Re: Emision obligaciones "Audasa Marzo 2014"
Siempre se pueden vender... Aún vendiéndolas al 102% pasado un año son buen negocio.
Siempre se pueden vender... Aún vendiéndolas al 102% pasado un año son buen negocio.
Pues sí, habrá que ver como van evolucionando los ingresos de peaje y mientras tanto ir cobrando los cupones.
Efectivamente, Buso: La casilla 732 (cuota líquida incrementada total) tiene que ser positiva para beneficiarse de esta bonificación y de cualquier otra deducción.
Esto siempre ha sido así (la ley que permite esta bonificación es muy antigua, creo que de tiempos de Franco o poco despues), solo que hace años en los impresos no se desglosaba retención y bonificación.
No, no colaba, Hacienda mandaba una paralela rectificándolo. Era un caso similar al de la "elevación al integro" donde te ponías la retención correcta de IRPF independientemente de la que la empresa hubiera practicado, pero Hacienda NUNCA devuelve lo que previamente NO ha retenido. El tope de la devolución era y es la retención realmente practicada.
Hace muchos años, tal vez 20, compramos en mi casa obligaciones de Aucalsa (Autopistas concesionarias Astur-Leonesas.
Sí tú estás seguro de lo que dice la Ley y de su vigencia hace tantos años estaré yo equivocado. Gracias en cualquier caso.
Pero, para sacarnos de dudas, pongamos un caso extremo: supongamos que un niño de 8 años tiene en la cuenta corriente 600 euros procedentes de regalos de cumpleaños, onomásticas y aguinaldos por Navidad y su padre, como representante legal que es, decide comprarle al su hijo de 8 años una obligación por 500 euros. El niño solo tendrá los ingresos de este cupón. ¿Entonces no gozará de la bonificación?
Creo que con la tributación actual de los rendimientos del capital por tramos (las ganancias con un límite de 6.000 euros tributan al 21%; a partir de 6.000 euros y hasta 24.000 habrá que pagar un 25% y desde 24.000 euros tendrán un gravamen del 27%), aunque efectivamente la retención efectiva y la bonificación se calcula respecto de una retención del 24% en el caso de que en nuestra declaración, al sumar varios rendimientos procedentes del capital mobiliario en el programa PADRE efectúa una corrección según el tramo en el que estés ubicado.
En cualquier caso, y sin dudar de ti, planteo este tema en el foro de Fiscalidad en [1] Duda bonificación obs. Audasa.
Es decir, las que se renuevan ahora. ¿Sabes el Isin o el cupón?
Por cierto, ¿cómo ves esta emisión?, ¿no pretender colocar mucho dinero y con un interés muy alto? , ¿no le ves riesgos?
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Como quedan dos días para decidir ando un poco liado.