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Caso de varios herederos: requisito de permanencia - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Magistral, leopold72. Ya sabía yo que podía confiar en ti. Gracias.
amartina31/01/14 19:55
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Caso de varios herederos: requisito de permanencia - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
amartina28/01/14 19:10
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Venta de la vivienda habitual del fallecido - herencia
Definitivo joanbe. Menudo despiste. Gracias.
amartina28/01/14 11:48
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Venta de la vivienda habitual del fallecido - herencia
Gracias leopold72. Llevo un rato viendo cosas y me lo sospechaba. La clave es que debe materializarse de modo "inmediato" en la adquisición de una vivienda, y lo de "inmediato" creo que se interpreta muy estrictamente (digamos máximo de un mes), lo que no favorece la reinversión en una cuenta vivienda por un plazo mayor.
amartina28/01/14 10:31
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Venta de la vivienda habitual del fallecido - herencia
En realidad se pueden hacer al menos dos cosas tras vender la vivienda heredada por la que se practicó la reducción (con tal de mantener el valor de la reducción practicada durante 10 años, salvo normativa autonómica específica). Los enlaces que siguen son consultas vinculantes ante hacienda que responden a estos asuntos:
1) Comprar inmediatamente una o más viviendas (pero no productos financieros):
http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=7344&Consulta=%2EEN+FECHA-SALIDA+%2801%2F12%2F2006%29&Pos=0
2) Aplicar los fondos para el pago de deudas (como una hipoteca) de viviendas adquiridas con anterioridad:
http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=7474&Consulta=%2EEN+FECHA-SALIDA+%2820%2F12%2F2006%29&Pos=2
Adicionalmente, la venta puede producirse entre los herederos que se practicaron la reducción:
http://petete.minhap.es/Scripts/know3.exe/tributos/consulta/texto.htm?NDoc=7773&Consulta=.EN+FECHA-SALIDA+%2812%2F05%2F2000%29&Pos=13&UD=1
Mi duda provenía de que si bien esas consultas vinculantes desautorizan "la reinversión en productos financieros", una "cuenta vivienda" creo que tiene al menos una connotación diferente.
amartina27/01/14 21:31
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Venta de la vivienda habitual del fallecido - herencia
amartina27/01/14 13:06
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Heredar menos por haber heredado más: ¿cómo reclamar por agravio comparativo? - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
He hecho una consulta verbal al respecto en una sede provincial de la Hacienda Andaluza y el funcionario me dice que:
* No tienen previsto en su programa de liquidación ese asunto.
* No conocía lo del artículo 56.3 de la LGT, que le parece que habría que aplicarlo, pero que probablemente tendríamos que reclamar su aplicación.
Así que quién esté implicado en un asunto así, ¡animo y a reclamar!
Una vez más gracias a todos.
amartina27/01/14 11:46
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Deducción por vivienda habitual: ¿puede acogerse uno a ella tras un cambio del valor de la herencia?
Gracias leopold72. Pero además tengo el placer de comunicarte que acabo de recibir la noticia de que van a aceptar la solicitud que hagamos en ese sentido (por ahora es una promesa verbal).
Deseo que esto sea útil para otros usuarios del foro.
amartina27/01/14 11:20
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Deducción por vivienda habitual: ¿puede acogerse uno a ella tras un cambio del valor de la herencia?
amartina26/01/14 22:18
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Heredar menos por haber heredado más: ¿cómo reclamar por agravio comparativo? - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Muchísimas gracias guille.avz (y también a juan st). Pero una cuestión complementaria es ¿la "Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones" debe someterse a los principios de la "Ley General Tributaria"?
No sé si el primer artículo de esta última avala una respuesta SÍ a lo anterior:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta ley establece los principios y las normas jurídicas generales del sistema tributario español y será de aplicación a todas las Administraciones tributarias en virtud y con el alcance que se deriva del artículo 149.1.1.ª, 8.ª, 14.ª y 18.ª de la Constitución.
Gracias de nuevo