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30556687z

Se registró el 27/07/2018
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30556687z 15/03/19 11:03
Ha comentado en el artículo Tipos de IVA en España (año 2023)
Composición de "base imponible", importe total de contraprestación. En el caso de la factura eléctrica también se suma un 5'11% de impuesto para luego aplicar sobre ello el 21% de IVA. Aparte de aplicar el iva normal a un bien tan básico, se grava un impuesto sobre otro impuesto, que ya quisiera saber si eso es legal. Luego nos quejamos de altos precios de la electricidad y culpamos a las eléctricas.
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30556687z 22/09/18 18:21
Ha comentado en el artículo ¿Qué productos están cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos?
En el ejemplo de compra 500 acciones de Endesa, si quiebra Bankia entiendo que no tiene porqué perderse nada ni hacerse cargo el FGD ya que no es Endesa la que quiebra. Es más, aunque hubiera comprado un millón de Endesas. No es cuestión de quien sea el depositante. Creo no estar equivocado y solo se pierde (en caso de valores) cuando quiebra la empresa de la que se ha comprado acciones.
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30556687z 05/08/18 16:56
Ha respondido al tema Cuaderno particional por contador Partidor y protocolizado por el notario - Herencia
Sí, el notario claro que nos citó e informó del inicio del proceso, incluso mediante escritura notarial. Cumplió todos los requisitos legales antes del nombramiento del CPD. Bueno, de precios no hubo nada dicho. Yo no sé si estoy ahora obligado por imperativo legal a pasar por la notaría para pagar lo que me ha indicado y recoger mi copia de la escritura que no me hace falta pues ya he visto la de mi hermano. Y los bancos también tienen copia. En cuanto a valoraciones, cuando mi padre murió en 2009, se presentó en Hacienda la liquidación de impuesto de SyD con los valores exactos de lo que había en acciones, saldos en cuentas y valor vivienda de entonces. Todo fue aprobado por Hacienda. 1.- De todo lo que figura en aquél documento, ahora el CPD ha hecho 2 lotes idénticos en valor(€) como liquidación de gananciales y sí, es correcto. Mi padre acciones y mi madre vivienda + dinero en libretas. Y como todo lo actuado parte de un conflicto por lo que se ha aplicado el art.1057 del C.C., supongo que el CPD hace las divisiones y asignaciones que le parezcan oportunas sin contar con la participación ni aceptación nuestra, todo por imperativo legal. De hecho así ha sido y de ello no he sabido NADA en meses hasta que estaba finiquitado y el notario me hizo llegar una copia del cuaderno y me citó para firmar la aceptación, que rechacé por su contenido e hice mis alegaciones recogidas en acta notarial. En cualquier caso la liquidación de gananciales que hizo el CPD, nos interesa a los cuatro y analizados cada uno de los dos lotes, me consta que fue por indicación de mis hermanos "contrarios". Por cierto, que no se trata de que mi madre en vida hubiera rechazado. Lo que yo quería es que estando ya los dos fallecidos, mi madre no tiene (creo) porqué heredar ahora el tercio de libre disposición que llegó para ella mi padre y heredar lo nosotros directamente como herederos legítimos de ella, según Art. 1006 CC si no me equivoco al interpretarlo. 2.- ¿Según valoraciones en IS?, y el día que tenga ganancias patrimoniales ¿cuál presento como justificante?, ¿el que se hizo por mi padre en 2009 con TODO lo que había?. Si a mí finalmente me han asignado las acciones que había en 2016 con precios a día de "Brexit" y 25% de vivienda con valoración de 2009 (x2 del precio real). Para colmo mis hermanos "contrarios" han ido a Hacienda ahora y han presentado el inventario existente a 2016 valorando igual que el CPD en el cuaderno. Todo sin participar ni enterarme de ello hasta que por casualidad al pasar por un banco me dicen que ya está todo tramitado y entregado. Me dejan ver el IS y compruebo que han valorado la vivienda en 475000€, ¿cómo se hace ahora una extinción de condominio si yo quisiera quedarme más, teniendo el doble de valor que en el mercado real?. ¿Cómo Hacienda acepta un trámite sin conocimiento y firma de nosotros, los otros dos hermanos?. ¿Qué salida tengo?. Claro!!! "cuánto más bajas las valoraciones, menos honorarios" por eso el listo del CPD se ha encargado de que sean lo más altas y incluso operaciones muy dudosas pero que incrementan más y más los honorarios. Al fin y al cabo la confección del cuaderno estaba bajo su poder y posteriormente validado por el notario a pesar de mi rechazo. Parece ser que la ley le otorga al notario ese poder y de hecho en la escritura indica que en defecto (de mi aceptación y la de mi otro hermano) lo acepta él. 3.- En efecto lo que comentas sería lo ideal ... para nosotros. Pero aquí todo ha quedado entre un CPD usurero que ha hecho las operaciones según más le llenaban los bolsillos y un notario que ha dado validez a su trabajo. Pero todo impuesto por imperativo legal, supongo. Por eso rechacé el cuaderno particional e hice alegaciones, en mi convencimiento de que hay muchas irregularidades e ilegalidades. Aún así ... todo continúa como han dispuesto. P.D. Exacto, ya no necesito la copia que me ha dicho el notario que pase a retirar previo ingreso. Ya he visto y tengo la de mi hermano. Además mis otros dos hermanos han entregado en los bancos copias de la misma y copia de lo del impuesto de SyD, todo ello imprescindible para que nos hagan entrega. Ahora bien, me da miedo que el notario me salga con alguna ley por el que esté obligado a pagarle y me sancionen o no sé. El caso que me notificó para ello por correo certificado hace un mes y pico y no he ingresado ni pasado por la notaría. Al de unos días me lo recordaron por teléfono y respondí que sí, que cuando pudiera pasaría y les pagaría ... por ir dando largas. No sé qué pasará. Disculpa por mi extensión. Gracias.
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30556687z 31/07/18 18:27
Ha respondido al tema Cuaderno particional por contador Partidor y protocolizado por el notario - Herencia
El ir a los tribunales es lo que estoy valorando, también con esta consulta, pero depende de que no esté equivocado. De hecho lo que me acabas de exponer, es lo que ha hecho el notario y lo que yo he rechazado por entender que no se ajusta a derecho. Aclaro: en el 2009, tras el fallecimiento de mi padre, se presentó en Hacienda inventario de todo lo que había en la sociedad de gananciales y su valor, liquidando así el impuesto de sucesiones. No se hizo liquidación de gananciales, cosa que ha hecho ahora el CPD como primera operación en el cuaderno particional. Tampoco se hizo particiones tal y como rogaba mi padre en su testamento. Ahora, seguido a la liquidación de gananciales, ha hecho la partición y asignaciones de la parte de mi padre INCLUYENDO A MI MADRE que falleció hace 2 años. ¿Es posible esto último?, si ni puede ser llamada para rechazar o lo que sea, su legado del tercio de libre disposición que indicó mi padre para ella. Y a continuación reparte y asigna lo existente el día que muere mi madre, osea todo porque antes de su muerte no hubo particiones ni repartos. Con esto, ¿donde ha ido a parar el reparto de lo de mi padre?, ¡se ha esfumado! de un paso al siguiente. NO existen desequilibrios entre nosotros se reparta como se reparta ya que es un montante de acciones que siempre nos van a tocar a todos las mismas. Y que por cierto su valor es muy concreto, documentado y declarado en Hacienda cuando en 2009 murió mi padre. El problema surge que en el 2016 mi madre murió con el Brexit y la bolsa calló a plomo ese día. Si heredamos las acciones desde mi madre el día que las vendamos, las ganancias serán MUCHO mayores que si las heredamos de mi padre ya que en el 2009 estaban bastante más caras. Además el CPD se va llevando un 1% de cada reparto que hace, incluido el "esfumado". De igual manera valora la vivienda en 2016 al mismo valor que se declaró en 2009. Claro, se vuelve a llevar otro 1% sobre una base 200.000€ superior al precio real de valoración en 2016, que además es la fecha por la que la heredamos de mi madre. Ah!, el art.1068 del CC dice, "la partición legalmente hecha confiere a cada heredero la propiedad exclusiva de los bienes que le hayan sido adjudicados" .... ¿entonces dónde queda la asignación por mi padre, previa a la de mi madre?, voló! y el CPD cobró su 1%. Y al notario se le expone estás irregularidades (supongo), se le presentan reclamaciones por escrito y sin respuesta alguna da curso al cuaderno elaborado por el CPD mediante escritura protocolizada y citandonos a cada uno para recoger copia, previo ingreso de más de 2000€ también cada uno.
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30556687z 30/07/18 18:50
Ha respondido al tema Cuaderno particional por contador Partidor y protocolizado por el notario - Herencia
Imagino que para llevar el asunto a los juzgados, me lo puedo tomar con más calma ¿me eqivoco?. Ahora trato de estudiarme bien todo lo acontecido en los actos del notario y CPD para tratar de ir lo más sobre seguro que pueda. Por eso planteo al principio algunas cuestiones que a lo mejor algún erudito de estos temas me pueda corregir o afirmar y aconsejar. Gracias por vuestro interés y atención.
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30556687z 30/07/18 18:40
Ha respondido al tema Cuaderno particional por contador Partidor y protocolizado por el notario - Herencia
El viernes pasado mi hermano (el afín a mí en la causa) presentó en el colegio notarial, escrito exponiendo lo actuado por el notario pero solo sobre el asunto de "bienes colacionables" que para él es el más evidente. Me deja a mí que presente otro para el resto de cuestiones que planteaba yo al principio de este foro con la intención de si alguien me hacía ver que pueda estar equivocado en algún aspecto, no vaya a ser que meta la pata en mi reclamación. Posteriormente se hará lo propio en el colegio de abogados. Y forma de impugnar todo o al menos los aspectos impugnables creo que no hay. Supongo que el camino que nos queda es la demanda judicial contra el notario y el Contador Partidor exigiendo lasresponsabilidades e indemnizaciones que correspondan. Pero mi confianza en la justicia es casi nula por experiencias recientes, además de ser cuestión farragosa y cara. El caso es que mis otros dos hermanos (los contrarios) ya han entregado toda la documentación en las entidades bancarias y está a punto de ser entregado todo tal y como han confeccionado el cuaderno particional que he rechazado. Y eso que las pérdidas fiscales las vamos a sufrir los 4 pero ellos dos se van de rositas sin colacionar nada que es por lo que instaron este proceso. Eso sí, han provocado el tener que pagar al CPD y al notario el doble de lo que les reclamabamos y sin contar la perdida fiscal que tendremos en un futuro que no es poca.
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30556687z 28/07/18 19:39
Ha respondido al tema Cuaderno particional por contador Partidor y protocolizado por el notario - Herencia
No es mediación, es el procedimiento al que la ley me somete según el art.1057 del código civil que desde el 2015 permite al 50% de los coherederos acudir al NOTARIO para que realice la repartición de la herencia, objeto de discordia y falta de acuerdos. En nuestro caso a causa, como detonante final, de no querer reconocer y asumir bienes "colacionables" (unos cuantos miles de euros) que en tiempos anteriores fueron entregados por mis padres a los dos hermanos que no los reconocen e invocan al notario para el reparto de la herencia. De cada entrega de dinero, mi madre hacía un manuscrito indicando fecha, a quién, motivo del destino (para obras en el banco) y les hacía firmar. Esos manuscritos, antes de fallecer, me los entregó a mí y ahora se les reclama como cantidades "colacionables" tal y como estipula el art.1035 del código civil. El CPD y el notario, se han negado a imputarlos (los importes) en el reparto del cuaderno particional.
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30556687z 28/07/18 19:07
Ha respondido al tema Cuaderno particional por contador Partidor y protocolizado por el notario - Herencia
Claro que hay 2 herederos que han aceptado la partición (somos 4 hermanos) y son los que han acudido al notario conforme al artículo 1057 del código civil. Interesados ellos para intentar eludir los bienes colacionables y que de momento les está yendo bien, con la inestimable ayuda del CPD y la autorización del notario de todo el cuaderno particional, donde no se han aplicado esas cantidades que ya expliqué anteriormente. Todo ello y lo anterior, no es un error del notario (ni del CPD) pues se les ha dicho, explicado por correo electrónico, instado por burofax a recoger los documentos "colacionables", alegado en escritura notarial con mis alegaciones y no aceptación del cuaderno, yo y el 4° hermano que también rechazó e hizo sus alegaciones también reflejadas en escritura. De todo ello ... NI CASO. EL notario en su día encargó la elaboración del cuaderno a un CPD nombrado por orden de lista en el colegio notarial (no es mediación) y tras todos los trámites legales pertinentes, comenzó la valoración, avalúo y asignación de todos los bienes, es decir, confeccionó el cuaderno. Tras 6 meses sin saber nada de lo que estaba haciendo, recibí en mi domicilio copia del cuaderno y notificación del notario para que con fecha tope (4 días) me presentará a firmar la aceptación. Asunto que como ya expliqué, rechacé su aceptación y tras insistir más de lo deseado el notario cedió a recoger (dictar) por escrito mis alegaciones. Insistía mucho en que no procedía y me llevó 15' para que me permitiera alegar. De mala manera porque era el último día que había marcado como plazo y me negó la petición de un mayor plazo adecuado para analizar detenidamente el contenido del cuaderno y poder tomar las decisiones adecuadas. Por lo que seguidamente en la propia notaría y una hora antes de que cerraran, pude ir improvisando la redacción de mis alegaciones junto con el rechazo de aceptación. Paralelamente, mi otro hermano, el 4°, estaba pasando por lo mismo que yo e hizo también sus alegaciones y rechazo en escrito notarial a parte del mío, con el agravante de que el solo tuvo 1 día de plazo desde que recibió por correo postal certificado todo el expediente (algo más de 100 hojas). La siguiente notificación del notario la he recibido por correo hace un mes, diciendo que le ingresé xxxx€ por las operaciones particional de la herencia que me corresponden a mí y con el justificante pase a retirar la escritura ya protocolizada. Cómo mi hermano ha ido antes que yo (aún no he ido) ya he visto en su copia que el notario no ha hecho caso de ninguna alegación y como tiene autoridad legal, el cuaderno lo autoriza él. ¿Qué puedo hacer?, ¿me equivoco en las cuestiones que planteaba en los anteriores mensajes?. Desde luego que se va a presentar reclamacion al Colegio de notarios y seguramente al de abogados por lo que al CPD le toque. Ah!, los danos ocasionados principalmente son fiscales por la valoración de bienes y las ganancias que puedan suponer el día de su enajenación (acciones) y de la vivienda ... imposibilita una adecuada "extinción de condominio" de momento. Además, la perdida de los bienes (euros) a colacionables y repartir.
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30556687z 27/07/18 10:50
Ha respondido al tema Cuaderno particional por contador Partidor y protocolizado por el notario - Herencia
Los 2 hermanos que lo solicitaron estaban interesados porque mantenían una importante confrontación con nosotros 2 (somos 4) durante años que provocó la ruptura traumática de relaciones. Ellos han firmado la aceptación del cuaderno particional. Estaban interesados porque con el procedimiento buscaban no hacer frente a los bienes colacionables (varios miles de €) entregados en vida por mi madre y que siendo previsora documentaba por escrito motivandolo su destino, fechando y firmando por mis hermanos destinatarios. Hay varios y están en mi poder porque me los entregó mi madre. Todo ello y al reclamarles verbalmente, fue el desencadenante final de que ellos instaran este reparto a través de notario y contador partidor. La cabezonería ha supuesto que los honorarios superen en mucho el importe total de la cuantía a colacionables. Que por cierto, CPD y notario, se los han pasado por el arco de triunfo a pesar de explicarles y presentar los documentos. Al menos valorarlos y adicionarlos a la herencia como bienes colacionables con la excusa de que había que entregarle (al CPD) los originales, sin admitir fotocopias fidedignas mediante visionado de los originales.
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30556687z 27/07/18 10:27
Ha respondido al tema Cuaderno particional por contador Partidor y protocolizado por el notario - Herencia
Tal y como lo he explicado. Pero yo quisiera saber si mis alegaciones que fueron recogidas en acta notarial y aquí expuestas son acordes a derecho o me equivoco en alguna cuestión. ¿Puede asignarse en el cuaderno particional, el legado que mi padre dispuso, a mi madre estando fallecida hace 2 anos? ¿es legal la valoración de la vivienda?. ¿Qué posibilidades tengo ahora?. Cuando me llamó el notario para firmar el cuaderno, me negué a hacerlo y tras "discutir" más de 15'porque no quería atender mis motivaciones, conseguí por mi empeño que se recogieran en acta notarial todas mis alegaciones, en el sentido que he explicado. No las ha tenido en cuenta ya que me ha notificado para que, previo ingreso de sus honorarios, pase a recoger mi escritura la cual he podido visionar (aún no he ido) por la copia de mi hermano que sí ha recogido donde compruebo que no ha corregido NADA. ¿Se puede impugnar, denunciar al CPD y notario?, ¿en algún punto me equivoco?, ¿por dónde y como sigo
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