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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a pablo_sp
    -
    Top 100
    #380
    12/06/14 12:23

    Hola,

    Lo que te comenta tu casero es un poco extraño... pero bueno. Lo que deberías hacer es una simulación con el programa PADRE, añadiendo todos tus rendimientos y luego aplicando la reducción por movilidad geográfica y ver que resultado tiene con y sin la reducción.

    Para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, Casillas más utilizadas en el programa PADRE 2013:

    Casilla 018: Reducción por movilidad geográfica para los contribuyentes desempleados que acepten un nuevo puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio. Para poder aplicar esta deducción, el contribuyente deberá ir al menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante.

    Un saludo,

  2. #379
    10/06/14 19:24

    Buenas tardes.

    Primero de todo, gracias por la ayuda que mostráis a tantos usuarios.

    Tengo un problema sobre la reducción geográfica : cumplo todos los requisitos, pero no voy a poder tener contrato de alquiler de piso. El casero me ha dicho que calcule ese importe de deducción por mi cuenta y que él me lo reduce del importe mensual... ¿Cómo podría decirle un importe si mi contrato es de 26000 euros brutos? Por hacerme una idea... si me conviene o buscarme otro piso que me hagan contrato.

    Gracias de antemano, un saludo!

  3. en respuesta a emejotaleca
    -
    Top 100
    #378
    09/06/14 09:18

    Bienvenido a Rankia,

    Depende de muchos factores el resultado final de la Declaración de la Renta, por ello, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para ver si están todas las casillas marcadas correctamente. Gracias!

  4. en respuesta a Estela33
    -
    Top 100
    #377
    09/06/14 09:15

    Buenos días Estela,

    Ella no te querrá hacer contrato de alquiler porque no estará declarando esos ingresos en su declaración de la renta, pero como dices, para poder probar que vives en un domicilio diferente al tuyo debido al cambio de trabajo necesitas, bien el contrato de alquiler o bien el empadronamiento en este nuevo domicilio. Si no tienes contrato de alquiler pero pagabas cada mes por transferencia bancaria y en el concepto se indicaba "alquiler" o algo similar, también lo puedes utilizar para probar el cambio de domicilio.

    En caso contrario, si te requieren documentación que acredite el cambio de domicilio habitual y no tienes, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta. Un saludo,

  5. #376
    07/06/14 13:08

    Hola,
    Este año al hacer la declaración de la renta he marcado lo de movilidad geográfica, ya que cumplía los tres requisitos que has comentado varias veces. Mi problema es el siguiente, no tengo contrato de alquiler, mi casera no quiere hacérmelo por si hacienda le reclama dinero a ella. ¿Le pueden reclamar dinero porque yo me desgrave por movilidad geográfica, o sólo es un trámite para que ellos comprueben que vivo en un lugar diferente a mi residencia habitual?
    A varias personas que conozco ya les han pedido que presenten el documento de que han alquilado una casa. ¿qué puedo hacer?

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #375
    06/06/14 16:49

    Pensaba que me cambiaría el resultado de la declaración, tanto con reducción por movilidad geográfica como sin ella, obtengo el mismo resultado en la declaración :S. Eso es así o tendría que hacer algo más?

    Un saludo!!

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #374
    06/06/14 13:45

    Gracias Amparo!!

    Un saludo!!

  8. en respuesta a emejotaleca
    -
    Top 100
    #373
    06/06/14 13:37

    Si, si se vuelve a dar la situación que origina el derecho a esta deducción, que es cambiar de nuevo de domicilio habitual por movilidad geográfica. Tienes derecho a aplicar esta reducción en tu Declaración de la Renta y el ejercicio posterior.

    Un saludo,

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #372
    06/06/14 13:17

    Aunque ya haya disfrutado de esa reducción en las dos rentas anteriores?

    Un saludo!

  10. en respuesta a Josmartin
    -
    Top 100
    #371
    06/06/14 10:12

    Buenos días,

    Lee la anterior contestación, puedes aplicar ambas deducciones en el mismo periodo impositivo.
    Un saludo,

  11. en respuesta a Crosevilla
    -
    Top 100
    #370
    06/06/14 10:11
    Bienvenido a Rankia, En comentarios anteriores hemos comentado este caso, si puedes acogerte a ambas reducciones siempre que la vivienda habitual sobre la que recae la hipoteca, sea tu vivienda habitual porque se hayan cumplido estos requisitos:
    Se considera vivienda habitual la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de 3 años, que puede ser menos en los casos de: Boda Separación matrimonial Traslado laboral Obtención del primer empleo Cambio de empleo Inadecuación en caso de minusvalía Fallecimiento del contribuyente
    Como digo, se aplica para la exigencia de que residas al menos 3 años en la vivienda para que sea "vivienda habitual" y por tanto, podrás deducirte por los meses que has vivido en ella. Si el trabajo fue, por ejemplo, de octubre a diciembre, pues te deduces la hipoteca de desde Enero hasta Octubre y luego puedes aplicar la deducción por el alquiler de Octubre a Diciembre. Y adicionalmente, aplicas en tu Declaración de la Renta la deducción por movilidad geográfica. Un saludo,
  12. en respuesta a emejotaleca
    -
    Top 100
    #369
    06/06/14 10:09

    Buenos días,

    Por lo que comentas si que cumples los 3 requisitos necesarios para aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta:

    1. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
    2. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
    3. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

    Podrás aplicarla en el ejercicio en que aceptes el nuevo trabajo y el siguiente.
    Un saludo,

  13. Nuevo
    #368
    05/06/14 11:41

    Buenos días, mi consulta es la siguiente:
    Compré una vivienda en mi lugar de residencia en Cuenca, por la que me desgravo en la declaración de la renta. Ahora estoy desempleado y voy a aceptar un empleo en Alicante.
    Creo que no tendré ningún problema para que me concedan la reducción por movilidad geográfica, pero, ¿me compensará? Porque, ¿perderé la bonificación en la declaración de la renta de la casa de mi propiedad al trasladar el domicilio a mi lugar de trabajo en otra provincia?
    ¿Hay algún tipo de ayudas al alquiler para estos casos?
    Muchas gracias

  14. Nuevo
    #367
    04/06/14 20:24

    Buenas tardes. Necesito ayuda. Mi caso es que estaba en desempleo en los meses de agosto y septiembre y en el mes de octubre acepte un trabajo en Almería por lo que tuve que cambiar mi residencia a esta localidad. Creo que cumplo los requisitos para aplicar la deducción por cambio de vivienda habitual.

    Mi pregunta es: ¿puedo aplicar las dos deducciones a la vez (vivienda habitual y movilidad geográfica)? ¿En el caso de que no como lo soluciono si ya presente la declaración con las dos deducciones?

    Gracias de antemano.

    Pd: espero haberme expresado correctamente. un saludo

  15. #366
    04/06/14 01:55

    Hola, en 2011 estuve trabajando en Bilbao (yo soy de Andalucía) y apliqué la reducción por movilidad geográfica, en el ejercicio de este año, la podría aplicar otra vez? Me dijeron que eso sólo valía para dos años, es así? Igualmente este año, estuve parada, inscrita en la oficina de empleo y luego por trabajo me trasladé a otra provincia de Andalucía distinta a la mía.

    A la espera de vuestra respuesta. Gracias!!

    Un saludo!!

  16. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #365
    03/06/14 15:58

    Mil Gracias Amparo por tu respuesta

    Un saludo

  17. en respuesta a patrate
    -
    Top 100
    #364
    02/06/14 10:46

    Bienvenido a Rankia,

    Por lo que comentas, si que puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta siempre que hayas estado inscrito en la oficina de empleo, aceptes un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitúa y traslades la residencia habitual a un nuevo municipio o en este caso país. Para ello, deberás tener un contrato de alquiler de tu vivienda en Kenia y / o empadronarte allí.

    Para aplicar esta reducción, deberás ir al menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante. Y luego marcar la casilla 018 del programa PADRE.

    Un saludo,

  18. en respuesta a Saragc
    -
    Top 100
    #363
    02/06/14 10:42

    Hola, si puedes presentarla físicamente en tu banco o en la Agencia Tributaria. Saludos,

  19. Nuevo
    #362
    31/05/14 15:51

    Buenas tardes,

    Estoy residiendo y trabajando en Kenia desde septiembre de 2013. Antes en el paro en Espana hasta que me salio este trabajo. Al realizar la renta 2013 hay una casilla sobre reduccion por movilidad geografica para desempleados que cambian su residencia a otro municipio donde han encontrado trabajo.
    Puedo acogerme a esta reduccion? y que tengo que aportar para ello?

    Gracias

    Patrate

  20. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #361
    30/05/14 18:34

    Hola Amparo, buenas tardes,

    He seguido tus indicaciones e intentado presentarla telemáticamente de nuevo con el PADRE y al llegar al final, cuando he introducido el número de referencia, me dice que ya (señalado en rojo) ha sido presentada con anterioridad una declaración con el mismo DNI. Sin embargo, creo que puedo imprimirla para presentarla en papel en la Agencia o en el banco... ¿Es así? ¿No puedo hacerlo telemático?

    Un saludo y gracias.