Hola buenos días. He hecho una declaración complementaria de 2010 por percibir salarios de tramitación (en 2013). He cumplimentado la "X" en el caso "A" del apartado "declaración complementaria" y añadido el importe de la declaración original. Al añadir esos rendimientos, veo que en la casilla 770 aparece el nuevo importe a pagar. Pero en la casilla 765 (resultado de la declaración complementaria) no aparece nada. La modalidad en ambas declaraciones es tributación conjunta. ¿Alguien tiene alguna idea de si esto es así, o si estoy haciendo algo mal?
Muchas gracias y un saludo
Hola buenas tardes. Mi mujer Tiene que presentar una declaración complementaria de 2010 por cobro del fogasa en 2013. La declaración que presenté en 2010 fue conjunta. Mi pregunta es:
¿La declaración complementaria puede o debe ser solo de mi mujer?
o
¿debe ser conjunta ya que así se hizo en su día?
A lo mejor no tiene nada que ver. Yo creo que no porque solo uno de nosotros va a aportar datos nuevos. Pero como no estoy al tanto de este tipo de tramites quiero estar seguro.
Muchas gracias de antemano.
Hola buenas tardes. Mi mujer Tiene que presentar una declaración complementaria de 2010 por cobro del fogasa en 2013. La declaración que presenté en 2010 fue conjunta. Mi pregunta es:
¿La declaración complementaria puede o debe ser solo de mi mujer?
o
¿debe ser conjunta ya que así se hizo en su día?
A lo mejor no tiene nada que ver. Yo creo que no porque solo uno de nosotros va a aportar datos nuevos. Pero como no estoy al tanto de este tipo de tramites quiero estar seguro.
Muchas gracias de antemano.
Hola buenas tardes. tengo una consulta a ver si alguien puede/sabe aclararme.
un vecino ha realizado la dacion en pago. este chico debía cuotas de comunidad por valor de 170€ desde 2009, los años siguientes pago las cuotas en concepto de "mes en curso" . se le ha comunicado al banco este caso y les extraña que el antiguo propietario tuviera esa deuda y luego estuviera cumpliendo hasta el momento de la dacion.
Mucho me temo que el banco se va a agarrar a que no esta obligado sino a las cuotas de hace 3 años para acá. ¿puede la comunidad (mediante junta de comunidad) alterar el orden de los pagos del expropietario, y que esos 170€ no se refieran a 2009 sino a los últimos pagos (en este caso 2013)?
no se si me explico...
muchas gracias de ante mano
Hola, muchas gracias por tu respuesta. Pero tal como me indicas...si la sentencia firme fue en 2010, debería realizar una complementaria de ese año (2010), ¿no?. El ingreso fue el año pasado (2013) pero la sentencia fue en 2010. Muchas gracia de nuevo y disculpa mi insistencia. saludos
Hola buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente. la empresa donde trabajaba mi mujer fue embargada en noviembre de 2009. Los trabajadores denunciaron para cobrar atrasos y eso. el año 2013 mi mujer estuvo en 3 trabajos distintos porque eran por horas y tal... aparte también cobro el paro acumulado ...y aparte fogasa le pago lo de la empresa embargada en 2009 antes mencionada. Osea, el año pasado tuvo 5 pagadores distintos...uno de ellos el fogasa. el abogado que llevo lo del fogasa le dice a mi mujer que esa cantidad cobrada va en "rentas exentas" de la declaración...y resulta que no veo nada donde reflejar esa cantidad. hay gente que dice que hay que hacer una complementaria..otros me dicen que lo ponga tal como vino en el borrador....osea como un pagador mas...
que opinan?
gracias y un saludo
hola, gracias por tu respuesta.
he mirado en la documentacion.....como oferta viculante solo veo un escrito que mi caja le mando a bancaja que fue con quien hice la hipoteca por primera vez. y ahi no pone lo del suelo. no se si te refieres a eso...
gracias
Buenas tardes, hoy me he reunido con atencion al cliente de bankia para "mediar". tengo hipoteca desde 2007, 2.75% de suelo y sin techo, 124000€. no es de lo peor, pero " la pela es la pela". el chico me dice que si anulan el suelo cobran un 0.5% del capital... unos 5000€ y que todos los costes (notario.....)irian de mi bolsillo. ademas dice que habria que repreciar la hipoteca...osea poner el diferencial que ellos ponen ahora.... como un 3 o asi y de lo cobrado indebidamente ni de c**a. pero es posible que si adquiero productos como seguro de coche y plan de pensiones con una aportacion inicial de 300€ mas otra mensual de 30€ se firmaria una clausula privada donde se anula el suelo...
todavia no me han contestado exactamente los costes de todo (plan de pensiones + seguro de coche )¿que opinan?