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Sentencia con fallo favorable, dictada por el Juez de lo Mercantil Sánchez Magro (14 de septiembre de 2011)

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Sentencia con fallo favorable, dictada por el Juez de lo Mercantil Sánchez Magro (14 de septiembre de 2011)
Sentencia con fallo favorable, dictada por el Juez de lo Mercantil Sánchez Magro (14 de septiembre de 2011)
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Sentencia con fallo favorable, dictada por el Juez de lo Mercantil Sánchez Magro (14 de septiembre de 2011)

Sentencia con fallo favorable a los gestores de la concursada Afinsa Bienes Tangibles, S.A., dictada por el Juez de lo Mercantil Sánchez Magro (14 de septiembre de 2011).

Estableciendo una proyección a futuro pero basada, no en “elucubraciones” figuradas, sino en la conclusión de este procedimiento acontecido en el pasado reciente, me atrevo a anticipar de un modo muy real, lo que tal vez muy pronto podré contar sobre otros “bocazas iluminados” y que han decidido deslizarse por la misma pendiente. Así, narraré algún día lo siguiente:

Érase una vez un tiempo en el que pude relatar el camino que emprendieron unos tipos ofuscados y llenos de un odio visceral hacia quienes consideraban que eran los culpables de su ruina. Dominados por su irracional patología denominada "canitis" y sin investigar ni reflexionar previamente, no dudaron en acusar a los presuntos autores de su desgracia, arremetiendo judicialmente con toda clase de calumnias y de difamaciones imaginarias, contra ellos.

El resultado que obtuvieron, debió sentarles peor que recibir una merecida "patada en la boca" que les hiciera tragarse todos los dientes.

A modo de aviso a navegantes, queda transcrito el texto de la resolución siguiente (http://es.slideshare.net/faralami2/sentencia-juez-sanchez-magro) de cuyos fundamentos se extraen los párrafos más significativos:

En Madrid, a cinco de septiembre de 2011.

Sentencia sobre el Procedimiento Ordinario 234/06 por el Ilmo. Sr. Don ANDRÉS SÁNCHEZ MAGRO, Magistrado Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL N° 2 de MADRID:

... BLANGAR 97 ASOCIADOS, S. L., GARSOL 2002, S. L., D‘. PILAR GARCÉS FERNÁNDEZ y D. JOSÉ GABRIEL BLANCO GARCÉS, formuló demanda de responsabilidad de administradores, en reclamación de la cantidad de 196.018,49 euros, contra D. JOSÉ ANTONIO CANO CUEVAS, D. CARLOS DE FIGUEIREDO ESCRIBA Y D. VICENTE MARTÍN PEÑA, en su condición de administradores sociales de la mercantil declarada en concurso de acreedores, AFINSA BIENES TANGIBLES, S. A. Los demandantes ostentan unos derechos de crédito frente a Afinsa, como consecuencia de su inversión en valores filatélicos depositados en la misma, a través de contratos efectuados bien directamente o bien por subrogación en los derechos del plan de ingresos complementarios inicialmente suscritos por otras entidades. Vienen a señalar en sus posiciones que han sido objeto de un engaño en la inversión efectuada, por tratarse de una inversión piramidal, en la que, a su juicio, los activos filatélicos están sobrevalorados, o no existen, o no se pueden vender al precio de recompra mínimo garantizado. En prueba de tales manifestaciones apuntan los datos obtenidos de la tramitación del procedimiento penal seguido en la Audiencia Nacional, contra los ahora demandados, entre otros. Por otro lado, como es público y notorio, la sociedad Afinsa fue declarada en concurso de acreedores por el Juzgado de lo mercantil n° 6 de Madrid. Pues bien, en esta situación, los demandantes cuantifican el daño sufrido en la cuantía de la inversión realizada, entendiendo que la misma será imposible de recuperar no sólo por la ya aludida sobrevaloración de los activos de Afinsa, sino por el tremendo déficit patrimonial de la concursada y su despatrimonialización, todo lo que sin duda impediría ceder los derechos que ostentan los demandantes contra la concursada ... Los demandantes, ejercitan en la demanda ... dos acciones ... de responsabilidad ... una actuación contraria a la Ley y los estatutos, que enlazan con la responsabilidad criminal ejercida contra los demandados en la vía penal; un daño, derivado de la imposibilidad de obtener el precio de recompra mínimo garantizado, y sus revalorizaciones pactadas; y por último, un nexo causal entre la actuación y el daño, fundado en el engaño de los administradores de Afinsa, que es la causa directa de la pérdida económica de los actores, engaño que ha ido agravándose con la estructura piramidal seguida ... / ...

... / ... la acción fundada en los arts. 133 y 135 de la LSA, requiere que se establezca la existencia de un hecho del que fueran responsables los administradores demandados (como sería en nuestro caso, por ejemplo, la infravaloración de las existencias de la compañía, esto es de los sellos que constituyen su principal activo) pero además hay que probar que entre el hecho denunciado y el resultado lesivo exista un nexo causal. A este respecto, entendemos que no ha quedado probada la existencia de relación de causalidad alguna entre un hecho de los demandados y la falta de cobro de la deuda por la actora y ello porque consideramos coherente y justificado el razonamiento esgrimido por el Presidente de Afinsa, D. Juan A. Cano, en cuanto a la discusión sobre el método de valoración seguido por la Administración concursal en el procedimiento concursal, con técnicas de muestreo sobre una cantidad ingente de valores filatélicos, que hace no solo que varíe el precio de un sello a otro, sino que dentro del mismo tipo de sello, es público y notorio que su valoración es diferente aun siendo iguales, por ej. por tan solo la fecha de emisión. Por ello no podemos considerar que haya quedado probado que haya una actuación de los administradores demandados que haya originado el déficit patrimonial que sufre Afinsa ...

Escrito por: "En rebelión"

#2

Re: Sentencia con fallo favorable, dictada por el Juez de lo Mercantil Sánchez Magro (14 de septiembre de 2011)

Si ya lo decía Pacheco.

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