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En junio de 2009, ante el más que evidente deterioro de las finanzas públicas de España, comienzan las primeras noticias acerca de una posible subida de la imposición a los rendimientos del capital, fijada en dicho momento en el 2%. Tirando de San Google, podemos encontrar la noticia “el gobierno sopesa una subida de impuestos al capital al 2%”.

El 31 de agosto de 2009, el diario “El Mundo”, publica “Zapatero anuncia subidas de impuestos en las rentas del capital”. En dicha noticia se avanzan las posibles modificaciones fiscales, y se reconocen de forma más que evidente las trampas y por donde van a ir los tiros.

No voy a entrar hoy a discutir la bondad ni la maldad, ni del gobierno, ni de las subidas, simplemente me gustaría tener en cuenta, lo que ha pasado en referencia a estas noticias y ciertas implicaciones que quizás han quedado ocultas.

Para entender esto, debemos tener en cuenta que el gobierno ha centrado la vista sobre los rendimientos del capital mobiliario, lo que esconde dos tipos de rendimientos en la práctica; por un lado aquellos derivados de inversiones financieras y por el otro aquellos derivados de socios y accionistas de sociedades mercantiles. La distinción la realizo en base al uso de la propiedad, ya que aunque a efectos legales y fiscales, la situación del poseedor de 6.000 en acciones de telefónica y la situación del participe único de una S.L. dedicada a la explotación de una tienda de ultramarinos es exactamente la misma, es más que evidente que tienen casuísticas completamente diferenciadas.

En fin. ¿Quiénes son los damnificados directos por tal medida?. En primer lugar están los ahorradores y los dueños de sociedades mercantiles. Y ¿con ellos?. Pues el sector financiero necesitado de los primeros y por supuesto una gran maraña de Asociaciones, confederaciones y federaciones en los segundos.

Supongo que hasta aquí no he generado demasiada polémica. En consecuencia permitanme seguir avanzando. En septiembre se abre la veda en los medios de prensa, de noticias, comentarios y análisis acerca de los rendimientos del capital, los impuestos que merecen la pena ser subidos y bajados y sobre las SICAV y los Fondos de Inversión.

De esta forma Miguel Roig en su blog de expansión, pública el artículo “Menos Demagogia con la fiscalidad de las Sicav”, el diario negocio publica en su columna de opinión el error de bulto que se supone que se comete con las SICAV o con los Fondos de Inversión Colectiva, y surgen cientos y cientos de comentarios que básicamente tratan de deshacer el entuerto y demostrar que es rotundamente falso que las SICAV tengan ventajas fiscales sobre los Fondos de Inversión y a su vez estas sobre los inversores particulares. El argumento es sencillo y claro. Las Sicav y Fondos de inversión efectivamente tributan al 1%, y el reparto de las plusvalías, hacia el patrimonio de los socios efectivamente tributa al 18%. Por supuesto, argumento impecable, y que hace centrar la vista en tan solo uno de los aspectos de las características de las inversiones.

Por supuesto el director de la fundación de las cajas de ahorro el 7 de septiembre de 2009, apunta al IVA como impuesto a incrementarse, dando razones de lo más variado.

El 9 de septiembre la Asociación de Instituciones de Inversion Colectiva, (Inverco), reclama la neutralidad en los Fondos de Inversión colectivos debido a que actualmente pagan un 1% adicional. (según su razonamiento), ya que están sujetos al 1% y al 18% del traspaso a los patrimonios.

Escribo esto el 10 de septiembre de 2009, y hoy es más que evidente que tras la noticia desencadenante de toda esta historia y tras el anuncio de las subidas de tipos, se ha desencadenado una sucesión de acontecimientos con el objetivo de crear opinión y presionar en diverso sentido. Especialmente grave es que todos y cada uno de los ejemplos dados, nadie reconoce que las medidas propuestas son por el bien de un tipo de negocios determinados, más al contrario, obviando las repercusiones positivas en el negocio financiero, trasladan la idea de que es por la sociedad o por justicia.

Otro día entraré en el fondo de las Sicav por que hoy el objetivo es entender como se desarrolla el proceso de formación de opinión que incluye bombardeo en prensa, declaraciones de los expertos, comentarios en las noticias económicas y toda una planificación que haria palidecer la que se realizó para el desembarco de Normandia.

Es muy importante que todos tengamos en cuenta entonces la existencia de este fenómeno, por que nos permite a veces entender la realidad de las situaciones, y de una forma tan sencilla como voy a poner en este ejemplo.

¿Es onerosa la tributación de las Sicav?. Hoy parece que si…

Pero en “cinco días” han publicado un artículo denominado “Productos a medida para las grandes fortunas”, donde se dice lo contrario. Claro que tenemos que tener en cuenta que este artículo está publicado el 5 de noviembre de 2005, período en el que no existía déficit, y en donde por tanto no existía una presión sobre los tipos de imposición de los citados instrumentos.

Por supuesto, la ventaja que recuerdan todos los expertos en ese artículo.

También podemos ver claramente las ventajas en la publicidad de Banco Pastor en su web, (donde por cierto olvidan que son sociedades colectivas y con todo el desparpajo del mundo llegan a afirmar en las razones que animan a crear una SICAV lo siguiente:
" Dirigir su propia Sociedad de Inversiones: Tendrá la oportunidad de elegir la política de inversión de su SICAV, sin renunciar al asesoramiento de nuestros expertos, a través de Gespastor.
 
Liquidez: Podrá vender las acciones de la SICAV a través del Mercado Alternativo Bursátil( “MAB”).
 
Flexibilidad y diversificación en sus inversiones.
 
Contará con Gespastor S.G.I.I.C., S.A, especializado en la gestión de Instituciones de Inversión Colectiva desde 1974.

Transparencia, seguridad y información: Tendrá detallada información de la composición de la cartera. Estas instituciones están reguladas y vigiladas por la CNMV. Cuentan siempre con una entidad depositaria y una auditoria externa.

Fiscalidad: Se beneficiará de ventajas fiscales de las Instituciones de Inversión Colectiva, tributando por Impuesto de Sociedades al 1%.

Porque la SICAV es un instrumento que le permitirá canalizar la gestión de su patrimonio financiero, de un modo flexible y con una atractiva fiscalidad."

Menos claro es el Banco Santander, que remite a a la CNMV como órgano que da transparencia a un producto de excelente fiscalidad.

Tampoco es difícil encontrar como el Banco Caminos ofrece a inversores la creación de su propia SICAV sin el mínimo pudor.

En fin. Creo que va siendo hora de que todo el mundo se ponga a solucionar esta crisis y que todos rememos en la misma dirección. Lo que no podemos es pervertir el sistema hasta tal punto que no podamos creernos absolutamente nada de lo que nos digan, a la vez que reclaman grandes dosis de confianza.

Sigue al ejemplo práctico de la diferencia entre una Sicav y una persona jurídica.

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