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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. #520
    15/04/15 13:44

    Buenas. Tengo una duda.Me corresponde la reducción por movilidad ya que cumplo con los tres requisitos. Mi duda es la siguiente. Al solicitar la reducción debo también cambiar mi Domicilio Fiscal y mi Domicilio para Notificaciones.

    Gracias

  2. en respuesta a Juanan Martos
    -
    Top 100
    #519
    15/04/15 09:56

    Como el segundo pagador es menor a 1.500€ al año, si el total no alcanza los 22.000€ brutos anuales no tendrás obligación a presentar la Declaración de la Renta 2014: Declaración de la renta e IRPF: ¿estoy obligado a declarar? Saludos,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #518
    14/04/15 20:30

    Buenas tardes,

    Muchas gracias Amparo Sisternes y Elena Cirugeda.

    Sin querer ser pesado, y tal como me comentas en el anterior mensaje, no es posible lo de la reducción por movilidad geográfica al salirme trabajo posteriormente a empadronarme?? ¿¿ no hay opción posible entonces?? Gracias

    Sobre el otro tema que os he comentado, mi segundo pagador fué una ett y tuve 825€, que son los que no me han incluido en los rendimientos del trabajo del año a declarar. ¿No es motivo para hacer la declaración al ser menos de 1.500€ del 2pagador verdad?y¿ cuánto creéis que supondrá de devolución en la declaración siendo la retención del 10% en esos 825€??

    MUCHAS GRACIAS y es una pena no poder solicitar la reducción por movilidad porque me vendrían muy bien.

  4. en respuesta a josemiguelgomez
    -
    Top 100
    #517
    14/04/15 12:22

    Bienvenido a Rankia,

    Debes de presentar la Declaración de la Renta en la ciudad donde hayas pasado más de medio año (aquella en la que el contribuyente reside durante más de 183 días al año). Con los datos que comentas, si que podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica, ya que cumples los requisitos con el empadronamiento en Ceuta. Saludos,

  5. en respuesta a Jorgevazquez
    -
    Top 100
    #516
    14/04/15 12:15

    Hola Jorge, con lo que comentas estaría correcto, puesto que el empadronamiento no es obligatorio, sino una forma adicional de justificar el cambio de domicilio habitual. Saludos,

  6. en respuesta a Juanan Martos
    -
    Top 100
    #515
    14/04/15 10:54

    Buenos días,

    Aunque en el borrador no aparezcan todos los ingresos, tu debes de modificarlo e incluirlos; el borrador suele contener errores que el contribuyente tiene que revisar.

    Por otro lado, el procedimiento para poder aplicar la Reducción por movilidad geográfica es:

  7. Estar inscrito en la oficina de empleo

  8. Aceptar el puesto de trabajo y tener un contrato de trabajo firmado

  9. Desplazamiento de la vivienda habitual y por tanto contrato de alquiler o empadronamiento con fecha de inicio del contrato de trabajo

  10. Saludos,
  11. en respuesta a verdeyblanco
    -
    #513
    13/04/15 17:13

    Hola, bienvenido a Rankia.

    La aplicación de esta deducción queda totalmente condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia a un nuevo municipio. Para lo cual se puede aportar como prueba el empadronamiento o el traslado del domicilio fiscal a un lugar determinado. Sin embargo, no por ello quedará suficientemente acreditado.

    Su concreción se basa en la acreditación por cualquiera de los medios de prueba existentes en derecho, los cuales en el ámbito tributario se encuentra regulados en el artículo 106 Ley General Tributario. Por lo que si crees que con el contrato de alta en el cole, un justificante de tu familiar como que has tenido que vivir allí a consecuencia de esto queda suficientemente acreditado sí. Pero en todo caso se trata de una prueba de un hecho, no existe solución concreta.

    Saludos!

  12. en respuesta a josealgc
    -
    #512
    13/04/15 16:56

    Hola, bienvenido a Rankia.

    Para la aplicación de esta reducción uno de los requisitos es que en el momento de aceptar el trabajo este dado de alta en en la oficina de empleo y que dicho trabajo suponga el traslado de residencia a otro municipio. Sin que la ley establezca un periodo mínimo de inscripción ni limite las veces que puedas beneficiarte de este. Siempre y cuando el hecho de cambiar de uno a otro no haya sido por tu voluntad, si no por extinción efectiva del contrato.

    Por lo que en principio si podrías aplicarte esta deducción. Aunque, como dice Amparo en el post, una de las formas de acreditarlo es empadronandote en allí donde te has tenido que mudar.

    Saludos!

  13. en respuesta a Juanan Martos
    -
    #511
    13/04/15 16:39

    Hola, bienvenido a Rankia.

    Efectivamente, así lo dice lo establece la ley para la aplicación de esta deducción. Atento a como esta redactado:

    "Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. Este incremento se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente"

    La deducción se aplica en el periodo en el que se realice el cambio de residencia y en el siguiente. Por lo que de acuerdo a la legislación, podrías aplicarte esta deducción aún incluso cuando tuvieras que cambiar de domicilio en Diciembre.

    Sin embargo, en tu caso, dices que te empadronaste antes de encontrar el trabajo, por lo que no se hasta que punto quedaría justificado que el cambio se realizo por ese trabajo, sino que más bien lo realizaste para aumentar tus posibilidades de encontrarlo.

  14. Nuevo
    #510
    13/04/15 12:45

    Buenas tardes:

    El año pasado estuve trabajando en Ceuta, concretamente desde Enero a Agosto, previamente estaba en situación de desempleo. Mi residencia habitual la tengo en Sevilla. Mientras estuve en Ceuta estuve viviendo en un piso del que no tengo el contrato de alquiler, pero me empadroné en Ceuta mientras estuve viviendo allí. ¿Puedo aplicarme la reducción por movilidad geográfica en la declaración de 2014?, en caso afirmativo ¿donde tendría que presentar la declaración en Andalucía o en Ceuta?. Actualmente vuelvo a estar empadronado en Sevilla, de hecho desde septimbre de 2014.

    Gracias y saludo
    José M.

  15. Nuevo
    #509
    10/04/15 21:22

    hola
    En el requerimiento venia todo lo que debia aportar. Demostrar que estuve en paro con certifcado,vida laboral,contrato de trabajos,contratos de alquiler,empadronamiento. Presente todo menos el empadronamoiento. añadi factura luz y agua...no se si se me olvida algo. Añadi instacia formal explicandolo todo y adjunta documentacion detallada.

  16. en respuesta a Juanan Martos
    -
    #508
    09/04/15 22:11

    Amparo Sisternes,

    a parte de lo comentado anteriormente, quería añadir que he tenido dos pagadores pero un de ellos sólo 900 euros.
    Mi pregunta al respecto es si LOS RENDIMIENTOS DEL TRABAJO QUE TUVE AQUÍ HAY QUE AÑADIRLO EN LA DECLARACIÓN XQ EN EL BORRADOR NO APARECEN.

    Respecto al comentario del día anterior, quería añadir que primero me inscribí como demandante de empleo, posteriormente me empadroné en Terrassa y posteriormente empecé a trabajar. todo en el mismo año.

    Espero puedan ayudarme. Gracias de antemano
    SAludos

  17. en respuesta a Jorgevazquez
    -
    Nuevo
    #507
    verdeyblanco
    09/04/15 19:24

    Qué documentación aportaste??? Gracias

  18. Nuevo
    #506
    verdeyblanco
    09/04/15 11:24

    Hola, mi situación es un poco caótica pero si me podéis ayudar os lo agradecería.
    Estoy empadronada en un pueblo de Cádiz, pero vivo desde hace años en Huelva (no me he empadronado aquí hasta este año 2015), tengo en Huelva mi médico y vivienda de alquiler con opción a compra (desde hace año y medio y no sé si puedo meterla en reducción). He trabajado aquí durante 8 años y el año pasado me llamaron de funcionaria interina y me tuve que cambiar de provincia, pero en dicha provincia no tengo ni médico (porque vuelvo los fines de semana) ni contrato de piso porque me quedo con un familiar. He sido demandante de empleo en Huelva 3 meses, hasta que me llamaron para trabajar fuera de Huelva.

    No sé si puedo alegar reducción por movilidad geográfica. O qué tendría que hacer para el próximo año. O si me sirve sólo el contrato de alta en el cole ...

    Muchas gracias por la ayuda, un saludo.

  19. #505
    08/04/15 12:53

    Buenos días Ámparo,

    Te comento mi caso:

    - En 2012 me inscribí en la oficina de empleo de Murcia.
    - A los pocos meses me hicieron un contrato laboral en Madrid por lo que cambié mi residencia.
    - Disfruté de la reducción por movilidad en las rentas de 2012 y 2013.
    - En 2014 se acabó mi contrato en Madrid, por lo que volví a Murcia y me inscribí en la oficina de empleo de nuevo.
    - A los dos meses me volvieron a contratar en Madrid en otra empresa y he tenido que volver a trasladarme, donde actualmente resido.
    Mi duda es, ¿Cuentan estos dos meses que volví a Murcia y me inscribí en la oficina de empleo para "resetear" este proceso y poder volver a disfrutarlo dos años más? ¿O debería de haber pasado en Murcia más de medio año para que contase como que he vuelto a cambiar mi domicilio habitual?

    Durante todo este tiempo he estado empadronado en Murcia.

    Un saludo y gracias!

  20. Nuevo
    #504
    08/04/15 10:06

    Hola,
    El año pasado, el ejercicio 2013, solicite la reducción por movilidad geografica ya que creia cumplir todos los requisitos. Hacienda me hizo un requerimiento y presente en el plazo de 10 días toda la documentación. Al mes Hacienda me hizo la devolución correspondiente. Mi pregunta es ¿este año tengo derecho a marcar de nuevo dicha casilla de movilidad geografica? En el borrador que me han mandado no viene marcada.

    Muchas Gracias, un saludo

  21. Nuevo
    #503
    07/04/15 20:56

    Buenas tardes,
    Respecto a la deducción por movilidad geografica que requisitos hay que cumplir? puesto que yo estoy viviendo en casa de unos amigos sin justificantes. Estuve un mes en un piso de un compañero que me hizo un recibi es lo unico que tengo y no se si eso sirve. No me he cambiado mi domicilio puesto que estoy pagando hipoteca.

    El tema es que he estado en desempleo y trabajo desde verano y me han retenido 2% asi que el tema que me sale a pagar 800 euros ganando menos de 15000e es de locos verdad?

    si podeis aconsejarme

  22. #502
    07/04/15 20:10

    Hola buenas tardes,

    el año pasado cambié de comunidad autónoma desde Andalucía a Cataluña, llegué en Enero y para poder tener la posibilidad de encontrar un empleo me inscribí como demandante de empleo en el inem y me empadroné en Terrassa, posteriormente encontré trabajo a finales de marzo y ya en la declaración de la renta del año pasado( Abril-2014) me pidieron actualizar datos y puse el domicilio donde me empadroné a principios de año. Anteriormente estaba empadronado en un pueblo de Andalucía.

    Me gustaría saber si puedo solicitar la deduccion por movilidad geográfica al cambiar mi residencia habitual el año natural en el que comencé a trabajar.

    Espero me podáis ayudar porque sería un gran balón de oxígeno que pudiera reducírmelo en la declaración.

    Muchas gracias y espero sus respuestas.

    Un saludo

  23. en respuesta a agra1984
    -
    Top 100
    #501
    07/04/15 17:38

    Si en Febrero de 2014, con el cambio de empleo, estabas apuntado al paro en Aviles y con empadronamiento en Aviles y cambias de domicilio habitual a Santander dónde tienes un nuevo contrato de alquiler en Santander con fecha de inicio Febrero 2014, si que podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para resolver tus dudas, con toda la información que acredite el cambio de domicilio habitual por motivos laborales.

    Saludos,