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Partícipe en suspenso

8 respuestas
Partícipe en suspenso
Partícipe en suspenso
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#1

Partícipe en suspenso

¿Que supone estar en la condición de participe en suspenso en un plan de pensiones? (comisiones, etc.)

¿Me podríais hechar una mano con esto https://www.rankia.com/foro/mensaje.asp?mensaje=42057? Gracias.

#2

Re: Partícipe en suspenso

En los “planes de pensiones individuales” se supone que, al margen de si realiza o no aportaciones extraordinarias (no sujetas a fecha, ni importe), el partícipe pacta ingresar un importe con una periodicidad determinada (mensual, anual, …). Si llegada la fecha de ingreso de ese importe el partícipe no lo hace, pasa a la situación de suspenso. Creo que los partícipes de solo hacen aportaciones extraordinarias (una o muchas) se consideran que están en suspenso.
Que yo sepa, el partícipe en suspenso tiene los mismos derechos que el activo (tal vez no pueda formar parte de algún órgano del plan). De todas formas estaría explicado en el reglamento del plan.

- En los planes de Bestinver www.bestinver.es/PDF/Especificaciones%20plan%20BESTINVER.pdf: La suspensión de aportaciones por un plazo superior a un año natural motivará la condición de partícipe en suspenso, en las condiciones y con los derechos establecidos en estas especificaciones.

- En los planes de Fonditel https://www.fonditel.es/documentos/1.600.600/reglamento.pdf: Transcurridos dos meses sin hacer efectiva una aportación comprometida, el partícipe adquirirá la condición de partícipe en suspenso y la Entidad Gestora, en los casos de domiciliación bancaria de aportaciones, quedará facultada para suspender los cargos en cuenta de las mismas.

En los “planes de pensiones de empleo” el caso es distinto ya que lo normal es que la empresa o administración deje de hacer aportaciones a favor del partícipe que se encuentra en situación de suspenso.

#3

Re: Partícipe en suspenso

Cada plan tendrá sus propias condiciones, pero te extraigo las condiciones del partícipe en suspenso de un plan que acabo de consultar:

"Los derechos y obligaciones de los Partícipes en suspenso serán los mismos que los del resto de Partícipes, salvo en lo siguiente:
a) No dispondrán de la cobertura de riesgo mínima garantizada para las contingencias de muerte e invalidez del partícipe. Por tanto, el importe de la prestación, una vez se produzca la contingencia, corresponderá al valor de los derechos consolidados que el partícipe en suspenso mantenga en su Plan de Pensiones, que podrá percibir de acuerdo con la modalidad que elija de entre las reguladas en estas Especificaciones.
b) No recibirán aportaciones del Promotor."

Un cordial saludo.

#4

Re: Partícipe en suspenso

Miguel, por lo que transcribes, da la impresión de que trata de un plan de pensiones de empleo. No conozco ninguno individual y he sido partícipe en algo así como en una docena de ellos, que tenga alguna cobertura mínima garantizada, ni que el promotor haga aportaciones.
Un saludo.

#6

Re: Partícipe en suspenso

Muchas gracias.

#7

Traspaso de Planes de Pensiones

¿Se puede traspasar parcialmente un plan de pensiones a otro? o, ¿hay que hacerlo integramente? Gracias de nuevo.

#8

Re: Traspaso de Planes de Pensiones

Sí se puede traspasar parcialmente