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Justificación deducción de vivienda habitual

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Justificación deducción de vivienda habitual
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Justificación deducción de vivienda habitual
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#641

Re: Justificación deducción de vivienda habitual

Hola.
Uno mas que Hacienda me pide las cantidades deducidas por vivienda habitual. En mi caso desde 2007 que abrimos la cuenta vivienda, también por bajos consumos.
La cronología es la siguiente, la cuenta vivienda es de 2007, compramos el piso en 2011 y a finales de 2016 nos llegaron liquidaciones provisionales de 2012 a 2015. Una vez hecha las alegaciones nos llegan liquidaciones definitivas con sus correspondientes intereses y sanciones por un importe desorbitante entre todos los conceptos.
La duda que tengo es si la cuenta vivienda es de 2007 prescribiría en la renta 2011 ? Es decir no me podría reclamar la deducción por una cuenta vivienda de 2007 aun cuando sea en 2012 cuando dicen que no habite efectivamente la vivienda para considerarse vivienda habitual.
Gracias y saludos

#642

Re: Justificación deducción de vivienda habitual

La visión que puede que tenga Hacienda, es que tu incumplimiento se encuentra en el año 2012.

Abres una cuenta en el año 2007, compras en el 2011 y deberías haberla habitado en el 2012.

Como no lo hiciste, en la declaración del año 2012 presentada en el año 2013, deberías haber devuelto todas las deducciones practicadas en la vivienda desde el año 2007 con sus respectivos intereses.

Es por eso por lo que creo que te están pidiendo las deducciones practicadas desde el principio. Pero ojalá me equivoque y te salgan bien las cosas.

Un saludo.

#643

Re: Justificación deducción de vivienda habitual

Gracias batiscafo por la respuesta.
Exacto, eso es lo que entiende Hacienda y por eso me piden la deducción desde el año 2007.
La duda es si no se podría alegar alguna prescripción por las siguientes vías.

-Por la cuenta vivienda del año 2007, como si no me hubiera comprado la vivienda en 2011,(Que sí me compré pero no habité según ellos por el consumo), declaración de renta de 2011, prescrita en julio de 2016.
-Escrituré en Septiembre de 2011, según ellos no habité la vivienda antes de septiembre de 2012, si la "Liquidación provisional" de hacienda es de Noviembre de 2016, más de 4 años desde Septiembre de 2012 podría alegar prescripción ¿? (Aun entendiendo que aplica la declaración de la renta 2012, hasta junio de 2013)
Gracias y saludos

#644

Re: Justificación deducción de vivienda habitual

No creo que prosperen tus alegaciones.

Pero nunca se sabe.

Un saludo.

#645

Re: Justificación deducción de vivienda habitual

La Renta 2012 presentada en el año 2013 no está prescrita, así que en tu caso la estrategia la plantearía en atacar el fondo del asunto (bajo consumo de energía) y no la forma (prescripción)

A mí también me quisieron quitar la deducción por bajos consumos, y mi defensa presentando documentación indiciaria de que es mi vivienda habitual funcionó:

- Certificado de empadronamiento histórico. Fundamental que estés empadronado ANTES de que se cumpla un año de la escritura de compraventa (Septiembre de 2012)
- Factura de alta de suministro de energía, y agua. También ayudarían las facturas de calefacción y telefonía/internet. Lógicamente dados de alta antes de que se cumpla el límite máximo de tener que ocupar la vivienda.
- Aunque ellos tenga el consumo anual, presenta igualmente las facturas mensuales de todos los suministros, y alega que efectúas un consumo más o menos homogéneo durante todo el año.
- Facturas de todos los muebles de cuando te mudaste o en su defecto del transportista de muebles. A mi me ayudó mucho presentar las facturas de los electrodomésticos que además eran de bajo consumo (la nevera tiene certificación A+++), toda la iluminación LED de la casa, etc...
- Documentación que pudieras presentar para cambiar el centro de salud u hospital tuyo de referencia, o si pediste la tarjeta sanitaria, el papel que te dan con tu domicilio.
- Toda la correspondencia que te llegue a tu domicilio, del banco, seguros, citas del médico... cualquier cosa a tu nombre y enviada a tu domicilio
- Incluso si compras por Internet y te llegan los paquetes a casa, pues también presenta todas las facturas. En muchas tiendas online puedes descargar la factura.
- Etc, etc, etc....

Con todo alega que los bajos consumos no puede ser el ÚNICO motivo para determinar que no has ocupado la vivienda, y que hay otros muchos indicios demostrados documentalmente de que sí la has ocupado. Y que los bajos consumos se explican por tu estilo de vida (no comes en casa, apenas vas durante el día, sólo a dormir y poco más...), además de que te compraste electrodomésticos para ahorrar (cuanto más modernos, mejor calificacíon energética deberían tener)

Lo suyo es que hubieras presentado toda la documentación antes de la resolución de liquidación provisional, es decir, durante el trámite de alegaciones en la propuesta de liquidación provisional. O antes, en el trámite de requerimiento. Pero bueno, mejor tarde que nunca, quien sabe.

Suerte, y si es cierto que es era y es tu vivienda habitual, defiende tus derechos. Yo en su momento también tuve miedo de que no sirviera de nada y encima perdiera la reducción de la posible sanción si agachaba la cabeza; pero luché y gané (de momento... porque cruzo los dedos con que no me pidan demostrar otros año y tenga la suerte o no de tener los papeles guardados necesarios para demostrar mi inocencia).

#646

Re: Justificación deducción de vivienda habitual

Se me olvidaba comentar (y no me deja editar para añadir):

- Aportar el certificado de índices del registro de la propiedad, con histórico de derechos no vigentes (muy importante para demostrar que no tenías nada más en 2011/2012 ni años anteriores, ni posteriores), y la nota simple de tu vivienda, para demostrar que es tu única vivienda en propiedad en todo el territorio español, y así reforzar la idea de que vives en tu única vivienda, y que no tienes otra vivienda alternativa "a tu libre disposición" donde realmente vives.

- Vida laboral donde conste en qué empresa trabajas, así como comunicación de contrato laboral y/o certificado de empresa correspondiente al año o los años donde te requieran, donde conste tu lugar de trabajo, y la cercanía al domicilio que declaras como vivienda habitual. Ya que no sería lógico, por ejemplo, que tengas una vivienda en propiedad cercana a tu trabajo, y estés viviendo de alquiler en otro sitio.

- Lo de las compras por Internet se me olvidaba comentar que si recibes los paquetes, lo lógico sería que los recibiera un vecino o el conserje si apenas pasas por la vivienda. Si ese es el caso, aporta la declaración responsable suya o (más complicado) el acuse de recibo del transportista. O como en mi caso, aunque la factura tenga como domicilio fiscal mi vivienda, la entrega se hace en un punto de recogida porque no puedo atender al transportista (eso reforzaría tu alegación de que pasas poco tiempo por casa)

- Etc, etc, etc...

#647

Re: Justificación deducción de vivienda habitual

Después de 6 meses, me mandaron un requerimiento por el tema de deducción de vivienda habitual. que no les constaba. Vivo ahí desde que me dieron la licencia de habitabilidad y ocupación. Bueno, pues como fue casa construida he tenido que mandar , facturas de construcción, escrituras, certificados..... Bueno pues ahora en enero, después de otros dos meses, me pone, su declaración esta siendo comprobada. Así llevan 10 días. que puede significar esto? Alguien que le haya ocurrido lo mismo o que sepa si esto es normal o no. Todo haciéndolo bien como la ley dice y ahora esto!!!

#648

Re: Justificación deducción de vivienda habitual

En principio es normal, eso quiere decir que están revisando tu expediente con la documentación que les enviaste hace 2 meses. Ten en cuenta que ellos tienen hasta 6 meses (excluyendo retrasos que te puedan imputar a ti) para resolver el expediente. Cuando pasen más de 6 meses, el procedimiento se archivaría automáticamente a tu favor.

Deberás esperar. Si te salía la declaración a devolver, serían buenas noticias que te ingresasen el dinero en cuenta o antes incluso, recibieras un SMS donde te lo avisase.

Si te salía a pagar, como también si te salía a devolver, puedes ir mirando tu expediente en la web de la AEAT y esperar a que actualicen el estado a: "Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme.... blah blah blah... sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria". En ese caso Hacienda se contenta con la documentación que les has aportado y te podrías olvidar del tema.

Si recibes otra notificación en forma de carta certificada, ahí la cosa se podría poner fea, porque normalmente ahí te envían la "Propuesta de liquidación provisional" (más conocida como "PARALELA") e inicio de trámite de alegaciones. Ahí tendrías un plazo de 10 días hábiles (sin contar domingos y festivos) para atacar los argumentos de Hacienda, en el caso de que te quiten alguna deducción o la liquidación provisional te sea perjudicial, y además aportar (si no lo has hecho ya) toda la documentación que puedas, que sirva para respaldar tus alegaciones.

(En el caso de que tengas pendiente recibir notificación en forma de carta certificada, el estado en la web NO SE ACTUALIZA hasta que ellos tengan la constancia de que has sido notificado)