Por si os genera dudas el tema de la Fianza a primer requerimiento. (Esta es la respuesta de Civislend, explicando en qué consiste y en que se diferencia de la garantía hipotecaria)
"- Una fianza a primer requerimiento sobre una sociedad es una garantía financiera para proteger al inversor, ya que en el supuesto caso de no llegar a un acuerdo con el promotor tras un impago, podemos ejecutar dicha fianza, la cual está firmada ante notario, permitiéndonos exigir judicialmente el pago total del principal, así como los intereses devengados.
- La garantía hipotecaría de primer rango recae sobre un activo, el cual siempre tiene un valor actual y un valor de edificio terminado, en el supuesto caso de no llegar a un acuerdo con el promotor tras un impago, podemos ejecutar judicialmente dicho activo."