Gracias por responderme. Es que lo q veo raro es comprar una vivienda y q no me entreguen las llaves en ese momento. Además estamos hablando q el contrato de arras se firma ahora y formaliza la escritura en septiembre.... con lo que tienen tiempo de sobra para planificar la mudanza. Y efectivamente, yo soy el comprador. Que problemas podría tener?
y para el caso de que vaya a firmar un contrato de arras para compraventa de una vivienda, si ésta esta hipotecada,¿ Que debo hacer? lo hago constar en el contrato: que se transmite la vivienda libre de cargas y que se tendrá que cancelar la hipoteca previamente? el caso es que el vendedor necesita vender primero para cancelar la hipoteca, que haríais en mi caso?
gracias por contestar lunático, pero es correcto no hacer una complementaria? he llamado a hacienda y me han dicho que tengo que hacerla, no se, estoy un poco perdida en este tema.
Saludos.
Tienes que marcar la situación 2 o 3.3 dependiendo si el padre del niño convive o no contigo.
Si, como tu dices no está empadronado contigo en el mismo domicilio, puedes poner la situación 2( será mas ventajoso para ti, porque te devolverán mas), aunque tendrás que ver si tu pareja lo mete también en su declaración de la renta( según este obligado o no a hacerla) , en este caso, los dos tendréis que marcar la situación 3.3.
Suerte,
te lo digo por experiencia propia, yo el año pasado no la marque, puse la situación 3 en el borrador, y no puse 3.3( y aunque hacienda sabe que no estoy casada) pues me han hecho una revisión, y me toca devolver 800 euros del año pasado , mas una multa por infracción, otros 200 euros mas.
siempre que tengas el certificado del colegio de médicos donde conste lo que ha pagado d e cuotas aunque pague mas de 500 si ese es el máximo deducible, yo entiendo que podrás poner esos 500 euros. Es lo mismo que pasa con la deducción por adquisición de vivienda habitual, que como máximo te puedes deducir 9015 euros, aunque hayas pagado durante el ejercicio mas de dicha cantidad de hipoteca.
Saludos.
en relación con la deducción por maternidad a mi me surge otra duda: mi hija nació en junio de 2012 y solicite el abono anticipado de los 100 euros a finales de junio, reconociéndome el derecho el 12 de julio de2012 y me efectuaron el pago el primer ingreso en julio de 2012. No obstante al ver el borrador de la declaración veo que me en la casilla 757 en cantidades percibidas en concepto de abono anticipado de deducción de maternidad año 2012 me pone 700 euros, cuando en realidad yo solo he cobrado 600 euros, ¿se habrán equivocado? lo modifico yo a mano?
saludos y gracias.
he revisado el borrador que me han enviado, en la casilla 01 "retribuciones dinerarias" me pone el total de lo que he cobrado en el 2012( con mis dos pagadores) , incluyendo los 700 euros correspondientes al ejercicio 2011.
Por eso, si ya están sumados, no creo que sea necesario hacer una complementaria, no?
gracias por contestarme.
Yo también le he dado vueltas y he pensado que lo normal es que si estas soltero( y lo marcas en tu estado civil) , no es necesario poner que no existe vinculo matrimonial, no? pero claro, hoy en día, puedes estar casado y tener un hijo con otra persona y vivir con el padre de tu hijo, que resulta puede que no sea tu cónyuge, o puede que tengas dos hios cada uno de un padre/madre etc,jajaa, que enrevesados son: será por eso que nos hacen marcar la situación 3-3.
saludos, y suerte con al declaración.
Tienes que marcar la situación 3-3, yo te puedo contar por mi experiencia que al año pasado no puse la 3-3, solo la 3( modifique el borrador y se modifico la cuota pero no s e marco la situación 3 de otras situaciones, y confirme el borrador, pero pensaba que estaba bien así, )) y me han hecho una comprobación de la declaración del año pasado y me toca devolver a Hacienda la mitad de lo que me ingresaron el año pasado, los intereses de demora, y me ha iniciado expediente sancionador por infracción leve, otros 400 euros mas, que si pago en voluntaria y sin presentar reclamaciones me reducen a la mitad( 200 euros). Por lo tanto, te aconsejo que pongas la situación 3-3 y de cara al año que viene yo me caso: por lo menos podre valorar si me interesa hacer declaración conjunta o no con mi pareja.
gracias arsan, esa es mi duda en régimen de separación de bienes, yo me puedo deducir la vivienda habitual y la hipoteca si es solo ( la vivienda y el préstamo van a su nombre, y la seguirá pagando él ) de mi marido?
gracias por responder tan rápido, pero se me olvido comentar que nos casaremos en régimen de separación de bienes, por lo tanto en este caso, al no haber sociedad de gananciales:
¿la deducción de la vivienda habitual le corresponde solo a el?, pues lo seguiría pagando el solo y el préstamo hipotecario seguirá a su nombre. En ese caso, y si hacemos declaraciones individuales, ¿yo no podría aplicarme la deducción por vivienda habitual?
gracias por contestar, la verdad es que estoy hecha un lio y en mi caso no se si será mas favorable estar casada( reducción 3400 euros, pero seria por optar por la tributacion conjunta) o seguir soltera y compartir el hijo entre mi pareja y yo ( con lo cual no tenemos derecho a ninguna reducción, porque los 2150 euros es para las madres solteras.) creo que esperare a utilizar el programa padre para ver que opción es la mas favorable.
Saludos.
Tienes que poner situación 3-3 , es decir que tu hijo convive con el otro progenitor y ademas en la casilla de al lado otras situaciones( poner 3 también) : no existe matrimonio entre los padres. Si no lo modificas te lo pueden revisar, a mi me ha pasado porque el año pasado no puse la situación 3-3, sino que solo puse la 3 y mi pareja la 3-3( porque lo hizo con el programa padre), y me han revisado y me toca devolver 800 euros a Haceinda. Por lo que yo te recomiendo que lo pongas bien, por si a caso.
Saludos.