Re: Facilitar nombre y apellidos de un titular mediante número de cuenta
Es catalan capullo :P
Es catalan capullo :P
Eso suena a santa rita rita lo que se da no se quita.
Esperemos que tenga suerte y se lo devuelvan.
Tu contestación me recuerda a un frase célebre de un colega mio antes de un examen: "que Dios reparta suerte por que como reparta justicia..."
O otra que suelo decir mucho y tambien cuando estoy cabreado con alguien: "Dios dame paciencia, por que como me des fuerza..."
Es catalan capullo :P
i no es el mateix: es catalan capullo que.....
es catalan, capullo
Si, ja ho sé. Per aixó dic "vernáculo": significa propio del lugar o país de nacimiento de uno, nativo, especialmente cuando se refiere al lenguaje.
Menos mal que existe el refranero. Siempre es un argumento de peso citar un refrán popular al Juez, que seguro que se ablanda con ello y se mostrará más comprensivo, en un proceso penal por Apropiación Indebida.
El Código Penal de 1995, dentro de la apropiación indebida, incluye una modalidad delictiva de nuevo cuño en el artículo 254 al castigar con pena de multa «el que, habiendo recibido indebidamente, por error del transmitente, dinero o alguna otra cosa mueble, niegue haberla recibido o, comprobado el error, no proceda a su devolución, siempre que la cuantía de lo recibido exceda de 400 euros», solventando problemas doctrinales y jurisprudenciales, pues no se trata de una apropiación indebida, pues el sujeto activo no recibe la cosa debidamente, ni se trata de cosas perdidas, pues el dueño conoce a quien se la entrega y tampoco constituye estafa porque el autor no utiliza engaño bastante, ni el error de la entrega es consecuencia del engaño previo, por lo que con este nuevo delito se da cobertura de legalidad a la punición del que se queda con una transferencia que no le corresponde.
Si es inferior a 400 euros, se tipifica como falta.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t13.html
S2
Esa boquita!!
:-D
Insisto en el tema : si la transferencia viene identifica con un CIF o un NIF, el banco que recibe debe poder detectar el error, no???? bueno, en un caso que he vivido hablamos directamente con el que recibió el dinero porque lo identificamos, pero de lo contrario habriamos ido a por el banco receptor para que nos lo devolviera bien de la cuenta o bien de donde quisiera.