 Hoy he tomado asiento en el 29D de un airbus. Regresaba a casa desde Barcelona, cansado pero satisfecho por haber sacado partido al tiempo.
El 29D es un asiento de pasillo. Nada más revisados los procedimientos básicos de cierre de puertas, cofres y cinturones del pasaje la azafata que tenía más cerca ha comenzado a representar con signos un desapasionado y mecánico repertorio de medidas de seguridad.
Supongo que saben de qué les hablo: se trata de esos movimientos de manos que pretenden enseñarnos dónde están las puertas de emergencia, dónde se ubican los chalecos salvavidas, cómo se inflan estos y el uso de las máscaras de oxígeno que nos aguardan siempre en sus alojamientos a la espera de brindar sus servicios en caso de despresurización.
Nadie atendía a la explicación. Todos andaban con la cabeza baja, leyendo el periódico o mirandose las uñas, o matando el rato de alguna forma que no alcanzo a comprender. Pero nadie miraba a una chica que estaba explicando algo que podía salvarnos la vida... si éramos capaces de asimilarlo para caso de necesidad.
Y, entonces, me he visto a mí mismo, como si fuera una azafata señalando puertas, inflando chalecos con los dos tubitos naranja en los labios, con la máscara de espuma cubriéndome la boca. Me he visto perdiendo el tiempo, explicando al pasaje de mi particular vuelo una historia que no les apetece oir aunque yo sé que si no escuchan tal vez no lo cuenten si surge la ocasión.
Me he visto aconsejando suprimir riesgos estúpidos que nadie suprime por indolencia, me he visto aconsejando tal o cual cobertura que es necesaria para evitar tal o cual daño o perjuicio, me he visto, en síntesis, intentando hacerme oir en un mar de autistas vocacionales, con mis mayores respetos por los autistas forzosos.
¿Qué pueden hacer los viajeros para evitar morir en caso de infortunio sino atender a quien intenta decirles cómo hacerlo?
¿Qué puedo hacer yo para evitar caer en esa monótona letanía de quien predica sin esperanza en mitad de un pasillo de alta tecnología?
Etiquetas: consumidor, gerencia de riesgos, mediadores, PROFESIONAL DEL SEGURO


Veamos lo que dice la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito. "Artículo 4. Constituyen infracciones muy graves: ...
d. El ejercicio de actividades ajenas a su objeto exclusivo legalmente determinado, salvo que tenga un carácter meramente ocasional o aislado.
e. La realización de actos u operaciones prohibidas por normas de ordenación y disciplina con rango de Ley o con incumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas, salvo que tenga un carácter meramente ocasional o aislado.
j. El incumplimiento del deber de veracidad informativa debida a sus socios, a los depositantes, prestamistas, y al público en general, así como el incumplimiento del deber de confidencialidad sobre los datos recibidos de la Central de Información de Riesgos, su uso para fines diferentes de los previstos en la Ley reguladora de la misma, o la solicitud de informes sobre personas titulares de riesgos fuera de los casos expresamente autorizados en dicha Ley. Todo ello siempre que, por el número de afectados o por la importancia de la información, tales incumplimientos puedan estimarse como especialmente relevantes.
k. La realización de actos fraudulentos o la utilización de personas físicas o jurídicas interpuestas con la finalidad de conseguir un resultado cuya obtención directa implicaría la comisión de al menos una infracción grave."
" Artículo 12. 1. Con independencia de la sanción que corresponda imponer a la entidad de crédito infractora por la comisión de infracciones muy graves, podrán imponerse las siguientes sanciones a quienes, ejerciendo cargos de administración, de hecho o de derecho, en la misma, sean responsables de la infracción: -Multa a cada uno de ellos por importe no superiora 150.000 euros. -Suspensión en el ejercicio del cargo por plazo no superior a tres años. -Separación del cargo, con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en la misma entidad de crédito por un plazo máximo de cinco años. -Inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad de crédito o del sector financiero, con separación, en su caso, del cargo de administración o dirección que ocupe el infractor en una entidad de crédito, por plazo no superior a diez años. 2. No obstante lo dispuesto en el número anterior, en el caso de imposición de las sanciones previstas en las letras c y d del mismo podrá imponerse simultáneamente la sanción prevista en su letra a."
"Artículo 48.2.H Determinar la información mínima que las entidades de crédito deberán facilitar a sus clientes con antelación razonable a que estos asuman cualquier obligación contractual con la entidad o acepten cualquier contrato u oferta de contrato, así como las operaciones o contratos bancarios en que tal información pre-contractual será exigible. Dicha información tendrá por objeto permitir al cliente conocer las características esenciales de los productos propuestos y evaluar si estos se ajustan a sus necesidades y, cuando pueda verse afectada, a su situación financiera." ¿Sorprendido?

 Un día quien les escribe se sentó ante el teclado, preocupado por algo que estaba aconteciendo en el sector y, más concretamente, por la actitud de una determinada compañía. Solo soy uno de tantos a quien hoy se describe como blogger pero a mí se me antoja que estoy aún ligado con esos escritos libres y espontáneos que surgían en ateneos y mesas de café a principios del siglo XX. Solo que las dos líneas del café las leían los amigos y un blog llega a mucha gente. Cambia la dimensión pública y con ello también el riesgo. Así que, continúo, escribí un post. Antaño se le llamaba "artículo". Avanzo que una de las múltiples reacciones al post se materializó a los pocos días en la visita a mi despacho de uno de los mandamases procedente de la sede de la aseguradora comprometida. Indagó acerca de las intenciones de mi comentario y ello me hizo reflexionar: "si no soy un funambulista ¿qué hago en la cuerda floja?" ¡Porque el asunto podría haber terminado en una demanda! Aunque el comentario era inocente de narices, carente de animadversión y más bien tenía el tinte de queja o lamento. Una elegía. Así que me puse a trabajar en resolver la papeleta, porque no encontré en el mercado asegurador español a nadie que ofreciera un seguro de responsabilidad civil para bloggers. Meses más tarde aparecieron en el mercado ciertos comentarios porque en Estados Unidos ya se estaban produciendo demandas y condenas; allí disponían de producto asegurador. También en Grecia y otros países localicé condenas o bien demandas por contenidos publicados por bloggers "aficionados" quienes supongo no esperaban que su hobby podía transformarse por arte de birlibirloque en una situación tendente a la ruína familiar. He de alegrarme de no haber sido el único blogger y corredor en tener la misma sensibilidad hacia este riesgo y hace unos meses Alain Puyo, Director Técnico de Alfarisk presentó una excelente solución de seguro de responsabilidad civil para bloggers. Mi sincera enhorabuena por su anticipación, es un gran profesional. Por nuestra parte, seguimos con las conversaciones que habíamos abierto al respecto que han culminado recientemente con una solución aseguradora real al problema de la mano del LLOYD's. Que yo conozca la de Alfarisk y la nuestra son las dos únicas alternativas del mercado en la actualidad. Un seguro de responsabilidad civil para bloggers puede no ser percibida como la solución adecuada por muchos particulares que ven en su actividad de comunicación algo inocente, sin riesgo. Pero la realidad, la tozuda realidad, está ahí y no se detendrá ante un padre de familia que solo publica por hobby si se entienden vulnerados derechos o se sufre un pretendido o real daño moral. En este sentido es muy importante que el redactor de un blog sepa a qué riesgos se enfrenta, valore cada contenido que aporta o que permite que resida en su blog (aunque haya sido aportado por terceros) y ello incluye no solo los textos, sino también las imágenes, los archivos, los enlaces, las referencias,...y los comentarios de terceros. Que se lo pregunten a Miguel Arias, de Rankia, y la demanda que le presentó Ausbanc... No hablo del sexo de los ángeles. Vivimos en un mundo complejo donde, además, nuestros post traspasan fronteras nacionales y pueden alcanzar mercados jurídicos distintos de aquellos que presuntamente conocemos. Sinceramente dudo que ningún blogger de quienes conozco tenga la más remota noción de derecho internacional, de derecho de imagen, propiedad intelectual o intromisión en la intimidad o del honor ni siquiera en su propio país, por lo que, entiendo, se hace necesario contar con algún tipo de cobertura en caso de desastre. Lo que proveemos es, simplemente, una red para el funambulísta. Seguramente, como dice un buen amigo y compañero blogger, muchos aficionados cerrarán la "paraeta" si eso tiene que costarles un duro. Mi reflexión va en otra línea: si gastamos en un seguro de viaje para no tener problemas cuando vamos al otro lado del mundo, si gastamos en remontes para darnos cuatro panzadas sobre la nieve, si nos fundimos unos euros delante de un buen arroz ¿por qué razón vamos a perder la oportunidad de comunicar, de dar rienda suelta a nuestra alma pública si eso nos cuesta un euro diario, un café (a mí me cuesta más, en Mallorca)? ¿vale la pena asumir el riesgo de estar solo ante el peligro a cambio de ese coste? Es una reflexión que cada cual tendrá que plantearse y tomar una postura consciente y meditada. Yo no tengo este blog para comercializar nada, ya lo he dicho en muchas ocasiones. Pero el buen colega blogger de esta comunidad, a quien me referí en este mismo post, me ha hecho ver que tampoco sería ético por mi parte ocultar a los restantes bloggers la existencia de este producto. Para ser decente hasta la tontería ya sabéis donde encontrar un seguro para bloggers: ALFARISK ó LLUCH & JUELICH.Etiquetas: blogger, carlos lluch, Rankia, responsabilidad civil bloggers

 Supongo que a más de uno le habrá asaltado la duda "¿estará Carlos dedicándose al latín para entender de qué va esto de los seguros?". Aclaro que no. Solo se trata de que a uno le va lo de leerse cuanto pilla y en esto que me encontré hace tiempo con un texto que dibujaba una situación disyuntiva, en la que una u otra vía debían tomarse como planteamiento de negocio y no cabían situaciones intermedias. Me apunté el asunto y aquí me tenéis exponiéndolo ante vosotros, a exámen.
Para que no creáis que soy un erudito, ni un pedante, os diré que en la wikipedia (un socorrido ayudante incondicional del hombre moderno) podemos encontrar las siguientes definiciones: "Intuitu pecuniæ es una locución latina que significa ‘en atención al dinero’. Hace referencia a aquellos actos o contratos que se celebran en atención a la suma de dinero en juego o aporte, constituyen la regla general. Significa que la atención al capital aportado por uno de los contratantes es más importante que la calidad de la persona que lo aporta, contrario al caso cuando el contrato es intuitu personae. La sociedad anónima, los contratos de compraventa, arrendamiento, mutuo, hipoteca, leasing, prenda, permuta; el joint venture y las apuestas se encasillan en este concepto. Intuitu personæ es una locución latina que significa ‘en atención a la persona’. Hace referencia a aquellos actos o contratos que se celebran en especial consideración de la persona con quien se obliga. El matrimonio, los contratos de trabajo, franquicia, mandato, depósito, comodato, sociedad colectiva; la constitución de usufructo, fideicomiso y de los derechos de uso y habitación se encasillan en este concepto." Y en este punto es dónde abordo el meollo de la cuestión, allá adonde quería ir a parar desde el principio de esta divagación: por tanto, existen negocios humanos que se realizan estrictamente por dinero pero también los hay que se formalizan por la persona concreta que los propone o los media, de lo que cabe colegir que dicha persona tiene para el otro contratante un valor superior al dinero. Esta reflexión va para mis queridos consumidores y va también para mis apreciados colegas. Porque de esa tonta conclusión que apuntaba dos líneas antes, cabe extraer de un modo tajante que: - Nadie debería esperar de un negocio que se transa solo por dinero que la otra parte no tenga otro objetivo que el dinero. Y de ahí que, no nos engañemos, en una solución de seguro en la que como consumidores hemos arañado hasta el último céntimo no podamos esperar otra cosa que en caso de siniestro sea la otra parte la que arañe hasta el último céntimo. Y viceversa.
- Nadie debería esperar de un negocio que se transa con una persona concreta, precisamente porque esa persona es quien es y no por otro motivo, que esa persona corresponda a dicha confianza ofreciendo soluciones que entran en el punto anterior. Porque si algo mantendrá la fidelidad de quien confía, no es otra cosa que corresponder a dicha confianza con lo mejor que uno tiene para dar a su cliente. No hay opción.
- Nadie debería esperar que quien maneja negocios que solo atienden al dinero sea capaz de cambiar de registro y pasar a negociar asuntos que se realizan solo en interés a la persona. Por ello este corredor no se sintió cómodo en su día con los productos bancarios y abandonó esa lucrativa (entonces) vía de negocio. No encajaba con un estilo de empresa donde lo importante era con quién se hacía el negocio y no cual era el volumen de la operación.
Por tanto, entiendo natural que todos, consumidores, mediadores, bancaseguros y compañías acabemos posicionándonos en uno de los dos postulados: o la pasta pura y dura o la confianza sin trampa ni cartón. No hay término medio ni concesiones. A partir de ahí, los maridajes deberían ser naturales, cada oveja con su pareja y sin engaños previos.
Pero, desgraciadamente, hay mucho tunante suelto. Así hay quien pide a su corredor que haga de funambulista con el precio sin tocar la calidad y hay quien corresponde a la confianza de sus clientes como sólo los mercenarios sabían hacerlo porque otro señor es su amo.
Para terminar, os dejo una cita de Cicerón. Ha llovido pero para mí sigue aún vigente:
"La primera ley de la amistad es pedir a los amigos cosas honradas; y solo cosas honradas hacer por ellos."
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Etiquetas: calidad, carlos lluch, guerra de precios, honestidad, Rankia

Estamos muy acostumbrados los mediadores a una cosa que se parió hace años en el sector asegurador, concretamente para el ramo de automóviles, y que recibió el nombre de Convenio de Indemnización Directa Español o CIDE. Los consumidores de seguros alguna que otra vez han oído hablar de que tal o cual compañía o de que su siniestro se pagan por "convenios". Y de ahí a traducir el término en "chanchullo", "apaño", "acuerdo" y toda cuanta traducción peyorativa entrara en la sesera del interfecto ha sido uno. En este post intentaré dejar unas pinceladas básicas para que el lector no profesional entienda de una vez por todas de qué va esto de los convenios. Sus pros y contras y, por encima de todo, unos cuantos trucos que le harán "mejor conductor" y, en consecuencia... mejorará sus expectativas de ser declarado acreedor (el que gana) en un parte CIDE y no deudor (el que pierde). Para empezar, el convenio CIDE surge como una necesidad de agilizar y normalizar las reclamaciones amistosas (no judiciales, no confundir con "entre amigos") que en el entorno pre convenios llegaban a eternizarse. Con el convenio CIDE se consigue, en líneas generales: - reducir los tiempos de tramitación. Las aseguradoras se obligan a los siguientes plazos MÁXIMOS: 3 días hábiles por inexistencia de seguro, 7 días naturales por cualquier otro motivo, 7 días naturales para intercambios de las copias de los partes desde su petición). Si no se contesta en plazo, el que no cumple los plazos paga (de ahí la conveniencia de tener una aseguradora con buena tramitación... y que salga caro contratar un seguro sin estructura de servicio).
- Nuestra compañía perita nuestros daños y lo hace de acuerdo con el contrato que tenemos suscrito. La compañía contraria NO perita. De ahí la importancia de contratar una compañía con una cláusula de valoración de los daños que nos sea favorable y no cualquiera porque ahí las diferencias cuestan miles de euros.
- Nuestra compañía paga al taller el importe total de la reparación, NO la contraria de quien recibe el módulo que no es otra cosa que el importe medio por siniestro en el sector. Si solo tenemos un intermitente roto nuestra aseguradora gana dinero con ese parte porque recibe mucho más pero perderá si tenemos un siniestro con un importe de reparación superior al importe medio; más aún si se trata de un siniestro total. Por ello es muy importante la figura del mediador de seguros porque no dejará que el asegurador "se salga por la tangente".
- Las aseguradoras que incumplen los plazos son penalizadas por el sistema por lo que, en general, se obtiene un servicio que tiende hacia la excelencia y ello redunda en satisfacción para el consumidor de seguros.
Para que el CIDE sea aplicable deberán darse una serie de circunstancias:
- Cumplimentar debidamente la Declaración Amistosa de Accidente (el parte amistoso de accidente nació en el año 1.972 en la Asamblea Plenaria del Comité Europeo de Seguros quien invitó a todas las entidades de seguro a introducir en sus países la “Declaración Amistosa”. Esto supondría un modelo común: texto, formato y color. España se sumó a esta iniciativa el 1 de junio de 1987 y, desde entonces, todos llevamos el parte amistoso en nuestra guantera. Pero pocos saben cumplimentarlo bien. Consulte a su mediador y le enseñará cómo lograr una correcta cumplimentación puesto que acelera enormemente los trámites).
- Solo se aplica este convenio si intervienen dos vehículos en el siniestro. Si hay más de dos vehículos no se pueden aplicar Convenios.
- Las compañías aseguradoras de los dos vehículos deben estar adheridas al convenio. Por ejemplo, no están adheridas las aseguradoras de vehículos extranjeros, aseguradoras que operan en España sin establecimiento y algunas "de todo a cien". La adhesión a convenios supone depositar avales, informátizar y pagar cánones de uso por lo que algunas necesitan ahorrarse esos costes aunque suponga dar peor servicio.
- Debe producirse colisión directa entre los dos vehículos implicados en el siniestro. Si los vehículos no se tocan, no se aplican convenios.
- La Declaración Amistosa de Accidentes debe estar correctamente cumplimentada y firmada por ambos conductores. En caso de cumplimentación incompleta o falta de firmas se aplicaría el Convenio ASCIDE.
- Los daños materiales ocasionados en el accidente no pueden sobrepasar los 100.000,00 € por siniestro. Los daños personales o a cosas transportadas quedan fuera de convenios.
En la cabecera de este post he incluido una tabla. Se trata de la tabla de culpabilidad que se utiliza en el convenio CIDE y en el ASCIDE. Es muy sencilla y directa. Como verán en la primera columna aparecen unas casillas que van desde la "A0" hasta la "A17"; en las mismas se recogen las circunstancias marcadas con una crucecita del cuerpo central del parte amistoso para el "vehículo A". En la primera fila aparecen unas casillas que van desde la "B0" hasta la "B17" que significan exactamente lo mismo pero para el "vehículo B" del parte amistoso.
Pongamos un ejemplo: El vehículo A adelanta cuando de repente el vehículo B, con el intermitente puesto, gira a la izquierda cortando el paso del vehículo A quien le colisiona ¿quien tiene la culpa? Si toman su parte amistoso para el "vehículo A" se marca la casilla "A11- Adelantaba" y el "vehículo B" tiene puesta una cruz en la casilla "B13- Giraba a la izquierda". Nos vamos a la tabla que encabeza este post y observamos el punto en el que se cruzan A11 y B13 y observamos que pone, claramente, que el culpable es el "B". ¿Por qué? Pues porque nuestra Legislación en materia de circulación obliga a que un vehículo que es adelantado permita que acabe dicha maniobra sin poner en riesgo al vehículo que adelanta y, además, establece que para ocupar un carril distinto de aquel por el que se circula deberá respetarse la prioridad del vehículo que lo ocupa en ese momento. Pero, además, obliga a que todo vehículo que realiza un giro deba asegurarse antes de que puede hacerlo sin riesgo para el resto de vehículos y peatones. Todo esto está condensado en esa casillita que dice, lacónicamente, "B". Por cierto, el intermitente sirve de aviso pero no autoriza en ningún caso ni otorga prioridad; eso es algo que un servidor ha tenido que borrar de la mente de miles de conductores equivocados así que quíteselo de la cabeza.
Echando un vistazo al cuadro y a modo de resumen, voy a darles las diez recetas de oro que permitirán evitar tener la culpa en el 80 % de los siniestros en que puedan verse comprometidos:
- Siempre utilicen el carril que está más a la derecha, especialmente en las rotondas: en caso de colisión circulando en paralelo siempre resulta culpable el vehículo que tiene los daños en su lateral derecho ¿por qué? Nuestras Leyes nos obligan a circular por la derecha; quien se separa del carril derecho asume el riesgo derivado de hacerlo.
- Nunca haga marcha atrás si no está totalmente seguro de que puede hacerlo sin problemas porque si el problema se presenta SIEMPRE será culpable.
- Nunca abra las puertas sin estar completamente seguro de que no existe riesgo alguno o las tenga abiertas sin necesidad porque en caso de duda SIEMPRE es culpable quien abre o tiene la puerta abierta. Y es una reparación muy cara.
- Mantenga la distancia de seguridad y preste atención porque si golpea al de delante o se ve envuelto en un accidente en cadena de vehículos en movimiento SIEMPRE tendrá la culpa; totalmente en el primer escenario y de los daños de su frontal y de la trasera del de delante en el segundo supuesto.
- Nunca entre en una rotonda o en una via principal procedente de otra secundaria, de un parking o camino de tierra si no hay espacio holgado para hacerlo puesto que en caso de accidente SIEMPRE tendrá la culpa, independientemente de la velocidad (excesiva, claro) que llevaba el otro.
- Nunca salga de un aparcamiento sin estar seguro de que puede hacerlo sin provocar un accidente porque en caso de colisión nada le va a salvar: quien se incorpora a la circulación es culpable SIEMPRE.
- Nunca cambie de carril si no tiene espacio holgado para hacerlo. Ni intermitente ni gaitas; nada le salvará si tiene un accidente porque cambiar de carril implica SIEMPRE culpa.
- Si cree que le sale a cuenta meterse tres metros en dirección prohibida con el coche o la moto para no tener que darle toda la vuelta a la manzana para entrar en el parking, quíteselo de la cabeza: implica culpa SIEMPRE pero, además, representa pérdida de puntos, puede suponerle perder el carné de conducir (y cuando se pierde se pierde para todo vehículo a motor, que es algo que la gente no sabe, es decir: no podrá conducir NADA con motor mientras esté sin carné) o incluso constituir delito y cárcel si hay lesionados.
- Un STOP o un CEDA son sagrados. También la preferencia de otro vehículo que viene de la derecha en un cruce. Si no entiende esto y lo incorpora a sus hábitos incluso en la urbanización que tan bien conoce, en ese cruce por el que "nunca viene nadie" y demás, le garantizo que le esperan desagradables sorpresas que pueden conducirle, incluso, a la muerte. Recuerde que incluso con Airbags protegiéndole una colisión a más de 56 Km/h (es decir, Ud a 28 Km/h contra otro a 28 Km/h) puede costarle la vida a Ud, a su esposa, a sus hijos o a gente a quien ama. Y esas velocidades en ámbito urbano son ridículas.
- Si va a entrar a un párking recuerde siempre que quien circula por el mismo tiene preferencia.
Si alguien está muy interesado con el tema al pie de este post dispone del manual completo del convenio CIDE-ASCIDE en formato pdf.
Espero que estas orientaciones le sirvan de ayuda y le permitan conocer un poco mejor cómo funciona su seguro, cómo y por qué se imputan las responsabilidades. Recuerde consultar a su mediador y que le explique cómo cumplimentar bien un parte amistoso; es un buen aliado y le ahorrará tiempo y preocupaciones incrementando su satisfacción con el seguro.
CONVENIO%20CIDE_ASCIDE.pdfEtiquetas: accidente, ASCIDE, carlos lluch, CIDE, convenios, Rankia, seguro de autos

 Vamos a suponer que no estoy forrado y no me da igual tirar mi dinero o, cambiando de supuesto, vamos a suponer que soy un tipo duro y no dejo que me tomen por imbecil a la primera de cambio. Vamos a suponer que acabo de venir del banco, de pedir un préstamo de 200.000 € a 25 años y me han dicho que me hacen un descuento del 0,8% si contrato el seguro del hogar con la aseguradora que a ellos les convenga. Tal vez les parecerá caprichoso eso del 0,8% pero se trata de un caso real, del caso de un cliente, así que he tomado el simulador de préstamos y ¿saben qué les digo? Pues que o ellos son idiotas o nos toman por tal cosa. Se lo voy a demostrar.Vamos a suponer, en los ejemplos, que el diferencial sobre el tipo es constante tanto en el caso bonificado como en el que no lo es. Supondremos que el tipo de interés básico, de partida, se mantiene estable a lo largo de toda la duración del préstamo puesto que resulta irrelevante que varíe... al fin y al cabo la diferencia está, como el propio nombre indica, en el diferencial entre los dos tipos y no en el índice de partida (el euribor) sobre el que se aplica este. - Si financio 200.000 € a 25 años a un 2.0% tengo una cuota de 847 € mensuales.
- Si financio 200.000 € a 25 años a un 2.8% tengo una cuota de 927 € mensuales.
Esto es, una diferencia exacta de 80 € mensuales o, lo que es lo mismo, 960 € anuales. En 25 años la diferencia es de 24.000 €Por tanto, el banco, por el mero hecho de tener mi seguro de hogar del que cobrarán una comisión me va a obsequiar con 24.000 € o, lo que es lo mismo, cuatro millones de las antiguas pesetas. ¿Por qué lo hacen? ¿Acaso son una ONG? ¿Dónde está la cámara oculta? Como corredor de seguros que soy les anuncio que la comisión típica en un seguro de hogar está entre el 20 y el 25%, los hay al 17% y algún descerebrado acepta comercializar al 40% comiéndose lo que debería ser para siniestros. Ese 20-25% es lo que ganamos los mediadores de seguros "normales" con un seguro de hogar y a cambio de ese comisionamiento tenemos que asistir en el momento de la contratación con un asesoramiento de calidad y atender todas las incidencias y siniestros que puedan presentarse a lo largo de una anualidad. Si un seguro de hogar medio está en unos 240 € de prima neta (el consorcio e impuestos no se comisionan...) llegaremos a la conclusión de que la comisión media está entre los 48 y 60 € anuales. Si extrapolamos, para que el banco "no pierda" en esa operación en la que nos bajará el tipo de interés, tendría que estar obteniendo del seguro de hogar lo que va a sacrificar en forma de interés ¿verdad? Ese sería un punto de equilibrio que cualquier financiero avalaría: "no le cobro en interés lo que gano en el seguro". Un planteamiento impecable pero... ¿hacemos una cuenta tonta? Para que el banco o, más concretamente, su operador de bancaseguros obtenga 960 € anuales de comisionamiento de un seguro de hogar, la prima neta anual de dicho seguro tendría que ser de entre 3.840 y 4.800 €, en función de que se cobre un 25 o un 20% de comisión. Es decir, que para que el seguro cubra la pérdida en interés el propietario de un piso con 200.000 € de hipoteca tendría que pagar el seguro de una lujosa villa. Con impuestos y consorcio cerca de 6.000 € anuales de prima total de seguro. Afortunadamente, eso no ocurre. Porque si un cliente medio paga 240€ (moneda constante) durante 25 años se habrá dejado 6.000 € en seguro de hogar a lo largo de dicho plazo. Si el seguro costara 6.000 anuales, resultaría que en 25 años habría pagado de seguro 150.000 €, lo cual sería bastante estúpido puesto que significaría que para ahorrar 24.000 hemos asumido pagar 150.000 € con un balance en contra de 126.000 €. Como nos daríamos cuenta fácilmente de que eso es desastroso ni nos lo proponen. Así que esto de sacar los 960 € del seguro ...¡ni pensarlo! Hay que explotar otras vías. Así que, amigos míos, resulta que el banco, esa máquina de hacer dinero, esa entidad que está dirigida por sesudos y privilegiados tipos que ganan millones de euros al año con el placet de sus accionistas en el fondo nos hace una oferta que no haría ni el tonto del pueblo: tu me compras el seguro de tu casa con el que gano 48 ó 60 € y por eso renuncio a 900 €.Si lo miramos con perspectiva, a 25 años el problema es de psiquiátrico: porque esos 900 € anuales a los accionistas del banco les van a costar la friolera de 22.500 €. Por cliente. Multipliquen por decenas de miles y ¿no habría que defenestrar a todo el Consejo de Administración, por burros? Por tanto estos tipos son bobos de necesidad, rematadamente tontos y absolutamente necesitados de ayuda urgente salvo que... ¡nos esten engañando!. Y entonces resulta que por arte de birlibirloque los idiotas pasamos a ser la masa, ese acojonado rebaño que dice amén, contento y agradecido con quien se la da con queso mientras viola sus derechos como consumidor. Ni qué decir tiene que la Administración también ve con buenos ojos la bondadosa actitud de bancos y cajas que obsequian dinero a espuertas como deferencia comercial.Y es que esos señores (llamémosles así) no son tontos. Son listos. Y saben que si ponen por escrito que obligan a contratar un seguro so pena de un grave perjuicio económico la Ley tendrá que intervenir porque eso está prohibido. Porque son listos le han dado ante nuestras narices la vuelta a la historia y nos venden la bendición de gozar de su infinita bondad y deferencia hacia un buen cliente. Nos bonifican, nos protegen de ellos mismos a cambio de la tonta imposición de un segurito intrascendente. Ya está que luego, cuando se necesita, igual a uno le hicieron un bodrio de seguro, le embargan todo y uno, medio loco y totalmente destruido como ser humano acaba secuestrando al personal en una sucursal de Burgos pero eso ¡qué más da! Mientras siga subiendo la cuenta de resultados en mitad de una crísis que ellos han provocado seguirán tomandonos por bobos; cada vez que alguien pierda la serenidad seguirán mirando para otro lado entonando el "¡yo no he sido!". Y nosotros, distraidos, seguiremos mirando bajo qué patata está la bolita mientras el tiburón nos asesta el golpe final. Etiquetas: bancaseguros, carlos lluch, consumidor, hipoteca, Rankia

Con frecuencia los medios publicitarios nos asaltan con ofertas tentadoras que, por aquello de que la mano es más rápida que el ojo y que es la base del arte de cualquier prestidigitador o trilero, hacen que nos deslumbre el precio y nos creamos aquello de que “eres tonto si por lo mismo pagas más”. Resalto lo de “lo mismo” porque de eso, precisamente, va este artículo. ¿Seguro que estamos ante “lo mismo”? También tenemos el otro escenario que nos ha aportado la moderna situación de crisis consistente en que el banco, hasta hace poco nuestro aliado a la hora de incrementar nuestra calidad de vida o las expectativas de negocio, se va transformando a pasos agigantados en una máquina destructora de esfínteres y, a la fuerza, por pura imposición so pena de múltiples desgracias o sobrecostes financieros nos obliga a contratar una retahíla de seguros que según ellos “total tenías que contratarlo, te lo hacemos nosotros y qué más da si todos son iguales”. Tal vez ellos, en su ignorancia, se lo crean pero ¿es cierto que estamos ante “lo mismo”? Aviso que en este espacio no voy a hablar de precio que, “naturalmente”, suele ser una mera consecuencia del grado de exposición del asegurador ante los riesgos (cuanto más me mojo, más necesito cobrar…) pero “artificialmente” puede tener comportamientos inesperados: un mediador estándar, de los de toda la vida, tiene que competir para comercializar y ello induce a trabajar con precios competitivos lo cual sin duda beneficia al consumidor. Pero quien tiene la capacidad de imponer pasándose por el arco del triunfo los derechos del consumidor, ese no tiene problemas de competitividad: si infla el precio un 50% el cliente acabará pagando sí o sí por lo que se dispara la rentabilidad de “vender seguros” hasta el punto de que pueden llegar a denegarte el préstamo o la cuenta de crédito si no tragas. Supongo que entendéis ahora algo más que hace un rato. Veamos, a continuación, algunos elementos de todo seguro que hacen que uno que se dedica profesionalmente a esto del seguro y que invierte en ello al menos una neurona se escandalice cuando oye o lee a algún soplagaitas decir aquello de “lo mismo, más barato”. No voy a analizar el conjunto, sino garantías sueltas porque a veces son las que hacen que un seguro concreto sea más adecuado para un determinado cliente. Recordemos que la póliza perfecta, la que sería ideal para todo el mundo por no tener agujeros de cobertura, no existe o, mejor dicho, la mayoría de los consumidores simplemente no puede o no quiere pagarla. Otro asunto: No voy a analizar el detalle de la cobertura, sus exclusiones y delimitaciones que eso daría para todo un libro. Solo me centraré en un aspecto: el límite a que se expone cada asegurador y que no es otra cosa que el límite al que no se expone el asegurado. De ello obtendremos al final conclusiones. ¿Entramos en el tema? Por cierto, la información que aportaré no es la que aportaría un experto sino aquella que puede consultar cualquier comprador de seguros visitando la web de bancos o aseguradoras. Así quiero llegar a otra conclusión que veremos al final. ¿Cómo tratan el HURTO en la vivienda distintas aseguradoras? Recordemos que por Hurto debemos entender la apropiación indebida de bienes por terceros sin que medie violencia sobre las cosas ni sobre las personas. - BBVA modalidad EXTRA : 1.800 €
- BBVA modalidad SUPERIOR: 3.800 €
- LINEA DIRECTA: NO INFORMA EN SU WEB
- BANKINTER (Liberty): 100%
- BANESTO: 5% del contenido con máximo de 3.000 €
- NATIONALE SUISSE modalidad ESTATE: 100%
- REALE modalidad LUJO: NO INFORMA EN SU WEB
¿Cómo cubren el dinero en efectivo en casa? - BBVA modalidad EXTRA : 300 €
- BBVA modalidad SUPERIOR: 1.200 €
- LINEA DIRECTA: NO INFORMA EN SU WEB
- BANKINTER (Liberty): 5% máximo 300,50€
- NATIONALE SUISSE modalidad ESTATE: 6.000 €
- REALE modalidad LUJO: 2.000 €
Si tengo un problema relativamente serio y tengo que alojarme en un hotel ¿Cómo lo cubren? - BBVA modalidad EXTRA : 7 días máximo 600 € para toda la familia
- BBVA modalidad SUPERIOR: 7 días máximo 1.200 € para toda la familia
- LINEA DIRECTA: NO INFORMA EN SU WEB
- BANKINTER (Liberty): 3.005,06 € para toda la familia
- BANESTO: 300 € para toda la familia
- NATIONALE SUISSE modalidad ESTATE: 15.000 € para toda la familia
- REALE modalidad LUJO: 12.000 € para toda la familia
Si sufro un siniestro grave y hay que demoler y desescombrar, tengo que tener claro que las demoliciones parciales son mucho más caras (se hacen a mano) que las totales y que la gestión de los residuos es un tema muy caro, especialmente si tengo materiales contaminantes (todo lo que queda en un incendio es muy contaminante así como todos los materiales de Uralita por lo que los trabajos se disparan en coste). ¿Cómo me cubrirán distintas opciones? - BBVA modalidad EXTRA : máximo 5% del continente (ejemplo: 100.000 € asegurados=5.000 € para una demolición y su desescombro. Permitan que me acojone…)
- BBVA modalidad SUPERIOR: 100%
- LINEA DIRECTA: NO INFORMA EN SU WEB
- BANKINTER (Liberty): NO INFORMA EN SU WEB
- BANESTO: máximo 3% (si lo del BBVA EXTRA asusta este causa pavor)
- NATIONALE SUISSE modalidad ESTATE: 100%
- REALE modalidad LUJO: NO INFORMA EN SU WEB
¿Cómo cubrirán los daños estéticos que me obligan a cambiar todos los azulejos de mi baño o el parqué del salón-comedor? - BBVA modalidad EXTRA : máximo 1.200 €
- BBVA modalidad SUPERIOR: máximo 3.000 €
- LINEA DIRECTA: máximo 600 €
- BANKINTER (Liberty): máximo 1.803 €
- BANESTO: máximo 2% del continente con máximo 1.200 €
- NATIONALE SUISSE modalidad ESTATE: máximo 30.000 €
- REALE modalidad LUJO: máximo 12.000 €
Si tengo una explosión de gas en mi piso o un incendio y me llevo por delante otro piso vecino, tengo que pagar el recobro del seguro de la comunidad por pagar la pintura de fachada y escalera, causo lesiones a tres vecinos y destrozo cinco coches aparcados en la calle ¿Cuánto me aseguran en concepto de Responsabilidad Civil? - BBVA modalidad EXTRA : máximo 150.000 €
- BBVA modalidad SUPERIOR: máximo 300.000 €
- LINEA DIRECTA: máximo 150.000 €
- BANKINTER (Liberty): máximo 300.506,05 €
- BANESTO: máximo 150.000 €
- NATIONALE SUISSE modalidad ESTATE: máximo 2.000.000 €
- REALE modalidad LUJO: máximo 750.000 €
¿Puedo disponer de cobertura Todo Riesgo? - BBVA modalidad EXTRA : NO
- BBVA modalidad SUPERIOR: NO
- NATIONALE SUISSE modalidad ESTATE: SÍ
A propósito no he entrado a valorar algunas de las marcas que más suenan en medios publicitarios; he querido demostrar que incluso en marcas no muy nombradas se obtienen resultados superiores pero para ello el consumidor debe acudir al experto porque si solo se guía por su recuerdo de marca en un buscador como Google puede dejarse grandes oportunidades y… equivocarse. Otras, sinceramente, han sido tan opacas que no especificaban ningún límite de cobertura de tal forma que resultaba imposible incorporarlas a este breve análisis. Si se fijan, verán que algunas ni siquiera ofrecen transparencia en ciertas coberturas pero sí en otras. Insisto en que yo sé o tengo medios como profesional para conocer esos detalles pero aquí juego a ser solo un consumidor amante de la investigación disponible en la red en las áreas de información previa a la contratación.
Bueno supongo que a estas alturas ya podemos extraer algunas conclusiones inmediatas y obvias: - No hay dos seguros iguales.
- Quien nos diga que todos los seguros son iguales ¿miente?
- Quien nos obliga a contratar SU seguro impidiéndonos elegir el que más nos conviene ¿es una buena persona y un comerciante honesto que realmente vigila nuestros intereses?
- Si con la contratación del seguro a que nos obliga el banquero nos ahorramos unos pocos euros en la cuota de hipoteca ¿Cuánto podemos perder en caso de siniestro? ¿Es una medida inteligente y financieramente sostenible transigir sin pensar en las consecuencias?
- Obedecer ciegamente al banquero ¿Puede significar la ruina total de la familia si estamos ante un tema de Responsabilidad Civil, por ejemplo? ¿Pagará el banquero lo que no cubra el seguro o tendré que asumirlo con mis "bienes actuales y futuros" como dice el art 1.911 del Código Civil?
- ¿Es un producto que puede ser comercializado de cualquier manera y por cualquiera o precisa de un tratamiento profesional? ¿Qué hago contratando un seguro con un ignorante?
- ¿Es cierto que puedo comprar exclusivamente atendiendo al precio?
- ¿Puedo comprar a ciegas en Internet si no me informan del detalle de coberturas? ¿No debería confiar solo en quien me informa con detalle?
Pero aún iré más allá. Hay tres grandes conclusiones no tan obvias pero sí trascendentales: - El consumidor cuando compra influido por información intoxicada solo consume, no se protege adecuadamente que es el fin ultimo de la suscripción de seguros.
- El consumidor cuando es obligado a contratar renuncia a mucho más que a su autoestima y sus derechos. Con ello compromete gravemente su seguridad patrimonial y la de su familia. Y eso ¿se paga con dinero ahorrado en un diferencial?
- En todo seguro, al principio, hay un capítulo destinado a las definiciones. Entre ellas hay una que siempre se pasa por alto que dice algo así como "SUMA ASEGURADA: es el límite que, por la suma de todos los conceptos, pagará el asegurador en caso de siniestro" Eso significa que el asegurador no pagará un solo céntimo por encima de la suma asegurada pero también significa que ... ¡la suma asegurada no puede ser la misma en dos productos de seguro distintos! ¿Por qué? Pues si en caso de incendio de mi piso con el BBVA EXTRA me permite gastar 600 € en hotel, con BBVA SUPERIOR puedo gastar hasta 1.200 € o en Nationale Suisse tengo 15.000€ resulta que estas cantidades afectan al límite total de cobertura que debo contratar. Si Banesto solo se gastará el 3% del capital en demoler y desescombrar y BBVA SUPERIOR lo asume al 100% ¿tengo que cubrir lo mismo en ambos casos? Por tanto, como consecuencia evidente y muy sencillita de entender tendremos que:
- según el producto de seguro contratado vamos a tener que subir o bajar el capital asegurado de continente como una mera consecuencia de que no todos van a gastar lo mismo ante un siniestro idéntico; es decir, ni siquiera en esto van a ser "lo mismo".
- si según el producto tengo que poner una u otra suma asegurada ¿de qué puñeta sirve incluir en un contrato como suma asegurada el valor de tasación a coste de reposición que aparece en el informe del tasador hipotecario y que es un valor que solo sirve a efectos de valoración de activos para el banco?
- si soy un consumidor del montón, no experto en los matices de cada contrato y sin capacidad técnica para saber qué hacer para estar seguro sin correr riesgos ni asumir sobrecostes innecesarios ¿por qué no confío en un profesional de verdad y dejo de "automedicarme" a ojímetro en una cosa que me puede arruinar?
Y ahora, ¡a pensar!
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Etiquetas: abuso, bancaseguros, carlos lluch, comercialización de seguros, consumidor, engaño, Rankia, seguro de hogar

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Carlos Lluch
Permíteme que me presente. Soy Director Técnico de una Correduría de Seguros independiente y un convencido seguidor de las prácticas de la Gerencia de Riesgos. Soy Titulado en Seguros (Ley 9/1992) Además he cursado estudios de Gerencia de Riesgos en AGERS y en la Universitat de Barcelona. Me he formado en evaluación y análisis del riesgo medioambiental con ITSEMAP y estudio con pasión cuanto se relaciona con las actividades y colectivos que asesoro. Actualmente estoy formándome en Dirección y Administración de Empresas en la Universitat de Barcelona. Colaboro con el Colegio de Mediadores de Seguros de Balears, como vocal y estoy convencido de que la colegiación es, hoy por hoy, una buena vía para acceder a formación de calidad e independiente además de un espacio donde compartir experiencias y debatir, cosa que siempre conduce a experiencias gratificantes.
También formo parte del equipo de E-colaboradores de TRIA SERVEIS, lo cual es un privilegio y un servicio a mi comunidad.
Aprender a escuchar es muy importante y un blog escucha la opinión de cuantos dejan en él su aportación. Aspiro a identificar con vuestra ayuda lo que precisa cambios y ese conocimiento nos ayudará a mejorar. Y a ser más útiles a la sociedad. Gracias por visitar este blog que no es mío. Es de todos.
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