El Estado de Comisiones te permite saber cuánto has pagado realmente por tu cuenta bancaria durante el año, comparar costes entre bancos y detectar posibles comisiones que no corresponden.
¿Alguna vez has oído hablar del Estado de Comisiones? Es un documento que tu banco debe poner a tu disposición cada año y que permite conocer de forma clara cuánto has pagado por los servicios asociados a tu cuenta bancaria durante el año anterior.
El Estado de Comisiones sustituyó, para los conceptos relacionados con la operativa de las cuentas de pago, parte de la información que anteriormente se incluía en el Resumen anual de intereses y comisiones. Su objetivo es facilitar que los clientes puedan conocer y comparar el coste de los servicios bancarios entre distintas entidades.
Estado de Comisiones bancarias
¿Qué es el Estado de Comisiones?
El Estado de Comisiones es un documento gratuito y obligatorio que las entidades deben facilitar a los titulares de cuentas de pago durante el mes de enero de cada año. En él se informa sobre las comisiones aplicadas a la cuenta durante el año natural anterior.
Esta obligación está regulada por la Circular 2/2019 del Banco de España, que modificó la Circular 5/2012, y se aplica a las cuentas de pago, independientemente de que se trate de cuentas nómina, digitales, jóvenes o cuentas de pago básicas.
Además de informar al cliente sobre el coste de los servicios bancarios, este documento utiliza un formato homogéneo, lo que facilita la comparación entre cuentas de diferentes entidades. También puede resultar útil para detectar posibles cobros incorrectos y comprobar que las comisiones aplicadas corresponden a servicios efectivamente prestados y solicitados por el cliente.
¿Qué podemos encontrar en el Estado de Comisiones?
Según la información proporcionada por el Banco de España, tanto el Resumen anual de intereses y comisiones como el Estado de Comisiones deben ponerse a disposición de los clientes durante el mes de enero de cada año. Son documentos de carácter informativo y personalizado, que permiten al cliente conocer los costes asociados a los productos y servicios bancarios que tiene contratados.
El envío puede realizarse por correo ordinario o por vía telemática, cuando así se haya acordado con el cliente. Además, el modelo debe ajustarse a lo establecido en el Anejo 5 de la Circular 5/2012 del Banco de España, lo que permite comparar la información de documentos emitidos por distintas entidades de forma homogénea.
En cuanto a las condiciones económicas, las entidades pueden fijar libremente con el cliente los tipos de interés y las comisiones, dentro de los límites establecidos por la normativa. En el caso de las comisiones, estas deben corresponder a servicios efectivamente prestados o gastos habidos y haber sido solicitadas o aceptadas en firme por el cliente.
¿Qué ocurre si la cuenta tiene varios titulares?
En las cuentas con varios titulares, así como en préstamos con deudores solidarios o mancomunados, el Banco de España establece que cada titular debe recibir la comunicación correspondiente. Los importes no se dividen entre los titulares, sino que se muestran de forma conjunta, indicando también el número total de cotitulares del producto.
Por otra parte, el Estado de Comisiones no incluye los tipos de interés, comisiones y otros gastos relacionados con operaciones o servicios de valores prestados por la entidad. Sí recoge, en cambio, información sobre comisiones y gastos asociados a servicios que impliquen una relación continuada o a la venta y contratación de productos financieros vinculados a operaciones de crédito o depósito.
¿De dónde viene el Estado de Comisiones? Normativa y regulación
El Estado de Comisiones no es una iniciativa voluntaria de los bancos, sino un documento cuya existencia y contenido están respaldados por una normativa europea y española. Su regulación parte de la necesidad de homogeneizar la información sobre las comisiones bancarias y facilitar su comparación entre entidades.
Las principales normas que regulan el Estado de Comisiones son:
Directiva 2014/92/UE: establece a nivel europeo medidas sobre la comparabilidad de las comisiones de las cuentas de pago, el traslado de cuentas y el acceso a cuentas básicas. Es el origen de buena parte de la regulación posterior en España.
Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero: incorpora al ordenamiento español las disposiciones de la Directiva relativas a las cuentas de pago básicas, el traslado de cuentas y los requisitos de los sitios web de comparación de cuentas.
Circular 2/2019, de 29 de marzo, del Banco de España: desarrolla en España el contenido y el formato del Estado de Comisiones y modifica la Circular 5/2012. En concreto, establece qué información debe incluir este documento y cómo debe presentarse.
Esta última normativa determina la información que el cliente puede consultar y comparar. Entre otros datos, el Estado de Comisiones permite conocer la comisión unitaria de cada servicio, el número de veces que se ha utilizado, las comisiones correspondientes a paquetes de servicios, el importe total de las comisiones pagadas durante el período y determinados intereses aplicados a la cuenta.
Todo ello se facilita de forma gratuita y siguiendo un formato normalizado, para que el cliente pueda entender mejor cuánto le cuesta mantener y utilizar su cuenta bancaria.
Estado de Comisiones y Documento Informativo de las Comisiones: no son lo mismo
La misma normativa creó dos documentos que se confunden con facilidad porque tienen nombres casi idénticos. La diferencia es el momento:
Documento Informativo de las Comisiones (DIC): es precontractual. Te lo tienen que entregar antes de abrir la cuenta, con la lista de los servicios más representativos asociados a ella y lo que cuesta cada uno. Sirve para decidir.
Estado de Comisiones: es posterior. Llega cada enero y te dice lo que realmente has pagado el año anterior. Sirve para comprobar y, si procede, para cambiar de banco.
Usados juntos son bastante potentes: pides el DIC de la cuenta que te interesa contratar y lo comparas con el Estado de Comisiones de la que ya tienes. Es la comparación más honesta posible, porque una es una tarifa y la otra es tu factura real.
Qué hacer si detectas una comisión que no te corresponde
Aquí está la utilidad práctica del documento, y la razón por la que merece la pena no archivarlo sin leer. El criterio de la normativa de transparencia es claro y da mucho margen al cliente: una comisión solo puede cobrarse si responde a un servicio efectivamente prestado y solicitado en firme por el cliente. Dos comprobaciones concretas al revisar tu Estado de Comisiones:
Servicios que no has usado. Si aparece una comisión por un servicio que no has utilizado ni solicitado, ese cargo es discutible.
Repeticiones que no cuadran. El documento indica cuántas veces se ha cobrado cada comisión. Si el número no coincide con las operaciones que recuerdas —por ejemplo, comisiones de mantenimiento cobradas más veces al año de lo pactado—, tienes un dato objetivo con el que reclamar.
El camino de la reclamación es escalonado:
Habla primero con tu oficina o con el servicio de atención telefónica. Buena parte de los cobros indebidos se devuelven en este paso sin más trámite.
Presenta una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad, por escrito y conservando el acuse de recibo. Es un paso obligatorio antes de acudir al supervisor.
Reclama ante el Banco de España si no obtienes respuesta satisfactoria. Adjunta el Estado de Comisiones: es una prueba emitida por la propia entidad, lo que la hace especialmente difícil de discutir.
¿Y si mi banco no me lo ha enviado?
Que no lo hayas visto no significa siempre que no te lo hayan enviado. Antes de reclamar, comprueba dos cosas: si tienes activado el envío telemático, el documento suele estar en el buzón o el archivo de documentos de tu banca online, no en el correo postal; y si tu banco lo publica bajo otro nombre, porque el Banco de España se refiere a los dos documentos como "carta de servicios bancarios" y "estado de comisiones por cuenta".
Si después de eso sigue sin aparecer, puedes exigirlo: es una obligación de la entidad y su entrega es gratuita. Solicítalo por escrito y, si no te lo facilitan, la falta de entrega es en sí misma motivo de reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente y, después, ante el Banco de España.
¿Todos los bancos cobran comisiones?
Actualmente, existen en el mercado multitud de bancos que no cobran comisiones de mantenimiento, apertura, administración, por disponer de una tarjeta de débito... y algunas de estas cuentas además te ofrecen rentabilidad por tus ahorros.
Con el Estado de Comisiones en la mano es fácil calcular cuánto te ahorrarías al año cambiando de entidad: es exactamente la cifra del "importe total de comisiones" del documento.
Estado de Comisiones: una herramienta para saber cuánto te cuesta tu banco
El Estado de Comisiones es mucho más que una comunicación anual del banco: permite tener una visión clara del coste real de mantener y utilizar una cuenta durante todo un año. Al presentar la información en un formato homogéneo, también facilita comparar lo que pagamos actualmente con las condiciones de otras entidades y detectar si existen alternativas más económicas.
Por eso, conviene revisar el documento cada enero en lugar de archivarlo sin más. Si las comisiones han aumentado, aparecen cargos que no reconocemos o simplemente encontramos una cuenta con menores costes, el Estado de Comisiones nos da una referencia objetiva para valorar nuestras opciones y decidir si merece la pena reclamar o cambiar de banco.
Preguntas frecuentes sobre el Estado de Comisiones
No. Su entrega es gratuita y la entidad no puede cobrarte por facilitártelo ni por facilitarte una copia. Si te lo cobran, es un cargo reclamable.
A todas las cuentas de pago, con independencia de su nombre comercial o de su categoría: cuenta nómina, cuenta online, cuenta joven, cuenta de pago básica u otras. Si tienes una cuenta operativa en una entidad, te corresponde el documento.
Sirve como prueba de lo que te cobraron en el año al que se refiere. Para cargos más antiguos necesitarás los estados de comisiones de esos ejercicios o los extractos, así que conviene guardar el documento de cada enero: es la manera más ordenada de tener el histórico de lo que te cuesta tu banco.
Dos: cada titular recibe su propia comunicación con los importes completos, sin dividirlos entre cotitulares, y en el documento se indica el número total de cotitulares del producto. Es importante saberlo para no interpretar que se ha duplicado un cobro.
El extracto es un listado cronológico de movimientos, donde una comisión aparece mezclada con compras, recibos y transferencias. El Estado de Comisiones reordena esa misma información por servicio y en formato homogéneo entre entidades: te dice cuánto te ha costado en total cada cosa a lo largo del año. Es por eso una herramienta de comparación, y el extracto no lo es.