Re: Nueva versión del Manual práctico para operar con Flatex
Bueno, pues ya está hecho el trámite del notario y la documentación va camino de Alemania por correo certificado.
Una vez más gracias a los que han abierto el camino.
Bueno, pues ya está hecho el trámite del notario y la documentación va camino de Alemania por correo certificado.
Una vez más gracias a los que han abierto el camino.
Hola Nowan
Jo y ¿no siquieras lo has enviado para que lo corrigan mediante email con archivo sacneado del papeleo?Haber si no te piden nada o algo asi porque este omitido o erroneo.
"Una vez más gracias a los que han abierto el camino"
Nada ahi demasiado y unos solo hemos hecho rodar los conocimientos que nos dieron unos para daroslos a otros .Gracias a ti por pasar la bola asi como las aporatciones que das en otros foros (amen del avatar jajajajaja).s2
Aviso a navegantes con posibles, si es que los hay.(a mi no me afecta)
Buenas,
Queria comentaros como quedó el tema de las transferencias.
Desde Ibanesto en principio al hacerla por la web cobran trasferencia de más de un 2% pero según me han dicho al poner una incidencia me devolverian la comisión. Otra pega en que son D+2, así que en total puede tardar 3 o 4 dias.
Otro tema que queria comentar, mandé el documento DD1 al banco de España con acuse de recibo y diez dias después de recibirlo no me han enviado la copia para el interesado. Ayer les mandé un mail y por ahí tampoco me dicen nada. Creo haber leido a alguien decir que nos mandan la copia por correo pero ya no estoy seguro.
A ver si alguien me lo aclara,
saludos.
¿Alguno ha intentado o pedido un crédito lombard con flatex? No sé si pondrán trabas a los no residentes.
HOLA Mcmurdigan
Si por lo menos en mi caso (aprox 1 año que lo hice)
asi fue (no te extrañe ..esto es España)A mi me tardaron menos en llegar los papeles de FLATEX que los del BdE
s2 y paciencia...eterna :(
Con el certificado digital o dni digital lo del dd1 se hace en un rato.
No sé como estaría antes, pero según lo último salido en el BOE http://www.comercio.mineco.gob.es/es-ES/inversiones-exteriores/normativa/PDF/normativa-textos-legales/Resolucionde24deEnerode2013.pdf (página 15 en adelante), entiendo que es obligatorio para particulares como nosotros presentar en enero el formulario D-6
"Corresponde utilizar este modelo D-6 para efectuar las declaraciones al Registro de Inversiones de las inversiones españolas en el exterior en empresas que cotizan en Bolsa de Valores o Mercado Organizado, cuando los valores se depositen en el extranjero o permanezcan bajo custodia del titular de la inversión.
Declaración de depósitos: la declaración de depósitos en el exterior se presentará en el mes de enero de cada año y estará referida al 31 de diciembre del año inmediato anterior."
Entiendo que en Flatex, compráis valores de renta fija en mercados organizados (Luxemburgo, Frankfurt, Berlín, ...), y tenéis esos títulos depositados en un broker extranjero: Flatex.
Para flujos (compras y ventas) si se habla de exenciones que se aplica a todos nosotros, pero en el caso de la declaración anual de depósitos en el extranjero... no hay exenciones ni mínimos.