La Fiscalía cree "imprescindible" que se investigue el origen de los fondos ocultos por la familia del expresidente catalán Jordi Pujol en el extranjero, al entender que existe un "enriquecimiento sospechoso difícilmente compatible" con sus fuentes declaradas de renta.
En un escrito remitido a la juez que investiga la fortuna oculta por los Pujol, al que ha tenido acceso Efe, el Fiscal Anticorrupción Alejandro Luzón se opone así al recurso presentado por la defensa de la familia contra la imputación del expresidente de la Generalitat, su esposa, Marta Ferrusola, y tres de sus hijos por los delitos de fraude fiscal y blanqueo de capitales.
El ministerio público sostiene en su escrito que, aunque la regularización de los fondos de los Pujol en Andorra esté correctamente realizada como alega su defensa, ello no impide que deba investigarse la "licitud de los fondos" con los que se pusieron al día con Hacienda.
Además, el escrito advierte de que "no es admisible una regularización completa si parte de los fondos existentes en el extranjero continúan ocultos al fisco español", algo que en su opinión "no puede acreditarse sin tener toda la información de las cuentas cuyos fondos se utilizaron en la regularización de 2014".
Alejandro Luzón responde así al escrito de la defensa de los Pujol, que alegó que la familia del expresidente catalán regularizó correctamente el año pasado su dinero en el extranjero y que las cuentas que tenía en Andorra no habían experimentado variaciones patrimoniales significativas desde 2002, para lo que los letrados aportaron certificados bancarios.
Para el fiscal, la documentación aportada por la defensa de los Pujol es "parcial, ambigua y nada acreditativa sobre el importe de los fondos depositados en su momento en la cuentas de Andorra y los movimientos operados desde entonces" en las mismas.
Enriquicimiento ilícito
La defensa argumentó también que en España no existe el delito de enriquecimiento ilícito y que, desde el punto de vista penal, carecen de trascendencia los incrementos no justificados de patrimonio.
En ese sentido, el fiscal mantiene que su intención no es introducir un precepto penal inexistente en el Código Penal como es el de enriquecimiento ilícito de funcionarios público, "sino que, detectado un enriquecimiento sospechoso por ser difícilmente compatible con las fuentes declaradas de renta de los querellados, se hace imprescindible investigar el origen de esos fondos".
Para el ministerio público, no es "descartable" la comisión de un delito de blanqueo, "pues el delito antecedente puede ser otro distinto al delito fiscal".
"Como venimos repitiendo en este procedimiento, resulta muy sencillo para los querellados aclarar el origen de los fondos cuya licitud se discute, más allá de la aportación de incompletas y oscuras certificaciones bancarias", remacha el fiscal.
Luzón admite que los orígenes de los fondos están "huérfanos por el momento del necesario sustento probatorio", pero son "suficientemente graves como para que los órganos judiciales a quienes compete la represión de estas conductas no permanezcan inactivos a la vista de un patrimonio que no puede corresponderse con las fuentes lícitas de renta conocidas de estas personas".
A su parecer, no es exigible que al inicio de la instrucción los contornos de los hechos punibles "aparezcan nítidamente perfilados", dado que ello "generaría espacios de impunidad, siempre intolerables y de manera especial en una conductas de corrupción que han alcanzado dimensiones profundas en la sociedad española