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Participaciones del usuario Apolon

Apolon 23/07/12 10:15
Ha respondido al tema Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
Hagamos la comparativa sobre 10.000 €: CANJE: -. Supongamos, que no es demasiado suponer, que la acción en cuatro años está al mismo valor de ahora: 6.000 € aprox. -. 2.400 de pago diferido. -. Un posible pellizquín de dividendo: por poner algo, 400 €. -. Y el cupón pasado que se ha cobrado durante 2 años: al 7,5% que comentas son 1.500 €. -. Suma todo 10.300 €. -. Todo ello con un horizonte a septiembre 2016. PLEITO GANADO (el horizonte aquí, con segunda instancia, y teniendo en cuenta la duración de los procedimientos en Murcia es septiembre de 2015): -.Te dan los 10.000 €. -. Los intereses legales de los 10.000 € durante los seis años transcurridos desde la inversicón: -. El interés legal de los 10.000 € que al 4% aprox. durante seis años da 2.400 €. -. Pero a ello restalo los 1.500 € cobrados de cupón, más los intereses de esa cifra que, aprox., tomando cinco años, da 300 € -. El resultado final es 10.600 € si no sumo mal. Por tanto las cifras no dejan un resultado claro. La opción canje te ofrece: disponibilidad inmediata aunque sea con cuantiosas pérdidas de tu dinero; te evita los riesgos del pleito (que simepre existen por claro que esté); y te da la posibilidad de que la acción suba y mejores las cifras. La opción pleito te protege de que la acción baje y te permite jugar dos palos a la vez: con el pleito y a la vez con la tenencia de preferentes. En fin, si se ha cobrado el cupón el decidir entre pleito (con mantenimiento de preferentes) y canje no es claro. Otra cosa sería si no hubiera habido cobro de cupón (ni intereses de depósitos vinculados), pues ahí yo para nada aconsejaba el canje. La decisión radica en tomar en consideración esas otras circunstancias que he apuntado al final. Desde luego lo que no aconsejo a nadie es que, si se queda con las preferentes, no meta el pleito. Se opte por una posibilidad u otra hay que estar siempre activos.
Apolon 23/07/12 09:51
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Las posibilidades de victoria judicial son amplias pero tienes que ver si, con las cifras en la mano, te compensa. Para mí la clave está en si has cobrado o no cupón en el pasado (es decir si tus preferentes son de 2009 por ejemplo), pues en tal caso la opción del pleito no aparece todo lo atractiva que sería deseable, no tanto por las posibilidades de ganarlo, que son muy grandes, sino por el balance final. Ten en cuenta que a la hora de comparar lo que obtienes con el pleito y lo que obtienes con el canje hay que meter en las cuentas el cupón cobrado en el pasado, pues con la nulidad del contrato que se decretase judicialmente habría que devolverlo.
Apolon 20/07/12 20:02
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No hay problema de desconfianza con el abogado pues es un servidor. Lo que pasa es que tener de cliente a tu madre es tela del telar... En cuanto a los informes, decir que ponen de manifiesto todos los desmanes cometidos en la contabilización del crédito inmobiliario, la calificación indebida de los riesgos (resucitaban a dudosos créditos fallidos) y todos los chanchullos que cometieron con las empresas "amigas" o directamente participadas por los socios o por la entidad. Además, se menciona el engaño (como consecuencia de esa defectuosa contabilización)de los resultados que ha salido ya publicado en prensa aunque, claro, con el halo de seriedad de provenir del propio Banco de España. En fin, tengo que estudiar el tema para redactar. Confío en proporcionaros "los grandes éxitos" más adelante. Reproducir todo ello aquí me podría acarrear problemas. Por ello tampoco quiero mencionar la fuente y el marco administrativo de esos informes. Pero, ojo, que tampoco son materia confidencialísima ni nada que se le asemeje. Es solo cautela e inexperiencia en esto de los foros de internet.
Apolon 20/07/12 19:37
Ha respondido al tema Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
Ya he escrito algún post con anterioridad centrándome en las posibilidades de una demanda. He de decir que yo no soy afectado, pero sí mi hermana y mis padres. Juntos, con mi asesoramiento, hemos tomado ya la decisión y vamos a diversificar riesgos: mi hermana canjeará y mi padre va a pleito. Particularmente hubiera hecho lo mismo con el caso de mi hermana pero el canguelo de decidir por ella me ha hecho recular y he optado por la posición conservadora de jugar con todos los palos de la bajara. En el caso de mi padre creo que es la opción ideal: se mantiene un pleito para recuperar el 100 % de la inversión y, mientras tanto, se sigue con las preferentes a la espera de lo que pueda ocurrir (si hubiera novedades positivas en el futuro siempre se puede transaccionar el litigio y ponerle fin). Además, al ser yo, su hijo, quién le va a llevar el tema confío en sacarle las costas a la entidad (3.000 € en primera instancia y 1.500 € más si hay apelación) y repartir parte de ellas a mis padres para que mejoren algo más su inversión. El pleito está claro: falta manifiesta de información precontractual y, si eso fallara, engaño claro de la CAM en sus resultados, claves para la suerte de las preferentes (por razones profesionales dispongo de unos informes del Banco de España cojonudos emitidos con ocasión de la intervención). En fin, ahí lo dejo. En cualquier caso, y para que nadie me malinterprete, ya escribí un post a principios de semana poniendo de relieve que el pleito, frente al canje, no es una opción económicamente tan ventajosa y que existen peros. No obstante, lo cierto es que en mi caso esos peros se difuminan porque a la resultado económico propio del pleito se le suman las costas, que en nuestro caso quedan también en la familia y no se las lleva un abogado extraño. Eso cambia y mucho el balance de las cifras.
Apolon 17/07/12 13:57
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Yo es que no hago declaraciones a la prensa jejejeje
Apolon 17/07/12 12:12
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Ojo, aunque tengas estudios y una formación media o media alta, la demanda debería prosperar. Ten en cuenta que la ley obliga al banco a una información previa al contrato muy prolija que tienen muy difícil probar. Y si eso falla, siempre se podrá alegar que han falseado resultados motivando incluso la intervención del banco de españa, y que con ello han incumplido su contrato. ¿Como lo habrían incumplido?: pues te han privado de vender a tiempo o, si tus preferentes son cercanas en el tiempo a la intervenciónte han ocultado una información esencial para decidir el contratar o no. El primer motivo de impugnación debería bastar en la gran mayoría de los casos. El segundo es la tranquilidad y la seguridad.
Apolon 17/07/12 10:37
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Ahora la gente se emociona con la sentencia de Galicia. Pero esto, de aquí a cuatro días, va a ser una rutina y la novedad no estará en que ha habido una sentencia condenatoria de un banco sino si es o no de mi ciudad o de mi audiencia provincial. Insisto, los titulares de preferentes se van a convertir en un estorbo tremendo para el Sabadell: por un lado, por el problema financiero que le van a suponer; por otro, por la casacada de pleitos que le van a ir lloviendo (en los primeros meses, unos pocos, a medida que empiecen a llegar noticias de otros tribunales, las demandas creceran como la espuma). Tiempo al tiempo.
Apolon 17/07/12 09:55
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He de deciros que la sentencia de Galicia no es ni muchísimo menos la primera. En materia de preferentes ha habido ya otras, y favorables en la mayor parte de los casos, si bien eran preferentes de bancos extranjeros contratadas a través de bancos españoles (fundamentalmente banca privada).
Apolon 16/07/12 23:11
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Creo que los que no vayan al canje encontrarán una solución a medio plazo, cuando no corto, mucho mejor. Pensad el panorama que va a quedar: -. La minoría que no canjee no va a ser tampoco despreciable y ello va a suponer para el banco sabadell un problema nada desdeñable, en la línea que estáis comentando por aqui. -. Pero además, pensad que de esa minoría habrá un significaivo procentaje que meterá un pleito. Esos pleitos se ganarán con toda seguridad, ya sea por falta de información precontractual o, si este motivo fracasa por las condiciones concretas del cliente, por haber falseado y engañado la CAM con sus beneficios, que son al fin y al cabo los que determinan la rentabilidad del producto y los que, en su caso, podrían haber motivado, de haberse conocido, la venta del producto a tiempo en el mercado secundario. Y como esos pleitos se ganarán, las noticias correrán y muchos de los que inicialmente no se hubieren atrevido con el pleio se acabaran atreviendo, a la vez mantienen las preferentes a la espera de ver que pasa con ellas. En resumen, si el Sabadell no tenía bastante con las preferentes que quedaran y con las consecuencias que ello implica y que han apuntado otros foreros, sumadle a todo ello una litigiosidad que irá creciendo de forma exponencial a medida que se vayan conociendo sentencias; litigiosidad que, como es obvio, saben que conducirá a una sucesión de condenas adversas, con sus costas correspondientes (para que os hagáis una idea, un pleito con apelación por unas preferentes de 15.000 € le costará al banco en costas más de 6.000 € IVA incluido). Vamos, que la solución, de una forma u otra, vendrá. Y desde luego será mejor que el canje. En resumen, al problema añadido , pleito que se ganará.
Apolon 16/07/12 16:15
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Hay que tener una cosa clara: las sentencias serán en su gran mayoría favorables. Mira, en relación a los swaps o permutas financieras (otro contrato envenenado), las audiencias provinciales vienen fallando en una proporción de 80-20 contra los bancos, pese a que los firmantes de aquel producto son mayoritariamente pymes, en vez de consumidores convencionales como ocurre aquí. En el caso de las preferentes no lo pongo en duda: la proporción de pleitos ganados será de 95-5 o más. Otra cosa es, como dije antes, que salga a cuenta meterse en un pleito, pues si al final haces números puede no ser tan rentable, especialmente si se trata de un titular que ha cobrado pingües cupones en el pasado.