Reglamento Comunitario de pagos transfonterizos.
Segun este reglamento, las comisiones y gastos por transferencias de hasta 50.000 Eu. emitidas en euros u otras dividas de la U.E. entre los Estados mienbros seran las mismas que la Entidad cobre y tenga registradas para los pagos en el Estado miembro en que este situada. Es decir que las Entidades que no cobren las transferencias (Open Bank, Cta. Nomina de Ing Direct etc.) no podran cobrar transferencias a paises de la Union Europea para importes hasta 50.000 Eu. y las que los cobren el importe será el mismo que para una transferencia interior. Si a alguno no le aplican esta igualdad de terifas que lo exponga aqui y que reclame en base a este reglamento comunitario 2560/2001.