Veo el siguiente comentario en una Adjudicación Directa de la AEAT (se trata de un vehículo): "Se hace constar que en la Base de Datos de la DGT figura una anotación de la AEAT que no obstante no está
anotada como carga en el Registro mercantil".
¿Qué quiere decir? ¿Me voy a comer algún marrón?
Dudé durante unos instantes si me interesaría formar parte de este proyecto, los justos hasta que comprobé que ya en el primer comentario participaba el maestro Llinares.
Contad conmigo!
¿No sería suficiente con una nota informativa simple que solicite en el Registro?
¿Qué problemas "ocultos" me podría encontrar? Se me ocurre que la propiedad no exista...
Hola pekeflu, ¿cómo ha ido esa puja por la plaza de aparcamiento?
Estoy yo pendiente de otra de la AEAT, además de solicitar la nota simple que te recomendaba Tristán has ido a verla antes de pujar?
Es que yo no encuentro manera de acceder a ella, he visto el edificio por fuera y todo parece normal. Pero no sé si es recomendable pujar (es adjucación directa) sin haberla visto.
Permitidme que aproveche este post para dejar mi duda, quizás un poco off-topic.
Se está subastando un bien valorado en 10.000€ (por poner números redondos). El tipo de la subasta es de 10.000€, no tiene cargas.
El depósito es de 1000€ (por seguir con los números redondos).
Mis dudas: ¿cual es la puja mínima? ¿si me presento yo solo en la subasta puedo pujar por los 1000€ depositados? ¿y por menos, me devolverían lo que sobra del depósito? ¿depende de si el bien es mueble o inmueble? ¿Es igual en el caso de subasta que de adjudicación directa?
Gracias de antemano
Permitidme que aproveche este post para dejar mi duda, quizás un poco off-topic.
Se está subastando un bien valorado en 10.000€ (por poner números redondos). El tipo de la subasta es de 10.000€, no tiene cargas.
El depósito es de 1000€ (por seguir con los números redondos).
Mis dudas: ¿cual es la puja mínima? ¿si me presento yo solo en la subasta puedo pujar por los 1000€ depositados? ¿y por menos, me devolverían lo que sobra del depósito? ¿depende de si el bien es mueble o inmueble?
Gracias de antemano
Lo primero es que sienta los colores de la bandera andorrana. ¿Los siente?
Lo segundo es que reniegue de su país. ¿Reniega de España?
El resto ya es todo papeleo
Está muy bien el tener toda la información del mundo al alcance de un click, pero yo creo que hay que poner un límite. No sé si el límite lo debe marcar Mario, pero hay que poner un límite.