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Alfredo roldan

Se registró el 07/10/2011

Sobre Alfredo roldan

Tratar de orientar a los usuarios con los contratos de seguros y darle la mejor solución a sus problemas

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Alfredo roldan 08/02/16 10:06
Ha respondido al tema Reparación o indemnización seguro hogar
Puede ser. No se me ha dado muchas veces, pero ahora mismo me está sucediendo con una comunidad y no estamos teniendo problemas. Depende de lo flexible que sea la compañía.
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Alfredo roldan 07/02/16 13:57
Ha respondido al tema Reparación o indemnización seguro hogar
Hagáis como lo hagáis, os deben pagar la pérdida de beneficio por cierre por siniestro, os aconsejo que hagáis una hoja de valoración de estas pérdidas diarias y la presentéis. Yo pediría que la compañía de la vecina reparara ya que os tienen que cubrir las perdidas por siniestro. Si no os convence pasad presupuesto de alguna empresa de vuestra confianza. saludos
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Alfredo roldan 07/02/16 13:48
Ha respondido al tema Reparación o indemnización seguro hogar
Buenas, Puedes buscar tu mismo una empresa que te haga un presupuesto de los arreglos y presentarla para que te la aprueben y en ese caso te indemnizarían si lo ven correcto. Hay compañías que si solo se presentan los presupuestos, indemnizan el total sin impuestos, para cobrar los impuestos se debe entregar las facturas oficiales, trabajo terminado. Pero yo las facturaría porque aunque seas tu mismo el que se haga la reparación, primero te lo devolverán, segundo podrás deducirlo a tu empresa y tercero, tendrás las facturas reguladas por garantías, IVA, etc. Si tu pasas un presupuesto de; ejemp: (1.000€ + 200 de impuestos). te pagarán 1000 por adelantado y cuando presentes las facturas los 200 de los impuestos. En teoría no da pie al enriquecimiento, a no ser que te hagas tu mismo una chapuza en tu casa que seria de tontos y no pagaras las facturas. Para que te hagas una idea, las compañías funcionan exactamente como funcionamos nosotros mismos, (lo digo por lo del enriquecimiento de la compañía); buscan la mejor alternativa de reparar reponer, que quede correcto y sea lo más económico. Son igual de rácanos, como si corriera de nuestra cuenta vamos. Un saludo
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Alfredo roldan 06/02/16 14:40
Ha respondido al tema Darte de baja en Sanitas
Y si enviaste carta en las fechas que tocaba y te quedaste copia sellada de la compañía ya estas tardando en reclamar a los organismos que competa según los plazos. Y creo que ya he dicho demasiado.
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Alfredo roldan 06/02/16 14:13
Ha respondido al tema Darte de baja en Sanitas
Para empezar si tienes ganas de denunciar malas praxis y malos consejos este no es el lugar, primero infórmate y documéntate adecuadamente. Segundo soy profesional hace más de 20 años y se de lo que hablo. Tercero me das la razón cuando dices que, para dar de baja llamaste por teléfono cuando no es la forma adecuada ni viene descrito de ese modo en la LCS. 50/80. haz el favor de leer lo que firmas. Y si te estoy ayudando en tu error ha hacerlo adecuadamente es porque se perfectamente como funcionan algunas compañías cuando un cliente quiere darse de baja y no lo está haciendo bien, se aprovechan de su error (como llamar por teléfono) se hacen los locos y/o no informan de que no se está haciendo correctamente y ya te las apañarás. Aprovechan de que te has equivocado para hacer oídos sordos y seguir cobrando como te ha sucedido, seguramente porque no tienes un Mediador o Corredor. Como Mediador con Correduría debes saber que la Ley de mediación 26/2006 dice que funcionaré como representante de este a la hora de defender sus intereses como consumidor, así que si un cliente me pide darse de baja de alguna de mis compañías para pasar a otra que le gusta más yo soy el primer interesado en hacer las cosas bien y no entorpecerme en mi labor. Aquí no estamos en un bar donde se dan opiniones banales, estamos en una página seria donde profesionales informan y aconsejan bien fundamentados. Tienes dos opciones, hacerme caso o seguir con tu periplo que te llevará a cometer el mismo error otra vez, o hacer caso de lo que mis compañeros y yo te estamos informando. Tu mismo.
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Alfredo roldan 05/02/16 17:58
Ha respondido al tema Seguro Hogar alquileres
Te entiendo. Es tan sencillo como poner en observaciones que estos 6000€ pertenecen al valor de la cocina en la póliza del propietario. Hay compañías que al poner un capital tan bajo obligan ha hacer esa descripción de los BIENES, adelantate y la incluyes. ya.
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Alfredo roldan 05/02/16 17:41
Ha respondido al tema Opiniones sobre el "plan de jubilación" llamado optiplan de Nationale Nederlanden.
Buenas Cuantos años sin oir hablar de "La Nati". Allá por 1994 comezó comercializar su Plan de Ahorro en España , porque en Holanda ya no funcionaba, el producto era "malillo", y en 1997 dejó de venderlo en España porque los españoles también se dieron cuenta de que su producto de Ahorro era malo, ya que no era nada rentable, lo vendían como un garantizado 100% cuando solo garantizaban 200.000pts SI PESETAS en toda la vida del ahorro. LA información de Pablo Diaz es muy interesante, habrá que hacerle caso.
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Alfredo roldan 05/02/16 16:58
Ha respondido al tema Darte de baja en Sanitas
No son ladrones , son buenas personas. Aunque sea de la competencia. Probablemente no lo hayas hecho adecuadamente, y por eso no es efectivo. Piensa que la compañía solo ve que no se le paga el recibo, no sabe el motivo. Si diera de baja la póliza y el motivo del impago fuera culpa del banco y tu tuvieras un siniestro no tendrías cobertura por culpa del banco. Así se hace bien. LA ley de contrato de seguros, LCS 50/80. ( no la que decide Sanitas ) dice: SECCIÓN CUARTA Duración del contrato y prescripción Artículo 22 Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita y fehaciente a la otra parte, efectuada con un plazo de un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso. LAs póliza de salud tienen por defecto el 31/12 de cada año. Manda la carta ya! y el año que viene estarás de baja y con tiempo para mirar otra compañía. un saludo
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Alfredo roldan 05/02/16 16:25
Ha respondido al tema Fecha emisión de la póliza y fecha efecto
Buenas No te líes. Si el día 5/3/2016 llegas a la oficina y te hacen un proyecto, en ese instante debes quedar de acuerdo con que FECHA DE EFECTO vas afirmar. Deben decirte si tendrá EFECTO el 1/3/16 el 5/3/16 o el 1/4/16. Has de tener en cuenta que según que pólizas no se pueden hacer con carácter retroactivo, osea del 1/3/16 te olvidas (pongo estas fechas porque son las que pones de ejemplo). En tu caso se debería haber hecho con la misma fecha que fuiste a firmar la solicitud en adelante, ¿que fue el día 5? pues el 5, ¿que la prefieres el 15? pues el 15. ¿que no puede ser porque el producto no lo permite? pues el 1/1/16. Pero me extraña por que las pólizas de asistencia en viaje se pueden contratar de un día para otro. Para que sea de carácter retroactivo tendrás que preguntarlo.
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Alfredo roldan 05/02/16 15:53
Ha respondido al tema Indemnizacion de siniestro en caso de cambio de uso de vivienda
Buenas Está complicado, todo. Y si la vivienda está en mal uso como cometas es que tiene una falta de mantenimiento seria, cosa que las compañías no se hacen cargo y que hasta cierto punto podría exigirte que repares antes de indemnizarte. Por otro lado es lógico que la indemnización se vea mermada porque no avisaste del cambio de riesgo en el uso. También deberías avisar , en principio a la compañía de que tu vivienda está deshabitada más de 90 días al año, lo cual tiene recargo. Y luego ver si existen opciones de hacer un suplemento o póliza al suplementaria para darle cobertura durante esos meses de alquiler, depende de la compañía quizá no sea necesario. Que te informe tu agente. Que yo sepa no existen pólizas combinadas que contemplen ese cambio de estado en tan poco tiempo ya que son pólizas de cobertura anual para un mismo riesgo y tampoco es cuestión de que cada 6 meses andes haciendo suplementos. Comentaselo a tu corredor de confianza y que te oriente.
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Alfredo roldan 05/02/16 15:17
Ha respondido al tema Seguro Hogar alquileres
Solo hay infraseguro si el total del contenido pertenece al mismo dueño o tomador y no es el caso , a parte de que el capital de 6.000€ se asegura a primer riesgo lo cual elimina la aplicación de la regla. Y si le sumas lo que te comenta "asesor" de aportar la relación de bienes que el propietario deja en la vivienda puede servir de apoyo. Si te preocupa que los peritos no se pongan de acuerdo siempre puedes hacerlos en la misma compañía o a través de un mismo corredor que siempre facilitará las cosas.
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Alfredo roldan 05/02/16 10:24
Ha respondido al tema Seguro Hogar alquileres
Buenas, Yo en tu lugar haría lo siguiente: (propietario)Póliza Hogar Alquiler: Cte: capital según metros2, que ya lo debes saber. Ctdo. 6000€ a primer riesgo. de forma que disfrute de las garantías que protegen al propietario. Tendrás que asegurarte de que la compañía que elijas te de esta posibilidad, que son la mayoría pero no todas., más Rcivil 300.000 con las garantías del modelo de hogar alquiler El tomador es el propietario asegurado y pagador. (inquilino) Póliza Hogar, : Cte.: (normalmente SIN, dependiendo de la compañía), a veces es aconsejable tener un capital mínimo A Primer Riesgo de entre 5.000€ y 20.000€ según m2. Y Ctdo: 30.000€ Y Rcivil 300.000. apuntando que es el inquilino el Tomador asegurado y pagador. Espero que te sea de ayuda. saludos
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Alfredo roldan 15/01/16 12:21
Ha respondido al tema Subida de prima en la renovación del seguro automovil
Yo casi aseguraria que ese, la modificación del baremo, ha sido el motivo. Eso me lleva a una pregunta, Están obligadas a avisar la compañías de ese cambio ? , la actualización no procede de la compañía sino de la DGSFP. Ojo que a mi entender lo más sencillo es que sean las compañías las que avisen.
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