Hola,
Tengo contratado un seguro de automóvil fraccionado semestralmente, el día 26 de marzo me viene el recibo del segundo plazo. Se que segun la ley de seguros no se puede romper el contrato solo previo aviso del contrato con 2 meses de antelación. He encontrado otra compañia comn la cual mi ahorro es de mas de la mitad. Mi pregunta es si digo al banco que devuelvan el recibo a que me expondria? Asnef, requerimiento judicial?
Me han aconsejado que de el coche de baja en tráfico , y luego lo de de alta.Estaria dado de baja notificandolo a la aseguradora?
un saludo, gracias