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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
Aisab17/05/12 09:40
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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
Siguiendo el titular de la noticia: ¡Qué horror!! Y encima por hacerlo así de bien, indemnizaciones millonarias! Son los amos!!!
Aisab17/05/12 09:36
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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
¿Quién tiene derecho a asistir a la Junta General?
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de los Estatutos Sociales y 9 del Reglamento de la Junta General, tienen derecho a asistir físicamente a las Juntas Generales de Bankia, los accionistas que sean titulares de cualquier número de acciones inscritas a su nombre en los correspondientes registros contables con 5 días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta General.
Para asistir a la Junta General los accionistas deben acreditar su condición de accionista mediante la oportuna Tarjeta nominativa de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia. A estos efectos, podrá utilizar la Tarjeta nominativa de Asistencia, Delegación y Voto a Distancia remitida por Bankia a su domicilio.
No tendrán derecho de voto los accionistas que se encuentren en mora en el pago de los desembolsos pendientes, pero sí tendrán derecho de asistencia a las Juntas Generales de Bankia. El importe de sus acciones será deducido del capital social para el cómputo del quórum.
¿Cómo pueden los accionistas solicitar informes o aclaraciones sobre los asuntos comprendidos en el Orden del Día de la Junta General? ¿Disponen de un plazo máximo para ello?
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 7 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de Bankia, desde la publicación de la convocatoria de la Junta General y hasta el séptimo día anterior, inclusive, al previsto para su celebración en primera convocatoria, los accionistas podrán solicitar por escrito informaciones o aclaraciones o formular, también por escrito, las preguntas que estimen pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día de la Junta. Además, con el mismo plazo y forma, los accionistas podrán solicitar informaciones o aclaraciones o formular preguntas por escrito acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por Bankia a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última Junta General.
Todo ello se entiende sin perjuicio de lo previsto en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital y en el Reglamento de la Junta General. Todas estas solicitudes de información podrán realizarse mediante la entrega de la petición en el domicilio social o mediante su envío a Bankia por correspondencia postal o por medios de comunicación electrónica o telemática a distancia, en los términos previstos en el anuncio de convocatoria y en la página web de Bankia (www.bankia.com).
Asimismo durante la celebración de la Junta General los accionistas podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los puntos comprendidos en el orden del día y, en caso de no ser posible satisfacer al accionista en ese momento, el Consejo de Administración estará obligado a facilitar esta información por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta General.
El Consejo de Administración está obligado a facilitar la información solicitada salvo en aquellos casos que, a juicio del Presidente, la publicidad de la misma perjudique el interés social. No obstante, no procederá la denegación de la información cuando la solicitud esté apoyada por accionistas que representen, al menos, el 25% del capital social.
¿Quién puede realizar una propuesta de acuerdo durante la Junta General?
Todos los accionistas (o sus representantes) asistentes a la Junta General podrán, durante el turno de intervenciones, formular propuestas de acuerdos sobre cualquier punto sometido a votación según el orden del día cuando se trate de propuestas que, conforme a Ley, no hayan de ponerse a disposición de los accionistas en el momento de la convocatoria.
Un saludo jm.albatros
Aisab17/05/12 09:35
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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
Manu, esto quiere decir que son (somos) los clientes de Bankia los que más han vendido, no?
Aisab16/05/12 22:32
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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
Ánimo Kripxp! Siéntete en solidaria compañía!
Un abrazo!
Aisab16/05/12 21:50
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¿Cambiar la nómina a otra entidad diferente de la que te ha concedido la hipotéca?
Muchas gracias Juan y Fiore! Lo revisaré y tendré en cuenta.
Un saludo a los dos.
Aisab16/05/12 21:45
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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
Pues está muy bien que nos informéis al resto. Soy relativamente nueva aquí y de ahí que haya comentarios que no haya leído.
Gracias por la información.
Hay un compañero de Rankia, al que como sois más veteranos y experimentados que yo, conoceréis: Antonio Barahona, que ha enviado y puesto a disposición de quien lo necesite, borradores de cartas y proceso a seguir en caso de querer denunciar la estafa.
http://estafapreferentesbankia2009.blogspot.com.es/2012/05/informacion-indispensable-para.html
Aisab16/05/12 20:42
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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
¿Cómo? Este mundo es de locos!
Aisab16/05/12 20:22
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Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
Artículo 248
1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
"Teniendo como referente la Directiva 2003/06 del Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado, se han llevado a cabo reformas en el campo de los delitos relativos al mercado y los consumidores. Así, se incorpora como figura delictiva la denominada estafa de inversores, incriminando a los administradores de sociedades emisoras de valores negociados en los mercados de valores que falseen las informaciones sobre sus recursos, actividades y negocios presentes o futuros, y de ese modo consigan captar inversores u obtener créditos o préstamos"
¿Creéis que han falseado las informaciones sobre sus recursos? ¿Creéis que han utilizado el engaño en beneficio propio? ¿Creéis que han captado "inversores" teniendo en su mano información privilegiada que nos han ocultado sabiendo que nos perjudicaría gravemente?