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Participaciones del usuario bahhiano

bahhiano 28/11/14 10:04
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Hola, lo de la coincidencia es solo una opinión personal, nada mas. En mis comentarios siempre intento anteponer la frase "en mi opinión" o "creo que" para expresar algo que pienso. Si alguien no lo ha entendido así entono el mea culpa. Saludos
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bahhiano 27/11/14 23:22
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
hola, la única exigencia es que la oferta de canje se comunique un mes antes de la fecha de canje por lo que (si coincide con el cupón) debería comunicarlo hasta el 31 de diciembre. Del 31 de diciembre al 27 o 28 de enero tienen tiempo de llamar "al personal" y aceptar o no el canje. La CNMV tiene que ver que lo oferta se ajuste a lo legal y ya esta, por que se trata de una oferta de canje voluntaria. Creo que la oferta aun es posible por que los plazos son justos pero se puede hacer. Como comente en mi mensaje anterior a Pelos sr aquí hay mucha presión política y social para que esto se solucione lo antes posible. Saludos
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bahhiano 27/11/14 21:10
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Hola Pelos sr, como siempre un gusto poder intercambiar opiniones contigo. El acuerdo de los bancos esta todo pactado y cerrado, supongo que lo que falta es redactar y firmar la letra pequeña y por ahí vienen lo de resolver "cuestiones técnicas" del articulo. En mi opinión estas son las "preferentes" mas politizadas del mercado y a todos los actores que intervienen les interesa que esto se resuelva lo mas rápido posible. Me explico, a eroski le interesa resolver esto por que con la entrada del huracán mercadona y con lo cabreado que tiene a muchos afectados no le interesa que esto se extienda mucho, al gobierno vasco no le interesa seguir con esta historia con unas elecciones a la vuelta de la esquina. Te imaginas el ambiente político si coincide el canje con elecciones locales?? Por estas razones es que creo que harán lo imposible para solucionar esto lo antes posible. Saludos
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bahhiano 27/11/14 20:47
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
hola, no se por que motivo es pero los que llevamos por aquí mucho tiempo sabemos que casi siempre las amortizaciones/canjes se hacen coincidir con los pagos de cupón, supongo que sera por ahorrarse faena de tener que calcular el cupón corrido. Lo de paciencia lo digo por que hay ME's por aquí que llevan tiempo esperando a que esto se resuelva para dar un poco de juego al mercado por que el SEND esta muuuuuu aburrido. Saludos
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bahhiano 25/11/14 11:12
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
No se por que el articulo habla del 17 de noviembre como fecha limite del acuerdo con los bancos pero si se retrasa un mes nos vamos al 17 de diciembre así que los plazos aun se cumplen para hacer la oferta de canje y que coincida con el día de pago del cupon. Paciencia señores que ya falta muy poco. Saludos
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bahhiano 23/11/14 17:22
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
hola, en respuesta a tu ultima pregunta creo que esta puede ser la respuesta que buscas: Artículo 48. Órganos Sociales y Dirección. Uno. Los órganos sociales serán los siguientes: a) Asamblea General. b) Consejo Rector. c) Consejo Social. d) Comisión de Vigilancia. e) Comité de Recursos. Dos. La gestión de la Cooperativa se atribuye al Consejo Rector de conformidad con las normas legales y estatutarias y los acuerdos de la Asamblea General. Tres. La Dirección General, cuya competencia se extenderá a los asuntos pertenecientes al giro y tráfico normal de la Cooperativa, y a tal efecto realizará, en nombre del Consejo Rector, cuantos actos interesen a aquélla, con las limitaciones establecidas en el Artículo 64 y dentro de las facultades y poderes que se le hubieran conferido. Y por otro lado: Artículo 51. Convocatoria de la Asamblea General de Delegados. Uno. La Asamblea General ordinaria deberá ser convocada por el Consejo Rector dentro de los seis meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio económico. Si transcurre dicho plazo sin que tenga lugar la convocatoria, la Comisión de Vigilancia deberá instarla del Consejo Rector, y si éste no convoca dentro de los quince días siguientes al recibo del requerimiento, deberá seguir los cauces procesales que señala la Ley. Asimismo y sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, transcurrido el plazo legal sin haberse realizado la convocatoria de la Asamblea ordinaria, cualquier socio o asociado podrá solicitar de la referida autoridad judicial que ordene la convocatoria. En todo caso, la autoridad judicial sólo tramitará la primera de las solicitudes de convocatoria que se realicen. El plazo legal para convocar la Asamblea General ordinaria podrá ser prorrogado por la autoridad de la que depende el Registro en que está inscrita la Cooperativa a solicitud motivada del Consejo Rector. Dos. La Asamblea General extraordinaria será convocada a iniciativa del Consejo Rector, o a petición de la Comisión de Vigilancia o de un número de Delegados que representen el 20% del total de votos efectuada por medio de un requerimiento fehaciente al órgano de administración que incluya un orden del día con los asuntos y propuestas a debate. Si la Asamblea General no fuera convocada en el plazo de treinta días a contar desde la recepción de la solicitud, se podrá solicitar convocatoria judicial, conforme a lo previsto en el apartado anterior. Tres. La autoridad judicial que ordene la convocatoria de la Asamblea, en los supuestos contemplados en los apartados anteriores, designará al socio que habrá de presidirla. Cuatro. La convocatoria, que contendrá la de las Juntas Preparatorias, se efectuara mediante anuncio en el domicilio social y en cada uno de los centros de trabajo. Asimismo, se hará pública en uno de los diarios de mayor circulación del territorio histó- rico de la sede socia La publicación o notificación de la convocatoria deberá efectuarse con una antelación mínima de diez días a la fecha prevista para la celebración de la Asamblea General de Delegados, y ésta no podrá ser posterior en dos meses a la de la convocatoria. Cinco. La convocatoria indicará, al menos, la fecha, si es en la primera o en segunda convocatoria, la hora y el lugar de la reunión, y expresará con claridad y precisión los asuntos que componen el orden del día. Seis. El intervalo entre la primera y segunda convocatoria será media hora. Siete. El orden del día será fijado por el Consejo Rector, pero deberá incluir los asuntos propuestos, en escrito dirigido al Consejo Rector, por la Comisión de Vigilancia o por un número de Delegados que represente el 10% o alcance la cifra de 500 socios. Las propuestas podrán ser presentadas en cualquier momento, pero sólo serán incluidas en la primera Asamblea que se celebre, las presentadas antes de que finalice el quinto día posterior al de la publicación de la convocatoria de la misma. El Consejo Rector, en su caso, deberá hacer público el nuevo orden del día, con una antelación mínima de cuatro días al de la celebración de la Asamblea, en la forma establecida para la convocatoria. Ocho. Las Asambleas se celebrarán en la localidad donde radique el domicilio social, o en su caso, en otro lugar dentro del Territorio Histórico de Bizkaia, cuando a juicio del Consejo Rector se considere conveniente atendiendo a criterios de accesibilidad y de organización, o en cualquier otra localidad que se hubiese señalado en una Asamblea General anterior. Saludos
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bahhiano 05/11/14 12:11
Ha respondido al tema ME Cajon de Sastre
Otra que cae: Amortización total de la ”2ª Emisión de Obligaciones Perpetuas Subordinadas de VIDACAIXA, S.A. de Seguros y Reaseguros (Diciembre 2004)” (código ISIN ES0283691014) Ya es oficial
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bahhiano 04/11/14 20:10
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
Hola luisalfil, Tengo de las dos series, con las "malas" (si hay canje) voy de cabeza pero con las "buenas" aun no lo tengo tan claro por que con tus mismos numero a mi me sale otra cosa. Supongo dos cosas: 1- dentro de 10 años las dos valen lo mismo 100% (OS y AFSE) 2- uso un interés de un 3% para las 2 durante los 10 años - por un lado compro 1000 nominales de la serie "buena" a 35, invierto 350 euros, me las quedo, cobro durante 10 años 300 y al final de los 10 años obtengo 1300 euros - por otro lado compro 1800 nominales de la serie "buena" a 35, invierto 630 euros, voy al canje, me dan 270 en efectivo, me dan 990 euros en OS que me costaron 360 (630-270=360) al final obtengo 1290 con una inversión inicial de 360 En el primer caso obtienes 1300 con una inversión de 350 y en el segundo caso obtienes 1290 con una inversión de 360. A partir de aquí podemos considerar seguridad, orden de prelación, cuanto valdrán en 10 años. etc etc, pero según mis dos suposiciones iniciales los números salen mejor para el que se las queda. No tengo hechos los números finos pero supongo que cerca de 34 esta el corte de si conviene una cosa u otra por que a medida de que la media aumenta la opción mas rentable según mis suposiciones es quedárselas y si a esto le añades el tema fiscal aun es mas ventajoso seguir con ellas. Y para terminar supongo que de petar eroski, unos y otros no cobraríamos un duro. A ver que opinas. Saludos
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bahhiano 04/11/14 19:21
Ha respondido al tema Obligaciones de Eroski y Fagor
hola, lo que dices es cierto y puedo dar fe por que sigo bastante esta cotización. La verdad es que tampoco entiendo muy bien lo que pretenden hacer. Se me ocurre que pueden haber dos jugadores uno intentando cerrar por arriba y otro intentando cerrar por abajo con el solo fin de darse mutuamente por donde no da el sol. ja ja ja. De todas maneras estas cosas se pueden hacer porque (como dice luisalfil) el mercado se lo permite. Cuando esto se mueva de verdad de nada servirán todas estas tonterías. Saludos
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