-. Es difícil hacer predicciones, pero no cabe duda de que habrá sorpresas. La agilidad y la velocidad de ejecución serán características decisivas de las aseguradoras que lideren el sector dentro de dos años." http://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/seguros/noticias/7370205/02/16/Solvencia-II-sera-acelerador-de-fusiones-en-aseguradoras.html