Un banco pierde un juicio contra un particular, cliente suyo al que le vendió OS. La setencia és por nulidad o daños y perjuicios. El banco le paga al particular x dinero (más intereses legales o lo que estipule el juez) y se queda las x OS. Una vez en su poder las vende a mercado es decir las "suelta". El negocio básico del banco no es acumular OS y similares sino hacer préstamos y cobrar comisiones.Esto ha pasado bastante pero últimamente parece que pasa muy poco. La percepción es que todos los que podían ir a juicio ya han ido... ade ás con los intereses actuales es mejor quedarselas que ir a jucio para recuperar el capital más el interés legal hasta que la sentencia sea firme.
A mí me han aconsejado esperar a ver cómo evolucionan las sentencias en las Audiencias provinciales primero y en el supremo después. Por eso me interesa saber en qué se diferencian la sentencias negativas de las positivas. ¿Perfil del inversor? ¿Mal planteamiento de la demanda? ¿Apreciaciones singulares de los jueces?
Hoy en https://captin.com/listing-triodos-es/ dice que el 13/09/23 el precio cruzado fue de 40€. ¿En qué te basas para estimar el precio de 20€? Por otro lado, en una empresa normal se harían ampliaciones de capital vía acciones con todos los derechos y negociadas en los mercados bursátiles.Si Triodos pretende captar capital emitiendo más CDA estos los va a comprar SPM ya que no entrará ningún institucional y los particulares susceptibles (idealistas que nos tragamos el rollo cambiamoselmundoamejor) ya estamos pillados. Visto lo visto y el interés actual de la RF y los depósitos a plazo fijo nadie con un mínimo criterio va a suscribirlos.
¿Alguien tiene información sobre el hecho de la diferencia entre sentencias a favor y en contra? En las clásicas preferentes la gran mayoría de sentencias eran a favor de los demandantes.... Quisiera saber cuál o cuáles son los elementos que decantan las sentencias.
Off topic.Y de los mismos autores... tachan: ¡la ley de la vivienda! https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2022/07/06/797785-las-siete-consecuencias-que-tendra-la-futura-ley-de-vivienda-en-el-mercado-y-los