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Participaciones preferentes: Caja Madrid ataca - Emisión 2009, ISIN ES0115373021

Otra de timo-preferentes: Caja Madrid

sucursales colocan preferentes de caja madrid

Parece ser que se prepara una emisión de preferentes de caja madrid, de esas de empapelar a los particulares. Para los interesados, os recuerdo mis artículos de renta fija, así como el artículo Participaciones preferentes explicadas desde cero. En las preferentes de caja madrid ocurre lo mismo que en las anteriores: como a precio de mercado tendrían que ofrecer un 20% de rentabilidad, que es lo que pagan emisiones similares, colocan las preferentes entre sus clientes al precio que les da la gana. Y lo hacen tan bien que los clientes de caja madrid harán cola para comprar preferentes... ¿de qué sirve que la CNMV dijera que iba a intervenir para evitar estos abusos? ¿Alguien se cree que los clientes de caja madrid compran las preferentes con una rentabilidad del 7% sabiendo que podrían comprar otras preferentes similares con un 15%-20%? ¿Les han explicado la iliquidez de las preferentes, y que caja madrid no pagará cupón si no tiene beneficios? ¿Y que no están cubiertas por el fondo de garantía?

Las participaciones preferentes de caja madrid y la iliquidez

preferentes caja madrid

Pero entrando en materia, parece que las participaciones preferentes de caja madrid ofrecen mejores condiciones que otras emisiones parecidas: Se habla de un 7% de partida y Euribor + 3% luego, aunque no es definitivo. Y encima es una emisión de gran tamaño... así que yo me imagino el siguiente escenario: un director de Caja Madrid ofrece sus preferentes a un cliente; el cliente tiene el dinero invertido en preferentes de otra entidad; el director le convence de que las participaciones preferentes de caja madrid son mejores, y el cliente decide vender las otras preferentes para comprar las participaciones preferentes de caja madrid. ¿Qué pasa en este escenario? Que si muchos están intentado vender sus "otras preferentes", es muy probable que alguna de las "otras entidades" que colocaron preferentes en su día (con el compromiso verbal de recolocarlas si querían vender) se encuentre ahora con un aluvión de órdenes de venta de participaciones preferentes que no pueda colocar... entre otras cosas, porque los posibles compradores prefieren también comprar preferentes de caja madrid!! Y el castillo en el aire del compromiso de recolocarlas se desvanece, y se descubre que en realidad las preferentes son una inversión sin liquidez.

Que sirva esto de aviso a quienes entren en las preferentes de Caja Madrid: ¿Qué pasará si mañana Caja Villabotijos saca una emisión al 9% y luego Euribor + 5%? Que quienes hayan comprado participaciones preferentes caja madrid se las comerán con patatas!! Avisados estáis...

Actualización: Estas son las condiciones definitivas de la emisión de 2009, ISIN ES0115373021:

  • Interés fijo del 7% anual hasta julio de 2014, pagadero trimestralmente
  • A partir de esa fecha, interés variable: euribor a 3 meses + 4,75%, sin mínimo ni máximo

Sacado del folleto de la emisión (PDF). Recomiendo leer dicho folleto para quien quiera más detalles.


s2
 

 

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  • Renta fija
  • Participaciones preferentes
  1. Top 25
    #160
    15/06/09 01:03

    2. El régimen fiscal de las participaciones preferentes emitidas en las condiciones establecidas en el apartado anterior será el siguiente:

    1. La remuneración a que se refiere el párrafo c del apartado anterior tendrá la consideración de gasto deducible para la entidad emisora.
    2. Las rentas derivadas de las participaciones preferentes se calificarán como rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 23 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.
    3. Los rendimientos generados por el depósito a que se refiere el párrafo b del apartado 1 anterior no estarán sometidos a retención alguna, siendo de aplicación, en su caso, la exención establecida en el párrafo e del apartado 1 del artículo 13 de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias.
    4. Las rentas derivadas de las participaciones preferentes obtenidas por sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente estarán exentas de dicho impuesto en los mismos términos establecidos para los rendimientos derivados de la deuda pública en el artículo 13 de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias.
    5. Las operaciones derivadas de la emisión de participaciones preferentes estarán exentas de la modalidad de operaciones societarias del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

    [..]

    Y no me he visto con ánimos de seguir... pero la clave está en el apartado que marco con negrita: cuando habla de Las rentas derivadas de las participaciones preferentes, ¿se refiere sólo al cupón, o también a las plusvalías/minusvalías?

    s2

  2. Top 25
    #159
    15/06/09 01:03

    La disposición adicional segunda de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, viene en el segundo enlace:

    DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Redacción según Ley 19/2003, de 4 de julio.

    1. Las participaciones preferentes a que se refiere el artículo séptimo de esta Ley tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

    1. Ser emitidas por una entidad de crédito o por una entidad residente en España o en un territorio de la Unión Europea, que no tenga la condición de paraíso fiscal, y cuyos derechos de voto correspondan en su totalidad directa o indirectamente a una entidad de crédito dominante de un grupo o subgrupo consolidable de entidades de crédito y cuya actividad u objeto exclusivos sea la emisión de participaciones preferentes.
    2. En los supuestos de emisiones realizadas por una entidad filial, los recursos obtenidos deberán estar depositados en su totalidad, descontados los gastos de emisión y gestión, y de forma permanente en la entidad de crédito dominante o en otra entidad del grupo o subgrupo consolidable. El depósito así constituido deberá ser aplicado por la entidad depositaria a la compensación de pérdidas, tanto en su liquidación como en el saneamiento general de aquélla o de su grupo o subgrupo consolidable, una vez agotadas las reservas y reducido a cero el capital ordinario. En estos supuestos las participaciones deberán contar con la garantía solidaria e irrevocable de la entidad de crédito dominante o de la entidad depositaria.
    3. Tener derecho a percibir una remuneración predeterminada de carácter no acumulativo. El devengo de esta remuneración estará condicionado a la existencia de beneficios distribuibles en la entidad de crédito dominante o en el grupo o subgrupo consolidable.
    4. No otorgar a sus titulares derechos políticos, salvo en los supuestos excepcionales que se establezcan en las respectivas condiciones de emisión.
    5. No otorgar derechos de suscripción preferente respecto de futuras nuevas emisiones.
    6. Tener carácter perpetuo, aunque se pueda acordar la amortización anticipada a partir del quinto año desde su fecha de desembolso, previa autorización del Banco de España.
    7. Cotizar en mercados secundarios organizados.
    8. En los supuestos de liquidación o disolución, u otros que den lugar a la aplicación de las prioridades contempladas en el Código de Comercio, de la entidad de crédito emisora o de la dominante del grupo o subgrupo consolidable de las entidades de crédito, las participaciones preferentes darán derecho a obtener exclusivamente el reembolso de su valor nominal junto con la remuneración devengada y no satisfecha y se situarán, a efectos del orden de prelación de créditos, inmediatamente detrás de todos los acreedores, subordinados o no, de la entidad de crédito emisora o de la dominante del grupo o subgrupo consolidable de entidades de crédito y delante de los accionistas ordinarios y, en su caso, de los cuotapartícipes.
    9. En el momento de realizar una emisión, el importe nominal en circulación no podrá ser superior al 30 % de los recursos propios básicos del grupo o subgrupo consolidable, incluido el importe de la propia emisión, sin perjuicio de las limitaciones adicionales que puedan establecerse a efectos de solvencia. Si dicho porcentaje se sobrepasara una vez realizada la emisión, la entidad de crédito deberá presentar ante el Banco de España para su autorización un plan para retornar al cumplimiento de dicho porcentaje. El Banco de España podrá modificar el indicado porcentaje.

    (sigue)

  3. Top 25
    #158
    15/06/09 01:00

    Se agradecen los enlaces, aunque es "sólo apto para especialistas"... por ejemplo, el primer enlace es un PDF de más de 700 páginas, donde en la página 119 viene lo que nos interesa:

    d) Rendimientos derivados de participaciones preferentes.

    Tienen la consideración de rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales pro-
    pios las remuneraciones derivadas de las participaciones preferentes que cumplan los requisi-
    tos establecidos en la disposición adicional segunda de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de co-
    eficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios
    financieros (BOE del 28), introducida por la disposición adicional tercera de la Ley 19/2003,
    de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transaccio-
    nes económicas en el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de
    capitales (BOE del 5), y modificada parcialmente en la disposición final segunda de la Ley
    23/2005, de 18 de noviembre (BOE del 19).

  4. #157
    Anonimo
    14/06/09 21:28

    Para el caza gangas, y otros con dudas sobre la fiscalidad de las preferentes: consultar estos enlaces: Manual de la renta 2008 de Hacienda (PDF)

    Y consultar la ley 13/1985 de 25 de mayo, disposicón adicional 2ª en este enlace:http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l13-1985.html

    y la ley 23/2005 de 18 de noviembre, disposición final 2ª

  5. Top 25
    #156
    09/06/09 01:18

    De las participaciones preferentes de santander ya he puesto un post:
    Participaciones preferentes: banesto + santander = racanos.

    De todos modos, cuando aprueben la emisión igual comento algo más... pero vamos, en la misma línea, seguro!!

    s2

  6. #155
    Anonimo
    08/06/09 18:25

    Hola de nuevo, Fernan2

    qué nos puedes comentar de la emisión de preferentes del Santander? se sabe cuándo podrían salir?? qué te parecen? Gracias

  7. #154
    Anonimo
    06/06/09 00:14

    Dada orden venta el lunes, ingresado el capital en cartilla hoy, vendido a 100.66%, para quien le sea de utilidad-

  8. #153
    Anonimo
    05/06/09 10:27

    Las que hemos vendido y yo hablo por dos casos, una semana justa estaban ingresadas ala cartilla y el capital integro Elena.

  9. #152
    Anonimo
    04/06/09 21:07

    En el AIAF las viejas (ACTUALES)cotizan al 100,12% en este momento.
    Por favor, los que habés vendido ¿Cuanto tiempo ha transcurrido entre la fecha de la orden y la fecha de venta?

  10. #151
    Anonimo
    04/06/09 19:41

    Hemos dado orden de vender unas preferentes cajamadrid 2004, he visto que el mercado aiaf no ha habido negociacion de las mismas, en el dia de hoy. Es normal?.
    Por otra parte, low que habeis vendido que media de dias hay hasta que se cobran?. Gracias por todo y magnifico Blog y comentarios

  11. #150
    Anonimo
    04/06/09 17:21

    Muchas gracias de nuevo por vuestros comentarios.

    Yo pondré la orden de venta en cuanto pueda, cuando me dejen. Ya os iré informando de lo qué me dicen.

    Por cierto, parece que nos van a inundar a participaciones:

    Santander podría emitir preferentes por 2.500 millones de euros

    La moda de la venta de estas participaciones se extiende por el sector

    04/06/2009 - 09:17 - MADRID, 04 JUN. (Bolsamania.com/BMS) .- Fuentes del mercado citadas por Cinco Días indican que la CNMV aprobará de forma inminente el folleto que permitirá a Santander emitir preferentes por valor de entre 2.000 y 2.500 millones de euros. La moda de vender estas participaciones ya ha llegado a 13 bancos y cajas españolas, según el diario, y además de la entidad cántabra, también se va a sumar a ella en próximos días la CAM. La Caja del Mediterráneo podría vender a sus clientes participaciones con una rentabilidad de hasta el 7,5% en el primer año por un importe "reducido", según las mismas fuentes de mercado.

    BBVA fue la precursora de esta iniciativa a finales del año pasado, y ya lo han hecho también Caja Madrid o La Caixa. La semana pasada, el regulador aprobó una emisión similar de Banesto.

    Pablo.

  12. Top 25
    #149
    04/06/09 14:09

    Se supone que el 7 de julio caja madrid ya os da las preferentes nuevas, pero en la colocación de nuevas emisiones a veces tardan uno o dos días en reflejarlas en tu cuenta de valores, así que yo no sé si el mismo día 7 se podrán poner órdenes de venta o quizá haya que esperar uno o dos días... pero vamos, yo el 7 iría a caja madrid a poner la orden de venta, y si no la cojen, que te digan cuándo... y por qué!!

    Por cierto, si alguno no ha acudido al canje aún, parece que sí han entrado órdenes de venta de las participaciones preferentes antiguas:
    Por fin vendí las participaciones preferentes de Caja Madrid

    Supongo que como el canje es para todos, alguno hace negocio comprando las preferentes antiguas y canjeándolas... o quizá lo haga la propia caja madrid, ya que poco margen queda con eso.

    s2

  13. #148
    Anonimo
    04/06/09 13:23

    &Quot;Para vender las participaciones preferentes de caja madrid, en cuanto te las den te vas a caja madrid y das la orden de vender al 100%, a ver qué pasa... "

    Fernan2, ¿qué significa "en cuanto te las den"? ¿El 7 de julio?

  14. #147
    Anonimo
    03/06/09 20:50

    Yo compré la semana pasada esas dichosas participaciones. Y si, la verdad es que tenía bastante interés mi banquero en vendermelas, tanto que al final me convenció. Me dijo que los riesgos que iva ha tener eran muy escasos y que Caja Madrid era muy dificil que tuviese pérdidas. Pero claro, esto será en situaciones normales porque ahora con la crisis la verdad es que da un poco de miedo. Y bueno, con lo que estais comentando aquí yo he escarmentado y el 7 de julio iré a venderlas el primero.

  15. Top 25
    #146
    02/06/09 23:43

    Aparte del tema de que con emisores diferentes no se puede comparar exactamente la rentabilidad, las participaciones preferentes que "cotizan" en AIAF se cruzan a los precios que le da la gana al emisor. Ver unas participaciones preferentes a más del 100% no significa que alguien las ha vendido ganando dinero, sino que el banco ha encontrado un pardillo que ha pagado por las participaciones preferentes más del 100% ¿Adivináis quien era el vendedor? Obviamente, el propio banco!! BBVA compra las participaciones preferentes al 100% (o poco menos) y aún las puede vender más arriba!!

    Para vender las participaciones preferentes de caja madrid, en cuanto te las den te vas a caja madrid y das la orden de vender al 100%, a ver qué pasa... cuanto antes estés en la cola, mejor!! Y no estaría de más que le insinues que quieres colocar el dinero en depósitos de caja madrid, sea o no cierto, para que no te metan en una "lista B" (que no sé si la habrá o no, pero por si acaso...) ¿Por qué van a ser los banqueros los únicos que vayan con medias verdades? Hay que ser honestos con quienes lo sean contigo, pero con quien te va con engaños... engaños a él!!

    (De todos modos, recuerdo que caja madrid se merece un punto positivo muy gordo por el canje, yo personalmente optaría por contratar los depósitos en caja madrid si tuviera participaciones preferentes antiguas y me las canjearan)

    s2

  16. #145
    Anonimo
    02/06/09 23:32

    Pese a lo que las criticáis, a Caja Madrid no le va nada mal con sus preferentes... Ya ha cerrado la primera fase de la emisión, con más de 2.700 millones de euros.
    http://www.expansion.com/2009/06/02/inversion/1243941554.html

  17. #144
    Anonimo
    02/06/09 17:52

    Es verdad lo que dice Pablo, hay muchas emisiones que cotizan al 100%. ¿Nos engañan o no son tal malos estos productos?

    Gracias por vuestro tiempo.

    Lucas A.

  18. #143
    Anonimo
    02/06/09 02:18

    Yo tampoco tengo ni idea de esto y me he empezado a informar desde que se las colocaron a mis padres la semana pasada.
    También me gustaría saber si desde el mismo día 7 de julio se podrán vender y dónde podré ver el precio al que están para que los de la caja no me engañen.
    Fernan2, muchas gracias por tu respuesta a mi anterior mensaje.

  19. #142
    Anonimo
    01/06/09 18:53

    Muchas gracias por vuestras explicaciones.

    Lo que no entiendo es por qué las preferentes que hace poco colocó BBVA cotizán a más del 100%, según datos de AIAF, si dan peor interés que las de Caja Madrid.

    Otra duda, para vender las preferentes de Caja Madrid hay que esperar a que coticen en este mercado o se puede hacer desde el primer día dado el contrato de liquidez firmado con "La Caixa".

    Gracias de nuevo y un saludo.

    Pablo.

  20. Top 25
    #141
    01/06/09 18:49

    Jose, gracias por la puntualización del nominal; no tenía el dato, pero como casi todas las participaciones preferentes suelen ser de 1000 euros, había supuesto que las de caja madrid también... de todas formas, como dice el último anónimo, esto no cambia nada.

    En cuanto al anexo de riesgos, están obligados por la MiFID, ya que las participaciones preferentes de caja madrid se consideran de riesgo y están afectadas por la MiFID; con las participaciones preferentes antiguas, la MiFID no estaba en vigor y por eso no se firmó nada.

    Y efectivamente, como aclara correctamente el último anónimo, el regalo al que aludo es "QUE CANJEEN LAS ACTUALES" por las NUEVAS. Sin el canje, los propietarios de las antiguas participaciones preferentes de caja madrid se estarían enfrentando a fuertes pérdidas... Pero para nada considero que suscribir las nuevas sea un regalo si se pagan con dinero y no con viejas.

    s2