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Los Perjudicados de Forum recurrirán la Intervención

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Los Perjudicados de Forum recurrirán la Intervención
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Los Perjudicados de Forum recurrirán la Intervención

Los Perjudicados de Fórum recurrirán la intervención.

Tras mejorar su situación en el concurso, reiteran, que al ser una sociedad mercantil no regulada, el Estado se sobrepasó.

La Defensa de la Asociación de Perjudicados Fórum Madrid centrará su estrategia a partir de ahora en lograr la nulidad de la intervención por la policía de la sede de la sociedad filatélica, al considerar que se trataba de una entidad mercantil y no financiera.

El Bufete Marín basa su estrategia en la sentencia de la Audiencia Nacional que ha descartado que existiese responsabilidad patrimonial del Estado al tratarse de una sociedad dedicada a realizar operaciones mercantiles y no de una entidad regulada por el Banco de España o la Comisión Nacional del Mercado de valores.

Esta estrategia ya les ha dado resultado en dos sentencias de la Audiencia Nacional, una de 16 de julio y otra de 12 de marzo de 2010, en las que más de un millar de afectados por el caso Fórum Filatélico han logrado que se eleve sus créditos concursales de la calificación de subordinados a la de ordinarios, lo que supondrá una mejora a la hora de cobrar las deudas.

El magistrado Arribas Hernández da la razón a los recursos de apelación planteados en ambas sentencias contra los fallos que había dictado previamente el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid que está tramitando el concurso de acreedores de Fórum Filatélico.

En estos fallos, se reconoce que la deuda de Fórum Filatélico no se debe a intereses, que se considerarían créditos subordinados, ya que no se trata de operaciones financieras, sino que al ser actuaciones mercantiles deben ser consideradas como revalorizaciones de los sellos y, por tanto, ordinarios.

En relación de deudas a pagar a los acreedores, los créditos subordinados ocupan el último lugar, ya que incluyen conceptos accesorios (como son los intereses), mientras que los créditos ordinarios tienen un carácter general.

Los afectados han visto reconocido que sus créditos ordinarios son más elevados, tienen derecho a reclamar a la Administración Concursal que se les abone el 10 por ciento de tales cuantías, que antes, por ser considerados créditos subordinados, no se les abonaron y que sin embargo ahora tienen pleno derecho a percibir.

Julio Aranda, abogado del Bufete Marín, afirmó ayer “en caso de no existir fondos dinerarios suficientes, la administración concursal tendrá que encontrar la manera de pagar el porcentaje a estos acreedores, que han visto reconocido su derecho, y del que no se beneficiarán quienes no recurrieron”.

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