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servicios bancarios, deberian facturar? y el IVA?

4 respuestas
servicios bancarios, deberian facturar? y el IVA?
Servicios bancarios, deberian facturar? y el IVA?
#2

Re: servicios bancarios, deberian facturar? y el IVA?

Lo cierto es que tampoco tengo ni idea de el "porque" a la cuestión... La mayoria de comisiones, son de cuantias muy bajas, que a veces no superan 1 euro..quizá tenga algo que ver con la cuantia? que no estén obligados a hacerlo, si la cuantia no supera X€?

nose...algo que se me ocurre.

Alguien sabe algo mas al respecto?

#3

Re: servicios bancarios, deberian facturar? y el IVA?

No tiene que ver con la cuantía. Ver al respecto el artículo 20 apartado 18 de la Ley Impuesto Valor Añadido. (Exenciones en operaciones interiores)

Saludos.

#4

Re: servicios bancarios, deberian facturar? y el IVA?

Por que las comisiones no son en teoría ingresos del banco, sino que por lo menos en la teoría suponen la repercusión de unos gastos que les ocasiona el hecho que genera las comisiones...

Respecto al resto de servicios financieros, no lleva IVA (salvo los leasing y renting, que llevan el IVA del bien adquirido), porque se supone que la actividad financiera no es un bien final. Es decir, se trata de bienes intermedios, que se colocan a personas.

Es decir, en una empresa normal, compra materias primas y paga el IVA que ha de soportar y luego recauda el IVA sobre el precio total, para que de esta forma acaba pagando el IVA sobre el valor añadido que genera.

LA financiacion no implica la transformación de ningún bien o servicio, sino que se centra en la financiación y como va a mercados particulares no se puede usar el metodo normal.

Esto por lo menos es la teoría, porque la realidad es que los servicios de la banca no están sujetos a IVA ¡Porque pueden!...

Es así de sencillo; todos podemos encontrar razones para no pagar, y vive Dios, que todos podemos encontrar razones para que la banca deba pagar impuestos... pero la realidad es que tienen el suficiente poder como para no pagar...

#5

Re: servicios bancarios, deberian facturar? y el IVA?

La respuesta está en el primer comentario del artículo. La Ley 37/1992, del IVA, en su artículo 20, apartado 18, deja exento de IVA algunas operaciones financieras. Entre ellas, las comisiones de administración y mantenimiento de las cuentas bancarias:

a) Los depósitos en efectivo en sus diversas formas, incluidos los depósitos en cuenta corriente y cuentas de ahorro, y las demás operaciones relacionadas con los mismos, incluidos los servicios de cobro o pago prestados por el depositario en favor del depositante.
Comisiones por la concesión de un credito:
c) La concesión de créditos y préstamos en dinero, cualquiera que sea la forma en que se instrumente, incluso mediante efectos financieros o títulos de otra naturaleza.
Comisiones por transferencias y por las tarjetas:
h) Las operaciones relativas a transferencias, giros, cheques, libranzas, pagarés, letras de cambio, tarjetas de pago o de crédito y otras órdenes de pago.
Comisiones por cambio de divisas:
j) Las operaciones de compra, venta o cambio y servicios análogos que tengan por objeto divisas, billetes de banco y monedas que sean medios legales de pago, a excepción de las monedas y billetes de colección y de las piezas de oro, plata y platino.
Solo son cuatro ejemplos en relación a las comisiones más habituales, pero el artículo es bastante más largo. Un saludo