Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. #2520
    03/09/14 09:31

    Buenos días Tristán, aprovecho para darte la enhorabuena por tu nueva web...tiene muy buena pinta¡¡¡¡

    Quisiera plantearte una duda respecto al concepto del leasing, hace unos días vi una subasta de un bien mueble, en concreto un vehículo (ya se que no trabajas este campo pero la duda creo que es extrapolable a un inmueble). En la identificación del objeto de la subasta se aportaban los datos del vehículo, sin embargo, en la siguiente línea se decía en negrita que existía un contrato de leasing sobre el mismo a favor de la parte acreedora. Y esto es lo que me tiene descolocado: si hay contrato de leasing a favor del acreedor es porque el acreedor es dueño del vehículo ¿no? entonces, ¿donde me he perdido? ¿puede ser que lo que se esté subastando sea el derecho sobre el vehículo y no el vehículo en sí?

    Muchas gracias

  2. #2519
    02/09/14 21:28

    En efecto, y cuando uno es quien insta la subasta, la primera reacción al edicto suele ser un escrito pidiendo que lo rectifiquen: que no sale a subasta toda finca, sino una parte, que si las cifras están mal sumadas, etc...

  3. en respuesta a Jotaerre
    -
    Top 100
    #2518
    02/09/14 21:06

    No hay más que echar un vistazo en los edictos de subasta que ahora se pueden ver en el buscador del Ministerio de Justicia. Les debería dar vergüenza por cómo los redactan algunos.

    Bodhi, hay que examinar el expediente judicial con la mente abierta sabiendo que te puedes encontrar cualquier cosa.

  4. #2517
    02/09/14 20:31

    Hombre, por caber, cabe, pero lo normal es que hayan abreviado comiéndose el "derivada o en ejecución de".
    Y, contra el vicio de confundirse está la virtud de preguntar, en efecto.

  5. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #2516
    02/09/14 20:12

    ¿Cabe la posibilidad de confundir una subasta de un préstamo con la del bien? En algunos casos no parece estar muy claro y hablan directamente de subasta de préstamo hipotecario, supongo que a una mala el secretario judicial o la administración te lo dirán si les preguntas...

  6. #2515
    02/09/14 16:46

    Pues de nada (nunca mejor dicho, que se note que Tristán ya está de vuelta) de mi parte, Bodhi, y gracias por lo de gurú, supongo que lo dirás porque este verano me he dejado barba (ya canosa...) y parezco incluso respetable ;)

  7. en respuesta a Bodhi
    -
    Top 100
    #2514
    02/09/14 16:36

    1- Es muy raro, pero yo lo he visto.
    2- En tales casos lo que te adjudicas es el bien.

  8. #2513
    02/09/14 15:22

    Saludos a todos, dos preguntillas sobre lo mismo para los gurús Tristán y/o Jotaerre:

    1. ¿Existen subastas de hipotecas?, es decir, te adjudicarías la hipoteca y después tendrías que ser tú quien la ejecutara, supongo que esto tendrá unos costes en tiempo y dinero importantísimos. En determinados casos se menciona que se subasta préstamo hipotecario...

    2. Cuando la Agencia Tributaria subasta un bien sujeto a hipoteca unilateral en su favor, ¿te estás adjudicando el bien o la hipoteca?

    Muchas gracias a los dos.

  9. en respuesta a Pedro33
    -
    Top 100
    #2512
    02/09/14 08:08

    Desde luego, con Francisco Calvo tienes la completa seguridad de hacer el mejor negocio posible.

    Su web es www.subastasunicas.es

  10. #2511
    02/09/14 07:59

    Buenos días, Pedro33; aclarado lo que ya parecía un obvio error de redacción, a tus preguntas te contestaría que difícilmente vas a proponerle tú un buen negocio a un subastero, porque su trabajo consiste precisamente en tenerlos controlados al máximo, así que claro que podrían aprovecharse, pero lo que necesitan son clientes compradores, por tanto lo mejor es que vayas de la mano de uno de ellos. Así te aseguras un buen estudio de esas cargas que te preocupan, y su beneficio en la operación es a cambio de tu mayor seguridad.
    Por Murcia está uno de los más activos en este blog, FCalvo, por ejemplo.
    Saludos,

  11. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #2510
    01/09/14 23:12

    Perdón, efectivamente las anteriores eran las que había que pagar, perdón.

  12. en respuesta a Pedro33
    -
    Top 100
    #2509
    01/09/14 07:28

    Estás equivocado, Pedro33. Las cargas anteriores siempre hay que pagarlas. Son las posteriores las que se cancelan.

  13. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #2508
    31/08/14 23:23

    Hoila Tristán,
    me gustaría saber dónde puedo hacer una consulta 'Profesional' sobre una subasta judicial. No soy experto en el tema y aunque leo tu blog y en aprendido algunas cosas sobre cargas registrales, sustos,... pienso que puedo cometer un grave error si no me aseguro que si fuera yo el adjudicatario las cargas anteriores se liquidarían o si después me podría llevar con sorpresas.
    ¿Algún sitio donde poder acudir con una certificación de cargas donde me puedan asegurar que todo es correcto (si pienso que las cargas anteriores quedarán exentas), o que no puede haber 'sustos' posteriores?
    Yo soy de Murcia y no sé el sitio o persona al que poder consultar algunas subastas judiciales que me pueden interesar.
    Y una duda que siempre he tenido en mente, ¿si comparto mi duda con algún subastero profesional o alguien entendido de la materia, no podría ser contraproducente porque esa misma persona podría 'pujar' por sí mismo o por otro amigo-inversor?
    Gracias.

  14. en respuesta a Bastytxu
    -
    Top 100
    #2507
    31/08/14 18:43

    Comprar en subasta siempre es mucho más barato, pero también te puedes encontrar algún bache en el camino. Imposible enumerarlos todos, llevo cinco años publicando este blog y aún no he acabado de describir las mil y una maneras que tiene una subasta de torcerse.

    Para vender tu parte indivisa busca por internet, que seguro que encuentras empresas que se dedican a eso. Pero no esperes que te ofrezcan más de un veinte por ciento del valor real actual de la parte proporcional.

  15. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    Nuevo
    #2506
    31/08/14 17:31

    Muchas gracias, entiendo que la subasta es la manera de conseguir el precio más bajo en lugar de asistir al mercado de compra-venta. Que inconvenientes o pegas puede tener?

    Por otra parte, puedes decirme algo de la venta de indivisos? Es recomendable? Dónde debo acudir?

    Muchísimas gracias por tu ayuda y amabilidad.

  16. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #2505
    29/08/14 22:23

    Bueno, pues con lo que me has dicho ya me arrojas un rayito de luz al asunto!
    En mi caso efectivamente es una subasta de una liquidación de un concurso. El administrador me dijo que los bienes son libres de cargas y gravámenes, tal y como viene en el Edicto, con lo cual no tendría q pagar ni IBI ni comunidad de vecinos q hubiera pendientes (eso me dijo él y luego me lo ratifico la Secretaria del Juzgado porque así viene en el plan de liquidación). El administrador me dijo que tenía 2 opciones: o ir a subasta y pujar o que me arriesgara a que se quedara desierta y comprar x un precio incluso menor que el del 50% del previo x el que sale a subasta ( si pujara x ese 50% se me adjudicaría directamente).
    Lo que tu me aconsejas es que hable con el administrador acerca del tema de la hipoteca en el caso de que me la adjudiquen x el 50% (si no hay otro mejor postor!) o que me espere a que pase la subasta y si tengo la suerte de que se queda desierta acuerde un precio con él y luego vaya tranquilamente al banco y pida la hipoteca?
    Perdona si no me expreso muy bien pero te escribo desde el móvil y esto es muy difícil!!
    Muchas gracias otra vez

  17. en respuesta a javier arce
    -
    Top 100
    #2504
    29/08/14 21:10

    Hola Javier Arce. Ignoro caso todo lo relativo a las subastas de vehículos, pero me inclino a pensar que si la carga anterior está registrada te toca pagarla

  18. en respuesta a sojiloi
    -
    Top 100
    #2503
    29/08/14 21:08

    Siempre a toca teja a menos que hayas apalabrado la cesión de remate con el banco acreedor incluyendo ese crédito en el acuerdo. naturalmente si se desdicen no firmas la cesión del remate y santas pascuas. Si se trata de una quiebra puedes hablarlo con el administrador de la misma pues en esos casos la flexibilidad es muy grande.

  19. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #2502
    29/08/14 20:34

    Pues mi gozo en un pozo!!!!!! Me parece increíble porque ya te digo que no me han puesto ni una pega!!
    Y no hay otra manera de poder hacerlo que tu me conozcas? Ósea q en las subastas hay que pagar siempre "a toca teja"?
    Con todo lo que me había estudiado el tema de las subastas!
    Muchas gracias Tristán

  20. en respuesta a sojiloi
    -
    Top 100
    #2501
    29/08/14 20:17

    Sí, exactamente eso le dijeron a uno de mis clientes más importantes y mejor situados económicamente. Una persona para el que compro un piso al año desde hace muchos años. Hace un par de años quiso poner el piso a nombre de su hija pero de forma que el remate se pagara con dinero de una hipoteca como la que tú tienes pensada. Naturalmente el banco le puso alfombra roja antes de la subasta y, una vez celebrada ésta y adjudicada a nombre de la joven, se cerraron en banda pidiendo mil disculpas y echando la culpa a las nuevas directrices y blablablá.

    Como a mi cliente el dinero le sale por las orejas no tuvo ningún problema en rematar pero cualquier otro adjudicatario habría perdido la fianza.

    Así son las cosas.

Cookies en rankia.com

Utilizamos cookies propias y de terceros con finalidades analíticas y para mostrarte publicidad relacionada con tus preferencias a partir de tus hábitos de navegación y tu perfil. Puedes configurar o rechazar las cookies haciendo click en “Configuración de cookies”. También puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar”. Para más información puedes visitar nuestra política de cookies.

Configurar
Rechazar todas
Aceptar