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Blog de Juan Carlos Burguera
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Startups y emprendedores: el pacto de socios

La mortalidad de las nuevas empresas es muy alta.  Además de las causas económicas, y de otros  factores que pueden quedar fuera de nuestro ámbito de control,  hay otros elementos que pueden llevar a hacer desaparecer la empresa pero que podemos controlar, con el oportuno “pacto de socios”.

Las estadísticas hablan por sí solas: aproximadamente 8 de cada 10 nuevos negocios cierran sus puertas antes de alcanzar los 3 años.

Los  motivos de orden económico, son generalmente la falta de capital, la insuficiencia de la demanda, las carencias en marketing, o la falta de capacidad de adaptación.

Además puede haber otros factores completamente aleatorios como pueda ser un cambio legislativo, o que en nuestro ámbito de influencia se instale un competidor más potente que nosotros.

Hay también otra causa de desaparición de pequeñas empresas que se da con frecuencia: las diferencias entre los socios, que hacen que se bloquee o paralice la empresa.

Esta última causa, podemos prevenirla mediante la adopción de un “pacto de socios” en el mismo acto de constitución de la empresa.

La utilidad del pacto de socios se podría asemejar a la de un “acuerdo prematrimonial”, pero va mucho más allá, por que además de establecer qué hacer cuando un socio quiere marcharse de la empresa, rige la vida de la empresa, también cuando las cosas “van bien” y ayuda a que las cosas sigan por ese camino.

Las disputas entre fundadores, afectan a alrededor del 20% de las nuevas empresas. Y estas disputas pueden dar “al traste” con la empresa. Son disputas personales, que se pueden prever y “ordenar”. No se dejen llevar por la ilusión del emprendedor que construye algo nuevo, y háganse la pregunta: ¿Cómo nos las arreglaremos el día en que no estemos de acuerdo?. Y para evitar llegar al desacuerdo, ¿Cómo debemos funcionar en el día a día, para que nunca haya disputas?

Por desgracia, lo que se suele hacer normalmente es constituir una sociedad limitada, con unos estatutos “tipo” que no den problemas para inscribirse en el Registro Mercantil. En los estatutos se establecen los requisitos de la Ley de Sociedades de Capital, de manera muy básica, pero no se establece la operativa del día a día de la empresa, ni lo que debemos hacer el día que no estemos de acuerdo. Y luego surgen los problemas.

¿Qué sucederá si un socio se quiere ir? ¿Cómo se retribuye a los socios? ¿Y si no se alcanzan los objetivos? ¿ o si el socio que se encarga de los números no da la información que yo quiero y cuando quiero? ¿Y si hay beneficios, se reparten o no? ¿Si un inversor quiere entrar en la sociedad? Etc. Etc. Etc.

Realizar un “pacto de socios” es voluntario. No lo exige la Ley de Sociedades de Capital. Por tanto, el contenido puede ser de lo más variado, y su extensión puede recoger algún aspecto  de la vida de la sociedad, o un complejo y detallado reglamento interno para el funcionamiento futuro.

El pacto de socios queda fuera de los Estatutos de la Sociedad, básicamente por dos motivos. En primer lugar, podrían darnos problemas para inscribirlos en el Registro Mercantil. Por otra parte, es un pacto privado, y puede que los socios prefieran mantenerlo así, sin que acceda a la publicidad del Registro. Por ello también obliga exclusivamente a quienes lo suscriben.

Es recomendable que el pacto de socios contenga también una cláusula penal para el caso de incumplimiento del mismo que incline a los socios hacia su cumplimiento, así como una cláusula de confidencialidad y de protección de datos. 

Pero el detalle del contenido de un pacto de socios, lo dejamos para un próximo post.

En resumen, si va a constituir una sociedad, piense sobre como le gustaría que fuese su  funcionamiento, prevea lo que puede ir mal y con la ayuda de un abogado experimentado, plásmelo con sus socios en un documento. Se ahorrará disgustos y dinero.

 

                                                 Juan Carlos Burguera. www.BurgueraAbogados.com

 

  

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  1. Top 100
    #1
    26/11/12 17:16

    Siempre está bien recordar a los emprendedores que ante cualquier pacto con socios externos para conseguir financiación es casi una obligación redactar y firmar ambas partes un pacto de socios.

    Hace unos meses publiqué en el blog "Financiación a emprendedores" un artículo sobre cómo elaborar un pacto de socios entre emprendedor y business angel, es un ejemplo que se puede aplicar a cualquier otro socio.

    Espero que sirva de ayuda para los usuarios. Un saludo.

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