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El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

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El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
3 suscriptores
El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
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#17225

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

A ver, yo colaboro de mil amores pero me temo que ésta precisamente ya no está ni en la papelera. Creo que podría buscar el original e intentar repetirla.

Lo del archivo JP no sé lo que es.
Mientras me respondes voy a buscar al drácula en internet.

#17226

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

pues es el archivo cuando tu haces una foto en una cámara de fotografiar y luego la pasas el ordenador. Lo que no puedo es cogerla de aquí, ha de ser de un archivo, no se si me explico

#17227

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

No lo entiendo, yo puedo copiar la foto de aquí y duplicarla con el botón derecho>guardar imagen como> y eliges el sitio donde la vas a dejar.

Lo que pasa es que esta foto es pequeña de 420 de ancho, y acabo de encontrar una de 700.
Tengo que buscar el tipo de letra para cambiarlo pero no lleva mucho tiempo y quedará casi igual que la otra.

No tengo cámara de fotos pero da igual, todas las fotos son archivos.

#17228

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Ya entiendo lo que dices.
La foto está en formato .bmp y la quieres en .jpg

De acuerdo, dame cinco minutos y la subo.

#17229

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

¿Vale ahora?

#17230

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Es la misma foto, la he bajado de rankia y me la he guardado en el ordenador, luego le he cambiado el formato con un programa de tratamiento de imágenes.

#17231

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Seguimos .........

Esto de “actos propios” que es como lo llaman los abogados, vamos a ver … si mañana en Banco Brando te manda una VISA, tú la activas, la utilizas, pagas las liquidaciones a fin de mes, compras un billete de avión, firmas obviamente los tickets (con pin o con firma, es igual …), dentro de 3 años no puedes pagar la deuda que has acumulado en un viaje, y pretendes luego alegar que no firmaste el contrato, y de hecho nunca lo hiciste, y que no pagas, apuesto a que cuando en Banco Brando te plante la demanda judicial, el problema de la firma no va a suponer excusa alguna, porque por actos propios, por tus propios hechos, valga la redundancia, has confirmado el contrato, y es otro hecho que el 99,99% de la ciudadanía conoce para que sirve una VISA, y por tanto no podrá alegar clausula oscura alguna, ni que no existe contrato, porque no existirá escrito, pero un contrato sí que existe, es un hecho comprobable. El único problema que va a tener el banco es en los tipos de interés o comisiones, porque no los conoces ni hay prueba (por hechos) que los pudieras conocer, no hay ninguna liquidación aceptada por ti, con lo que muy posiblemente el juez solo permitirá el interés legal del dinero (que es el 4%) y es una ley, si no la conoces es tu jodido problema, porque “la ignorancia de la ley no prejuzga su incumplimiento”

Ahora bien, pretender que un ciudadano conozca por hechos un contrato considerado complejo por la normativa MiFID, y esto no es opinable, está en la ley, punto final, … es que no es tan complejo como cree señoría, mire Sr. Demandado ….. su opinión me la sopla … la ley dice que es complejo, repito punto final, y bueno si tu llevases años y años percibiendo intereses, no interponiendo ni una simple carta de disconformidad, ya sería difícil de demostrar conocimiento, porque las imposiciones a plazo también generan intereses y retenciones, pero bueno esto ya sería interpretable …. Lo que yo creo, repito sin ser abogado, es que 6 meses de toda esta historia no pueden en modo alguno suponer aceptación tácita (por hechos, actos propios o lo que sea ….) …..

Por tanto en primer lugar …… yo mandaba una carta de disconformidad, una cosa muy simple como “tras mi solicitud de documentos realizada en fecha …… y habiendo solicitado en una segunda ocasión tal ….. y en varias ocasiones verbalmente …… y tras la reunión con su Sr. …… y sr ……. (poner los cargos), les manifiesto mi total disconformidad con las operaciones registradas por ustedes, en relación a la presunta compra de participaciones preferentes y su posterior canje por acciones y deuda subordinada, al parecer obligado por las circunstancias, y con presunta falta de información por parte de ustedes, todo lo cual apunta a que adolece de algunos requisitos relevantes o cumplimiento de la legislación aplicable …. Y me reservo los derechos de interponer las reclamaciones que considere oportunas en defensa de mis legítimos intereses, atentamente ….. y la carta la remite la persona que firmó (o medio firmó) los contratos, el que no firma, ni aparece en la reclamación, porque que tiene que reclamar si no ha contratado nada, y meterlo ahí es reconocer algo que no existe o por el momento no localizan, que es su problema no el tuyo ….

Una vez remitida la carta de disconformidad, tomas todos los papeles que tengas, pides cita a un abogado que sea especialista en temas mercantiles, y le consultas su opinión. Los abogados no siempre están para ponerse la toga e ir a una sala de juicios, de hecho creo que tienen más casos sin llegar a juicio que a los que van ….. él te informará de lo que hay, de las posibilidades, o puede que solo sea necesario que te asesore en los pasos a seguir, y te corrija algún texto como la reclamación a la CNMV …..

¿Por qué la carta? Pues para ganar tiempo, si les adviertes de tu disconformidad, como si pasan 6 meses, ya que esto de “aceptación por actos propios” ya no tiene lugar, están avisados, bueno, si pasan 5 años, y solo hubiera una advertencia, podría considerarse poco, yo creo que “la renovaría” cada 5 ó 6 meses, pero vamos antes seguro que acabas con este tema, y si dentro de 3 meses mandas la reclamación al SAC, y al cabo de otros 2 ó 3 a la CNMV es en realidad una confirmación de tu disconformidad.

#17232

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Perdona acabo de entrar, si te refieres a las q cogue no me importa, me mandas tu correo y ta las mando. Un saludo y haver si nos conocemos en la TORRES MORDOR.

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