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Las VPO y su transgénico derecho de propiedad
03 de Noviembre de 2009
Los alimentos transgénicos son aquellos que se han obtenido a partir de un organismo al que se ha modificado su ADN a través de técnicas de ingeniería genética. Servidor, que es un inculto en materia científica, no tiene un claro posicionamiento respecto al debate que se ha Abierto en cuanto a su conveniencia o no. A un lado del ring están aquellos que dicen que suponen un peligro fortísimo, una suerte de jugar a aprendiz de brujo. Entienden que se corren graves riesgos al liberar estos organismos a la Biosfera, que no se puede controlar su impacto y que ríete tu de las pelis de catástrofes. Y todo ello basado en el ánimo de lucro de grandes corporaciones alimentarias. En la otra esquina, los defensores de los transgénicos: que si no deja de ser una evolución de las técnicas de selección y mejora de especies que son antiquísimas, que si no se ha probado nada de nada contra ellos, que si son el único modo de alimentar a toda la población mundial, que si evitan el uso de productos químicos perjudiciales, que si ya estamos alimentándonos de ellos indirectamente vía los animales que los consumen, etc. Insisto. No tengo claro el tema, creo que hay gente como Consumerista mucho más versados. Pero curiosamente el debate sobre los transgénicos y su impacto en la Naturaleza me sugiere fuertes concomitancias con las VPO en propiedad, con las viviendas protegidas que se compran. Y es que, cabría hablar a mi juicio de que el derecho de propiedad sobre una VPO es un derecho transgénico, un derecho al que, por técnicas legales/administrativas/políticas, se le ha vaciado de contenido, alterado, modificado. Una vez realizado el experimento, el doctor Politinskein lo ha liberado, no responsabilizándose de lo que ocurre. Y lo que ocurre es muchas veces sonrojante. La clave, a mi juicio, está en que se vende como un derecho de propiedad lo que no debería serlo nunca. El propio político es consciente de ello y establece una serie de limitaciones consustanciales a la transmisibilidad, que con el tiempo se han ido endureciendo. Y esa es otra, que hay una auténtica selva de derechos de propiedad sobre VPO en función del tiempo y el lugar (inclusos podemos hablar de falsas viviendas protegidas impulsadas por entidades no autorizadas a ellos). El caso es que es obvio que, para que cumpliesen los fines para las que se habrían creado, es decir resolver las hambrunas, ay no, que eso eran los transgénicos, quería decir para resolver el problema de la vivienda (que mucho habría que hablar para definirlo y ponernos de acuerdo) había que evitar que se pudiesen transmitir libremente, primero por un lapso de tiempo, y ahora en muchos casos de por vida. Y otro tanto con respecto al valor de transmisión de las mismas y los famosos modulos. Os recomiendo en este sentido la entrada de Futur Finances. Pues bien, estos derechos transgénicos llegan al mundo real, a una economía de mercado, a un Ordenamiento Juridico de base civilista, vamos, a lo que configura nuestro modo de ser socialmente y se dan de leches con su arquitectura. Y los derechos mutan a una velocidad que no veas, y se vuelven agresivos, y abusan que no veas del resto de seres vivos que se tienen que levantar muy temprano para pagarse su piso libre y que, o bien no han sido agraciados en un sorteo neofranquista, o bien tienen la desgracia de tener una nomina qe no pueden esconder. Los casos están documentados. Ya en su día os hable de la posibilidad que cabía de recurrir a la ejecución de un préstamo hipotecario como medio para transmitir una VPO. ¿Sorprendidos? Bueno, algunos como Tristan ya lo veían venir, y luego han confirmado como a alguno le puede salir más rentable no pagar el hipotecario, que le ejecuten y así llevarse un buen pico. O dicho de otro modo, tal y como están montadas estas cucadas jurídicas tipo regalías, de su cruce con determinada interpretación jurisprudencial, se estimula el incumplimiento de las obligaciones. A mi me suena patológico. Por si alguno anda perdido con lo de Tristán voy a hacer un matiz. En nuestros Tribunales hay una linea que entiende que en una ejecución forzosa lo que hace el Juez es sustituir al propietario, y por tanto no puede hacer más que él, o lo que es lo mismo, no puede adjudicarse en un precio superior (el tasado) al que podría hacerlo el propietario. Y por otro lado, están aquellos jueces que entienden justo lo contrario, que la naturaleza de la subasta es totalmente distinta, y que el juez puede adjudicarla sin limitación en el precio. Resulta evidente que de la asunción de una u otra teoría, la cosa pinta muy distinta para el ejecutado y para el propio acreedor hipotecario. Y así estamos. Seguro que muchos pensáis, bah, si es una cosilla de nada, por esto tan solo no vamos a abandonar a las Transgénicas (nombre de grupo punk) VPOs a su suerte. Pues yo creo que no, que su naturaleza hibrida da problemas. Y si no, atended un momento al Derecho de Familia, que seguro que también puede ser muy divertido. Matrimonio con una VPO en gananciales. Pongamos que se divorcian. A cara de perro. Uno pretende quedarse con la vivienda en propiedad: 1. ¿Qué valor le damos a la vivienda, el de mercado o el de VPO? El de mercado dirían unos. Vale, eso quizás puede tener sentido si tiene calificación perpetua (que es mucho suponer, aunque lo ponga por escrito). Y si no es así, si resulta de libre transmisión dentro de 3 o 5 años. Y si se pude descalificar devolviendo las ayudas. Y si.... 2. ¿Qué ocurre cuando chocan los criterios de adjudicación de la vivienda desde un punto de vista civil (pongamos que haya hijos) y administrativo (el que se lo queda no cumple los requisitos). ¿A que es interesante? Todo ello por no hablar de las mil vicisitudes que puede tener una pareja antes de escriturar la VPO que les han adjudicado, o áquel que escritura su VPO como privativa y la paga con dinero ganancial. No me digáis que las combinaciones jurídicas y fácticas no os recuerdan al maravilloso mundo del azar aplicado a la genética. Y mientras los humanos chapoteamos en este lodazal de arbitrariedad, de injusticia y de inseguridad (hay jurisprudencia, normativa y práctica administrativa para todos los gustos), el Dr. Politinskein se ha olvidado de sus productos trasgénicos, del impacto en el ecosistema financiero. El no esta para esas minucias. El está para resolver los grandes problemas. Ya sabéis.
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