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Blog de economía doméstica y pequeñas empresas
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Debate de ideas, financiación y formación financiera básica
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De todas formas, en todo esto ha ocurrido una cosa muy interesante, hasta ahora todas imputaciones, investigaciones, demandas ... se han iniciado contra los antiguos gestores de las cajas de ahorro, pero en general los inmediatamente anteriores a la intervención del FROB, del Banco de España
En este blog, en ocasiones, conjuntamente con algunos foreros he publicado diversos artículos, algunos han sido mediante “redacción consensuada” y en otros casos solo consultas puntuales. Esta vez me limitaré a publicar un artículo que me parece muy interesante que publica hoy Manolok en el hilo
Cada vez que veo alguna “idea” de este tipo, empiezo a ver “pegas” por todos lados, lo siento pero mi “anchura de miras” no me permite ver mas soluciones que “parches” y más “parches”, pero no un ataque real y posible a todo esto.
Es continuación de: http://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1766591-porque-no-gusta-sistema-arbitral-para-hibridos-financieros-preferentes-subordinadas Un nuevo dato adicional que confirma las impresiones indicadas en el post anterior, se trata de esta noticia: http://www.eldiario.es/economia/Consumo-casting-arbitros-preferentes-Bankia_0_125987537..
Imagino que este post va a sorprender bastante, porque se va a salir de “mi línea editorial”, supongo que tras esta frase, más de uno se debe estar ya cachondeando con de esto “línea editorial”, ¡menudas pretensiones tiene este!
Llevo mucho tiempo indicando en los hilos que bajo un plano meramente técnico, el cual pretendo desarrollar seguidamente, no me gusta el sistema arbitral para este conflicto, no lo veo nada claro, observo que tiene la ventaja de su rapidez, al menos comparada con el tiempo que supone un juicio, su apelación, etc., y que es un sistema legal barato.
Llevo días dándole vueltas al tema de las participaciones sociales en las cajas rurales, que tímidamente están saliendo algunas consultas / problemas en los foros.
Vamos a ver, me refiero a pymes y “tirando” hacía la “p” en minúscula, empresas con cifras de facturación, de 600.000, un millón, dos, tres, o hasta puede que cinco o seis millones al año, todas ellas con negocio viable, con resultados positivos o incluso escasos pero con cierta generación de recursos (cash flow positivo), observo un inadecuado cuidado a las macro partidas de balance
Continuando con mi post del pasado día 8 , por una parte tras la consulta con un amigo que es abogado y ejerce básicamente en temas mercantiles, me indica que al menos en términos de sistemática hay unas diferencias sustanciales en la presentación de una demanda judicial y una a través de laudo arbitral
Por diversas razones he tenido conocimiento de un par de asuntos de una entidad concreta, a cuyos afectados les han ofrecido la posibilidad de acudir a un arbitraje de consumo.
Desde los inicios de esta crisis, que es eminentemente financiera, o como poco este fue su detonante, las entidades bancarias son el blanco de nuestras iras, no en vano he sido necesario a acudir al rescate de muchas de ellas, destinando ingentes cantidades de fondos públicos, y todo apunta a que solo estamos a medio camino.
De un tiempo a esta parte se nos “han animado” los hilos de los suelos hipotecarios en Rankia, pero al mismo tiempo, y tal vez esté en un error, hay mas consultas sobre la sistemática de las reclamaciones, y algunos foreros “bastante perdidos”, y también algunas consultas que tienen pinta de entender que la clausula de suelo tiene tintes de ilegalidad, y por ello reclamar será la solución.
Todo esto parece que ya no es noticia de portada, porque el otro “poyo montado” (Bárcenas-PP) tiene un calado mucho más grande, probablemente éste a su lado, y caso de confirmarse su realidad, no olvidemos que estamos todavía en indicios o presunciones, pueda ser tildado de “calderilla”.
En primer lugar hay que decir que “vender deudas” es perfectamente legal, es mas, en la mayoría de los contratos de préstamo, crédito, tarjetas, descubiertos en cuenta … existe un pacto aceptado por el cliente por el cual el acreedor puede sin autorización del deudor, vender estos derechos, por tanto si uno era deudor de Liberbank, negarse a la pagar la deuda en virtud de no haber autorizado la ve
No, obviamente no voy a analizar si la supuesta contabilidad que publica hoy El País, es cierta, medio cierta, falsa, falsificada o un burdo montaje, porque es también obvio que carezco de elementos para conocerlo.
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