Vale, creo que ya voy aclarando todo.
Sólo un par de dudas más respecto a los gastos:
1) ¿se pueden incluir como gastos el Certificado Energético y el certificado de deuda con la comunidad de propietarios? Ambos se exigieron para cerrar la compraventa.
2) ¿se pueden incluir los gastos de notaría de la renuncia del heredero si esa minuta la pagaron los hermanos que sí aceptaron?
Gracias!!!
Sí, así es: falleció sin hijos ni pareja por lo que los herederos son los hermanos.
Entiendo que los importes que cada heredero tiene que declarar son sus partes proporcionales ¿no? Es decir, si el valor de adquisición es 120.000 cada uno deberá declarar 20.000. Y en el caso concreto de la segunda el valor de adquisición será la parte del fallecido (20.000) entre los cinco restantes (4.000). ¿Es así?
Gracias por tu ayuda.
Saludos.