Apolon
23/07/12 10:15
Ha respondido al tema
Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
Hagamos la comparativa sobre 10.000 €:
CANJE:
-. Supongamos, que no es demasiado suponer, que la acción en cuatro años está al mismo valor de ahora: 6.000 € aprox.
-. 2.400 de pago diferido.
-. Un posible pellizquín de dividendo: por poner algo, 400 €.
-. Y el cupón pasado que se ha cobrado durante 2 años: al 7,5% que comentas son 1.500 €.
-. Suma todo 10.300 €.
-. Todo ello con un horizonte a septiembre 2016.
PLEITO GANADO (el horizonte aquí, con segunda instancia, y teniendo en cuenta la duración de los procedimientos en Murcia es septiembre de 2015):
-.Te dan los 10.000 €.
-. Los intereses legales de los 10.000 € durante los seis años transcurridos desde la inversicón:
-. El interés legal de los 10.000 € que al 4% aprox. durante seis años da 2.400 €.
-. Pero a ello restalo los 1.500 € cobrados de cupón, más los intereses de esa cifra que, aprox., tomando cinco años, da 300 €
-. El resultado final es 10.600 € si no sumo mal.
Por tanto las cifras no dejan un resultado claro. La opción canje te ofrece: disponibilidad inmediata aunque sea con cuantiosas pérdidas de tu dinero; te evita los riesgos del pleito (que simepre existen por claro que esté); y te da la posibilidad de que la acción suba y mejores las cifras.
La opción pleito te protege de que la acción baje y te permite jugar dos palos a la vez: con el pleito y a la vez con la tenencia de preferentes.
En fin, si se ha cobrado el cupón el decidir entre pleito (con mantenimiento de preferentes) y canje no es claro. Otra cosa sería si no hubiera habido cobro de cupón (ni intereses de depósitos vinculados), pues ahí yo para nada aconsejaba el canje.
La decisión radica en tomar en consideración esas otras circunstancias que he apuntado al final. Desde luego lo que no aconsejo a nadie es que, si se queda con las preferentes, no meta el pleito. Se opte por una posibilidad u otra hay que estar siempre activos.