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Retención indebida del dinero

8 respuestas
Retención indebida del dinero
Retención indebida del dinero
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#9

Re: Retención indebida del dinero ????

(De la Web del Banco de España) Los cheques ingresados a cargo de otras entidades, incluido Banco de España tendrán fecha valor el segundo día hábil siguiente al de la entrega. Es correcta la valoración del dia 13.

Pero...

La fecha de valoración es sólo relevante para el devengo de intereses, pero no a efectos de disposición, siendo cuestiones totalmente distintas. Repito: son cuestiones totalmente distintas El cobro de un cheque será efectivo cuando la entidad librada haya atendido el mismo, y ello puede tener lugar antes, el mismo día o incluso con posterioridad a la fecha que a efectos de valoración se aplique al abono realizado. Por tanto, cheque ingresado el dia 'D' tomará valoración D+2. El cobro, y levantamiento de retención, es otro cantar. ¿Cuantos días son necesarios para el cobro efectivo??? No se considera buena práctica bancaria establecer plazos predeterminados para considerar firme o disponible un apunte. El Servicio de Reclamaciones del BdE entiende que restringir la disponibilidad de los fondos abonados "salvo buen fin" durante un plazo predeterminado unilateralmente por la entidad contradice los principios contenidos en la normativa bancaria, que omite expresamente la fijación de plazos concretos a aplicar con carácter general; la citada normativa exige a las entidades la máxima diligencia en su gestión, a fin de facilitar a sus clientes la disponibilidad pronta de los fondos. En definitiva se considera que es posible posponer la disponibilidad de los cheques (si así se indica en el documento de ingreso) hasta el momento del cobro efectivo de su importe, pero no se admite establecer ese plazo predeterminado, que en la práctica suele exceder la fecha de compensación efectiva de los documentos. Resumiendo: El tiempo que estará retenido, que no tiene nada que ver con la valoración, puede ser D+1, D+2 o incluso D+3, que suele ser lo más habitual y exactamente lo que ha ocurrido con el ingreso de tu cheque: retenido los dias 12, 13 y 14 y dispuesto para realizar la IPF el primer día que se ha podido, el 15. Hala, ya podeis ir a incendiar sucursales los que no esteis de acuerdo...!!! S2