Me expliqué faltal, o quizá no entendí el funcionamiento. Es lo que dices de que se llegaría al último segundo sin haber avanzado posturas, por lo que no se la llevaría obligatoriamente el que tiene la puja máxima programada. Pongo un ejemplo: Si A, B y C son los únicos que pujan con posturas máximas de 60.000, 70.000 y 80.000 respectivamente. En sobre cerrado se la llevaría C con 80.000 pero si, pongamos, la puja llega al último segundo por debajo de 60.000, no neceariamente se la llevará C. Por eso digo que todos tendrán que adaptar sus pujas automáticas durante todo el proceso según sus intereses y no es clara la estrategia por que los demás no tienen la información de los máximos de sus rivales.
Si todo el mundo utilizara un sistema de puja automático en el último segundo, no sería como un sobre cerrado, porque podrías cambiar la puja máxima viendo la evolución de las pujas anteriores, no se si me explico.
Salu2.
el código de validación lo extraes del correo que es leido automáticamente por el programa o del SMS... Inversius, como lidias con los lags que pueda haber en los mensajes de confirmación, porque yo he notado tiempos variables?
Salu2.
Como decias en ¿Abrazos o estacazos?, si resulta que un buen día se ponen a meter todas las subastas de golpe es normal que cuando se llevan unas cuantas empiecen a cometer errores... lo normal sería que si alguien se lo comunica lo corrijan ¿no?
Por cierto, felicidades por el blog y también a los comentaristas recurrentes !!!
Sobre pagar el ITP del 50% yo también lo interpreto así, pero mi abogado me metió miedo diciendo que era por el total del precio de adquisición. He rebuscado por internet pero no encuentro nada claro para mi caso. Sabeis cuanto es la multa en el caso de que hagan una paralela, o se pagaría sólo la diferencia más los intereses... es que en este último caso no habría duda de que en principio pagaría el 50%.
OK. Gracias. Lo de AJD pregunté, porque en este comentario de tristán (https://subastanomics.com/disolucion-proindivisos-subastas-judiciales/#comment-850) decía que "Los copropietarios no tienen que tributar por ITP. Sino por AJD", pero esto es del 2015, no se si ha cambiado algo, o el supuesto era diferente al mio.
Saludos.
Dicen en el juzgado que tengo que ingresar el 100% de la adjudicación esto es: 100.000.
De ahí me tienen que devolver el 50% que es mi parte. ¿Quieres decir que el ITP sería de los 50.000?
Saludos.
Buuenos días, Recientemente he adquirido una vivienda de la que era 50% propietario mediante subasta judicial por división de la cosa común. Mi pregunta es si ahora tengo que pagar el ITP (Impuesto de Transmisión Patrimonial) y si tengo que pagar el 6% (es en Madrid) por el precio de adquisición (unos 100.000) o por el 50% ya que era pripietario ya del 50%.
En algún sitio he leido que en este caso no aplica ITP si no AJD. ¿Esto es así?
Muchas gracias de antemano.
Y si fuera una nueva hipoteca en lugar de subrogación, supongo que la desgravación por vivienda habitual sería válida si se produjese la transmisión antes de de 2013 ¿no?
Entiendo por lo que dices que, en este caso, la única forma de desgravarse más allá del 2012 es subrogándose a la hipoteca actual.
Gracias.
Hola a tod@s, tengo una duda con los proindivisos. Si ambas partes firmaron la hipoteca, y luego uno se de los dos se queda con la vivienda en el juicio y le aceptan la subrogación de la hipoteca en el banco... se puede seguir desgravando por compra de vivienda se fuese en el 2012 ?? Habría alguna forma de hacerlo para poder seguir desgrabando?
Gracias y un saludo.