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Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

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Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes
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Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Hola chicos, aquí dejo lo que me han respondido ausbanc de jaen sobre mi contrato de la caixa, mas que nada para ver los posibles fallos que ellos han detectado.Intentare ponerme en contacto con Belute y me unire a vosotros en la demanda,no se porque pero me da mas buen rollo ir con abogado particular mas que con una asociacion.
Estimada Ana Mª, conforme a lo hablado y tras un superficial estudio, le transmito algunas de las primeras conclusiones u observaciones que le podemos hacer en relación con su contrato de permuta financiera firmado con la caixa. Tenga en cuenta que algunas de estas observaciones serán de aplicación a otros afectados pero, otras no lo serán, por lo que le ruego que si difunde esta información debe tener en cuenta esta salvedad para no confundir a nadie.

Una vez volvamos de vacaciones el 24, hablaremos y si lo desea podemos concretar o ampliar la información remitida.

-SOBRE EL CONTRATO.

En este contrato no se define lo que es una permuta financiera que es lo que supuestamente le están vendiendo.

Según se desprende del tenor literal del contrato, el objeto del mismo es, y cito textualmente: “cubrirse ante el riesgo del tipo de interés variable aplicable a ciertas operaciones financieras de las que ella es parte”. Según esto, el contrato no puede suponer un nuevo riesgo sino que lo que hace es evitar uno ya existente (subida de interés de cualquier contrato que ya tenga, en este caso se trata de una hipoteca).

Asimismo, el contrato dice expresamente que “del mismo se derivará un pago a favor del cliente en los periodos de referencia en el que el Tipo financiero supere al tipo fijo, y viceversa”. Esto supone el conocimiento de que es posible que se le tenga que pagar a la Caixa en algún momento, pero se supone que conforme a la equidad ya que según se desprende del objeto del contrato, del mismo no se deriva un riesgo por parte del cliente.

CLÁUSULAS DEL CONTRATO.

En cuanto a la resolución, el contrato prevé expresamente que usted tiene el derecho de resolución pero abonando la cantidad vencida el momento de la solicitud. También es cierto que entendemos que es abusivo que sea la Caixa la que establezca la cantidad a pagar en este supuesto en base a cálculos y fórmulas complejas no bien explicadas. Este aspecto habría que estudiarlo desde otras perspectivas.

La cláusula 8 supone una contradicción en sí del mismo contrato ya que dice que: “las partes reconocen expresamente que el contrato constituye una relación negocial autónoma, principal e independiente de cualquier otro contrato”. Como le he explicado, se expone en el número I. Que usted formaliza este contrato para cubrirse el riesgo que supone la subida de interés en un producto ya contratado. Es decir que si no existiera una hipoteca como es su caso u otro crédito sujeto a los intereses del mercado, no tendría razón de ser el presente contrato, por lo que en este caso si hay una dependencia de otra operación.

En la cláusula 12 se la clasifica como cliente minorista, cosa muy discutible ya que usted no cumple ninguno de los requisitos, según la Directiva MIFID para serlo

La cláusula 16 del contrato dice que solo usará los datos del cliente para el presente contrato asi es que si le llega algún tipo de publicidad no deseada, asegúrese de que no ha sido la Caixa quien ha dado sus datos con fines comerciales ya que de ser así estaría vulnerando la Ley de Protección de Datos; por lo que se interpondría reclamación indemnizatoria.


EL PERFIL DEL INVERSOR

Del test se deduce que usted no cumple los requisitos para contratar un producto de alto riesgo.

La Directiva MIFID obligan no solo a evaluar la conveniencia (que es nula en su caso) sino tambien la idoneidad, cosa que no se ha hecho en su caso.

En el supuesto de suspender el test de conveniencia, la entidad debe informar de TODO y en soporte duradero (es decir que de forma verbal no es aceptable) y si a pesar de ello el cliente quiere contratar, debe explicar el mismo, de puño y letra que “a pesar de no superar el test de conveniencia, deseo suscribir los riesgos inherentes al producto”

CAUSA DE NULIDAD.

El consentimiento prestado por error es causa de nulidad según el código civil. En este caso el propio articulado del contrato, al no explicar claramente que se trata de una operación de riesgo ni definir lo que efectivamente está contratando, ayuda a acreditar ese error en el consentimiento.

SOBRE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA.

No está hecha con la diligencia jurídica exigida ya que hay unas cuantas contradicciones que serían fácilmente oponibles por la entidad, claramente se nota que se trata de una carta tipo que no se adapta con exactitud a su caso concreto, por lo que en el caso de continuar con su reclamación habría algunos asuntos que perfilar relacionados con:

- El test de conveniencia

- No es un producto novedoso (no es cierto pues se remonta a los años 60. Si bien es cierto que solo lleva cerca de 10 años comercializándose a las familias).

- Dice que del clausulado se desprende que usted manifiesta conocer los riesgos. (Del clausulado se desprende lo que ya le he dicho que se desprende y en el test usted deja claro que no tiene experiencia inversora y que conoce algunos conceptos financieros como inflación, pero no sobre mercados de inversión).

- Hay que argumentar mejor el error en el consentimiento ya que a título enunciativo no se puede invocar exclusivamente ya que depende de otros factores (siempre dependientes del caso concreto) y así lo deja claro la sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén obtenida por AUSBANC el pasado mes de marzo.

- En el fundamento segundo también se dice que el contrato dice que es el cliente quien lo solicita. (no es cierto que el contrato lo diga, otra cosa es que se le ofreciera unilateralmente como es lo habitual).

AVISO: ha firmado un contrato marco de operaciones financieras por lo que es posible que tenga otros productos de inversión contratados o que le puedan ofrecer en el futuro.

En cuanto a los honorarios, como ya le he adelantado, las condiciones generales son las siguientes.

Asociarse a AUSBANC (Cuota de alta 60 € más 15 € a partir del segundo mes)

Provisión de fondos que oscila entre los 150 y 500 euros según los contratos y perjuicio que causa

10% sobre las cantidades que se ahorren y/o se recuperen

Suplidos por desplazamientos

En el caso de un grupo, habría que matizar las condiciones tanto del procedimiento como de la propia adhesión a AUSBANC.

Aquellas personas interesadas en que le llevemos conjuntamente con usted este asunto, deberán remitirnos un email con sus datos personales y de contacto junto con los contratos firmados, liquidaciones recibidas y cualquier otro documento que tenga relación con este asunto como podría ser publicidad recibida o usada por la entidad para vender este producto.

Si tiene alguna duda puede contactar conmigo a través de este email que abriré a menudo.

Un saludo

Pablo A. Pérez

AUSBANC JAÉN

#1034

Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

O.K. pues aqui tambien lo dicen claramente, copio y pego:
(((((((La cláusula 8 supone una contradicción en sí del mismo contrato ya que dice que: “las partes reconocen expresamente que el contrato constituye una relación negocial autónoma, principal e independiente de cualquier otro contrato”. Como le he explicado, se expone en el número I. Que usted formaliza este contrato para cubrirse el riesgo que supone la subida de interés en un producto ya contratado. Es decir que si no existiera una hipoteca como es su caso u otro crédito sujeto a los intereses del mercado, no tendría razón de ser el presente contrato, por lo que en este caso si hay una dependencia de otra operación.))))))
Por lo que sigo diciendo, no lo he hecho tan mal al cancelar mi hipoteca, no?

#1035

Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Pero yo creo que es mas sencillo...es un producto no apto para los clientes con perfil minorista,es como si le venden bebidas alcoholicas o tabaco a un menor han cometido una canallada y eso se pagara y yo lo solicitaria por lo penal con lo cual cada responsable de venta del producto que page las consecuencias

#1036

Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Porsupuesto que esta muy bien ir por lo penal, y si se gana les jodes y encima a pagar. Pero yo solo digo que no me apetecia estar dandoles mas coba, y estar sufriendo mas esperando al juicio gano pero ellos recurren, a sufrir mas, mientras pasa el tiemp, noches sin dormir, et., etc.
He cortado de raiz, y llevo tiempo veneficiandome, y estoy jodiendoles, creo que mas porque encima han perdido un cliente y se han llevado una mala reputacion, y les he demostrado que todo lo que ellos decian que no podia hacer lo e hecho.

#1037

Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Gracias Santillana por colgar este escrito. Los que llevamos tiempo en esto ya sabemos por donde van los tiros. A mi Ausbanc Barcelona no me lo dió por escrito ni tan bien explicado, pero con otros afectados y expertos que nos asesoran en noclip.es ya tenemos los deberes hechos. Allí econtraras modelos de quejas completamente gratuitos que tienen una base juridica excelente. Te ahorras los 500 € que te querrán cobrar por ella.
Os explico esto porque en tres meses Ausbanc ha bajado sus pretensiones económicas, antes pedía el 20% y ahora ya pide el 10%. Y no querían agrupar afectos, querían ganar caso a caso y sacarse así más beneficio.
Este caso lo ganaremos, con ellos, con adicae, o con quien sea, pero tenemos que tener las resoluciones favorables del Banco de España, es decir, este mismo escrito, pero en vez de estar redactado por un abogado ha de estarlo por el organismo regulador de los bancos. Cuando lo tengamos, yo espero antes de tres meses, ya podremos emprender acciones legales, sino podemos cometer el mismo error que han cometido afectado con una reciente sentencia al Santander. Antes del BdE,no hay que decirdir abogados, recabar información si, pero gastarse dinero en ellos no. Como a dicho alguien no cometamos el error de pasar del gremio de banqueros a abogados, que al fin y al cabo tienen los mismos estudios.

#1038

Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Mi idea es ir bien asesorados por un experto y antes de precipitarse haciendo una mala reclamacion, esperar y lo del abogado es porque la caixa nos tiene muy bien pillados, ellos siguen vendiendo el producto como si nada a dia de hoy y os aseguro que estan mas que al tanto de esta movida, el que quiera que llame a este abogado, no pierde nada.Luchamos contra un coloso y un no nos moveran romantico no basta, nos pasan una reclamacion generica y tu la adaptas y lo mismo estamos metiendo un paton del trece, yo si hay que gastar, gasto pero en condiciones y para fundirlos y si no que les duela la cabeza como a nosotros.

#1039

Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Hola Ana,
mi idea no es romántica. Estoy intentando hacer el mayor daño posible a esta entidad que se siente inmune a cualquier tipo de acción que emprendemos. No hace falta que enuncie todas esas acciones.
La reclamación que rcalber realizó de manera gratuita para los afectados de clips y permutas, que está colgada en noclip.es, está siendo copiada por abogados que cobran un pastón por adaptarlo a las condiciones de cada uno. Yo si quieres te paso mi reclamación totalmente gratis. Y eso si que es romántico. Gente de toda España se está conectano en internet para luchar contra los poderosos bancos.

Te puedo asegurar que saben que tenemos razón y están ganando tiempo. Si les quieres hacer daño lo que realmente puedes hacer es irte como Cascas, y ya expliqué que en contrato en la cláusa6 h) se expone la posibilidad de resolver el contrato, pero verás, cuando te muevas por otras entidades, que tendrás que pagar las magníficas condiciones de cancelar un crédito abierto. O también lo que se puedes es no pagar las cuotas y pagar la hipoteca por ventanilla. Esa es una acción que no cuesta mucho dinero y tenemos todas las condiciones legales para poder realizarla.
Yo sigo pensando que el asesorarse todo los posible es muy bueno, yo te aseguro que lo sigo haciendo, pero no hay que precipitarse en contratar a ningún abogado pues nos sacarán un porcetaje muy elevado de unas liquidaciones que todavía no hemos realizado,lo cual me parece totalmente abusivo.

#1040

Re: Engañados por la caixa: contrato de permuta financiera de tipos de interes

Hola Walderker, ya he estado mirando lo de irme, y todas las hipotecas son peor que la que yo tengo a parte te piden plan de pensiones y seguros para bajarte el euribor, en una de ellas hasta te venden un producto similar a este contra el que estamos luchando, he consultado con 6 o 7 abogados, algunos amigos mios aunque no llevan estos temas. Yo no tengo ningun compromiso con esta gente ni con nadie, lo que pienso es en ir juntando gente a la que le interes esta propuesta. Se lleva luchando contra esto desde principios de año, nadie tiene nada en claro de la Caixa, se esta cargando pymes y autonomos yo pienso que es bastante complicado el tema, pero esto no es de hoy para mañana. Ojala en el transcuso de organizarnos se resolviera todo, yo estaria encantada te lo puedo asegurar porque a ninguno nos sobra el dinero y a partir de octubre todo mi sueldo se lo va a quedar la Caixa, ya ves.