Igual no me he explicado bien en el mensaje anterior. Yo no tuve que rellenar papel sobre los ingresos recurrentes, me lo hicieron ellos en la oficina del banco. Lo mismo que la solicitud de clientes de no acceder a la entrega de acciones, me lo rellenaron ellos y yo solo lo firme y ya esta. Te estoy hablando de hace 2 ó 3 años (desde que desaparecio el Banesto y me pasaron las cuentas al Santander).
En el contrato de la cuenta pone lo siguiente sobre ingresos recurrentes:
"Para que otros conceptos retributivos que se perciban por transferencia ó cheque puedan equipararse, a estos efectos, a la percepción de una nómina o prestación por desempleo deberán ascender al menos a 600,00 euros al mes y haber sido percibidos al menos durante los tres meses anteriores a la liquidación que se trate.
Además el titular deberá notificar al Banco por escrito que dicha percepción se corresponde al concepto de nómina o prestación por desempleo"
Hay que informar al banco que vas a recibir unos ingresos recurrentes todos los meses para así poder cumplir con las condiciones. Si ellos te dicen que no hace falta hacerlo por escrito y con decirselo verbalmente vale pues adelante. No creo que haya problema por eso.