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Agm78

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Agm78 10/05/11 20:14
Ha comentado en el artículo El retracto de VPO contraataca
Hola Tristán. Me he enterado que para más inri el juzgado notificó al ayuntamiento, con más de 3 meses de antelación, la fecha de celebración de la subasta.
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Agm78 10/05/11 19:26
Ha comentado en el artículo El retracto de VPO contraataca
Creo que dan prioridad por antigüedad en listas pero imagino que el nº de miembros de la unidad familiar también influirá. No sólo para qué ejercen su derecho de adquisición preferente si no hay fraude, ¿por qué ejercen el retracto y no el tanteo?, ¿por qué ejercen el retracto que hace perder al comprador demandante admitido de vpo un dineral pudiendo ejercerlo en el precio de remate siendo este un precio oficial? No lo sé, me lo pregunto cada día desde hace unas semanas.
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Agm78 10/05/11 16:31
Ha comentado en el artículo El retracto de VPO contraataca
Soy el afortunado adjudicatario. Añado que el abogado del ayuntamiento a instancia del concejal de urbanismo interpone demanda con un objetivo; el BIEN COMÚN. Seguro que ahora ya lo entendeis todo. Saludos.
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Agm78 13/04/11 13:20
Ha comentado en el artículo ¿Se puede perder dinero en las subastas judiciales?
He participado en 3 subastas de vpo en Donostia, la 1ª era un proindiviso que se adjudicó un familiar, la 2ª y la 3ª eran ejecuciones hipotecarias y de estas en ningúncaso pujó el banco y n ningún caso se sobrepasó el precio máximo oficial, no digo que no sea una subasta normal, sólo digo que en el pais vasco hay limitaciones en cuanto a precio y que me parece correcto para que puedan acudir a la subasta aquellos para los que se construyeron las vpo. Ojo! Que por mi quitaba las vpo y regulaba el mercado de vivienda libre al estilo chaves, expropiese y alquílese!!!
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Agm78 13/04/11 00:51
Ha comentado en el artículo ¿Se puede perder dinero en las subastas judiciales?
En el pais vasco el juez elige al que previamente elige el departamento de vivienda del gobierno vasco para ser adjudicatario de la vpo. La subasta de una vpo, en el pais vasco, no es una subasta común como una vpo no es una vivienda ordinaria. Tampoco pasa nada por dejar un pequeño nicho en las subastas para aquellos que no tienen vivienda(s) aunque no pujen más que otros que disponen de más dinero.
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Agm78 29/01/11 11:48
Ha comentado en el artículo Derecho de Retracto en subastas de VPO
Gracias Saenz, para empezar no tenía claro qué tipo de retracto era. Al ser un retracto legal el que se ejercita entiendo que el ayuntamiento tiene solamente 9 días para ello (Artículo 1524. No podrá ejercitarse el derecho de retracto legal sino dentro de nueve días contados desde la inscripción en el Registro, y en su defecto, desde que el retrayente hubiera tenido conocimiento de la venta.). Ayer mismo el juzgado nos notificó (adjudicatario, gob. vasco, ayunta. donostia) que el adjudicatario (yo mismo)había consignado la totalidad del remate y la duda que ahora me surge es si los 9 días empiezan a contar desde que el ayuntamiento tiene conocimiento de quién es el adjudicatario y cuál es el precio de remate o desde que el adjudicatario paga el precio del remate. Por otro lado lo que dice la ley de suelo y urbanismo vasco respecto los plazos de tanteo y retracto es esto : Artículo 126.– Notificación a la administración de la transmisión de bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto. 1.– Los propietarios de bienes inmuebles comprendidos en los ámbitos referidos en el artículo anterior deberán comunicar a la administración titular de los derechos de tanteo y retracto la decisión de proceder a su enajenación onerosa, con expresión del precio y la forma de pago proyectados y de las demás condiciones esenciales de la transmisión prevista, así como el domicilio a efecto de notificaciones, a fin de posibilitar el ejercicio del derecho de tanteo. Este derecho podrá ejercerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la entrada de la comunicación en el registro de la administración titular del mismo. 2.– Transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior sin notificación de resolución expresa sobre el ejercicio del derecho de tanteo, se podrá proceder libremente a la enajenación proyectada. Si entendemos que una venta judicial es una transmisión onerosa el ayuntamiento tiene 2 meses desde que tuvo conocimiento de que la vpo iba a salir a subasta (enajenación proyectada) así que su plazo, según la ley del suelo, ya pasó porque el edicto ya estaba en el tablón del juzgado en Octubre.
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