Angli
19/06/25 15:24
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IMV convenio regulador - Ingreso mínimo vital
Si tienes la guarda y custodia exclusiva si eres monoparental, tienes un complemento del 22% más. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-21007#:~:text=Se%20considera%20unidad%20de%20convivencia,en%20virtud%20de%20guarda%20conEsto dice el BOE en artículo 13, 2c: c) A la cuantía mensual establecida en la letra b) se sumará un complemento de monoparentalidad equivalente a un 22 por ciento de la cuantía establecida en la letra a) en el supuesto de que la unidad de convivencia sea monoparental. A los efectos de determinar la cuantía de la prestación, se entenderá por unidad de convivencia monoparental la constituida por un solo adulto que conviva con uno o más descendientes hasta el segundo grado menores de edad sobre los que tenga la guarda y custodia exclusiva, o que conviva con uno o más menores en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción cuando se trata del único acogedor o guardador, o cuando el otro progenitor, guardador o acogedor se encuentre ingresado en prisión o en un centro hospitalario por un periodo ininterrumpido igual o superior a un año.