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La regla de los dos meses, minusvalias

725 respuestas
La regla de los dos meses, minusvalias
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La regla de los dos meses, minusvalias
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#289

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Es lo primero. No declaré las ventas ya que las había vuelto a comprar poco después. No conocía la existencia de la casilla de "no imputación de pérdidas por recompra de homogéneos" hasta que lo he leído hace poco en este foro. Este año ya las declaró, a ver qué pasa..

#290

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

buenas

¿la regla de los 2 meses se aplica a los bonos de un pais con distinto isin? me explico

yo si tengo los bonos con el ISIN ejemplo1 vencimiento 2018 los vendo con perdidas y al dia siguiente compro los bonos del mismo pais ISIN ejemplo 2 vencimiento 2017
al ser el mismo emisor son ¿bonos homogeneos aunque tengan distinto ISIN?

GRACIAS

#291

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Como no se como funciona esta regla y tengo minusvalías que compensar he vendido toda mi cartera antes del cierre de hoy, última sesión del año, y comprare los mismos títulos en la primera sesión del año (con suerte igual gano algo en el cambio). Alguien que entienda, boliche p.e. q es un crack en esto según he leído, he hecho bien y en la declaración podré compensar todas mis minusvalías con este "truquillo"??

#292

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

si son acciones ya te digo que no, tienen que pasar 2 meses para poder compensar las minusvalias.

Antiguamente CREO que si se podía hacer pero para eso inventaron esta ley

#293

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Joe pensé que al cerrar el año fiscal no se consideraba recompra aunque las compre antes de los meses puesto que me había desecho de todos los títulos en ese año fiscal. Bueno espero que bajen mis títulos en la primera sesión y por lo menos me llevo ese diferencial al bolsillo. Tendré que estudiar mejor esta regla para ver como va. Muchas gracias por el interés.

#294

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

En principio, activos con diferente ISIN no son homogéneos y no se les aplica la regla de los dos meses, pero con este tema de un mismo emisor no me queda muy claro. La consulta tributaria 0037-00 dice al respecto de qué son valores homogéneos:

"1. El cumplimiento de los requisitos previstos en los siguientes capítulos del presente Real Decreto se exigirá respecto de cada emisión de valores negociables.

2. Se entenderá a estos efectos por emisión cada conjunto de valores negociables procedentes de un mismo emisor y homogéneos entre si por formar parte de una misma operación financiera o responder a una unidad de propósito, incluida la obtención sistemática de financiación, por ser igual su naturaleza y régimen de transmisión, y por atribuir a sus titulares un contenido sustancialmente similar de derechos y obligaciones.

3. No obstante lo señalado en el número anterior, la homogeneidad de un conjunto de valores no se verá afectada por la eventual existencia de diferencias entre ellos en lo relativo a su importe unitario; fechas de puesta en circulación, de entrega material o de fijación de precios; procedimientos de colocación, incluida la existencia de tramos o bloques destinados a categorías específicas de inversores; o cualesquiera otros aspectos de naturaleza accesoria. En particular, la homogeneidad no resultará alterada por el fraccionamiento de la emisión en tramos sucesivos o por la previsión de ampliaciones.

4. En el caso de programas de emisión continua o abierta de valores homogéneos, tales como programas de emisión de pagarés de empresa, o de emisiones con período de suscripción indefinido o de larga duración, el Ministerio de Economía y Hacienda o, con su habilitación expresa, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, a los efectos de poder considerar los valores integrados en una misma emisión, podrán establecer límites al saldo vivo o importe de los valores emitidos, a la duración del programa de emisión o del período de suscripción, o a la diferencia máxima entre los plazos de amortización de los valores emitidos."

Con esto y en base a lo que dice el punto 3, no me queda clara la interpretación de si emisiones de bonos con diferente ISIN son distintos o no, siempre que procedan del mismo emisor. Casi que me inclino a pensar que sí que son homogéneos.

No sé si alguien lo tendrá más claro.

Saludos.

#295

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

La regla se mantiene aunque haya cambio de ejercicio fiscal (= año). Si compras en los primeros días de enero los mismos valores, incurrirás en recompra.

Lo que pasa es que Hacienda no computará la recompra hasta el siguiente ejercicio, es decir, dentro de un año. A mí me sucedió en una ocasión que un reembolso de un fondo de inversión ordenado un 31 de diciembre no me apareció entre las operaciones del borrador de la renta del año siguiente porque el reembolso fue efectivo no el día de la orden, sino dos días después (2 de enero).

Por eso, en las operaciones del próximo año aparecerán sólo las ejecutadas hasta el 31 de diciembre, y queda a tu discreción considerar las recompras que puedas realizar en los dos primeros meses de 2017, que, probablemente, no se detecten si no hay una inspección.

Por si acaso, quizá es mejor pecar de prudente, especialmente si las cantidades son importantes.

Saludos.

#296

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Gracias boliche, eres un crack, entonces tendré que aprender a aplicar esta regla para hacer la declaración de este año. A ver como abre la bolsa mañana y recompro toda mi cartera a precios inferiores para compensar las comisiones y que me quede alguna ;)