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Consulta: Daño directo por agua

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Consulta: Daño directo por agua
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Consulta: Daño directo por agua
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#1

Consulta: Daño directo por agua

Hola, a ver si me podéis echar una mano.
Tengo una fuga en la arqueta de desagüe del baño que le ha provocado una gotera al vecino del piso inferior. Han tenido que levantar la solería, y van a reparar la fuga, el daño al piso inferior y la recolocación del suelo.

En el otro lado de una de las paredes (salón), en la zona inferior, han aparecido humedades. No me han explicado nada al respecto, sólo se han limitado a decirme que eso "no está incluido por ser daño directo."
En esa pared no hay nada, no está la bañera, ni lavabo, ni bidé... sólo está alicatada. Parece que por un fenómeno de capilaridad el ladrillo está absorbiendo la humedad, que poco a poco se va extendiendo del suelo hacia arriba. Esto se ve en la pate del salón, que está pintada, pero no en la del baño por el alicatado.

Según las condiciones particulares de mi póliza, tengo asegurado para daños por agua el 100% del continente y el 100% del contenido, 1.500 € para restauración estética.

¿Tendría derecho a reparación de la pared del salón?

Gracias. Un saludo.

#2

Re: Consulta: Daño directo por agua

SI.

#3

Re: Consulta: Daño directo por agua

Estimado Joseu,

Basándome en la lectura de condicionados generales de seguros de hogar de diferentes aseguradoras, te comento que normalmente, a pesar de tener los daños propios por agua cubiertos al 100%, las aseguradoras excluímos la localización y reparación de fugas que tengan su origen en vasos de piscinas, pozos, redes de riego, sumideros, arquetas y otros, sin producir o aún produciendo daños directos a los bienes.

Tendrías excluida la reparación y por tanto, al no ser considerado "siniestro", los daños propios. No obstante, me sorprende que digas que siendo una fuga en la arqueta del desagüe ya hayan levantado y te vayan a reparar tu piso. Si bien es cierto que cualquier daño a tercero del que seas civilmente responsable está cubierto hasta el límite establecido en las condiciones particulares de tu póliza por cobertura de RC, no me queda tan claro que vayan a darte cobertura directa por la exclusión que te he comentado. No obstante, y siguiendo la lógica de tu argumentación, si ya te han levantado y "te van a reparar", entiendo que, consecuentemente, deberían indemnizarte los bienes dañados, en este caso, paredes.

Por otro lado decirte que también están excluidos normalmente de daños propios las humedades ambientales o transmitidas por el terreno o cimentación. Importante dato dado que si la humedad no deriva de la fuga (que parece lo más probable) y deriva de este otro motivo podrías tenerlo excluído igualmente.

Respecto a la restauración estética, para la zona de pared dañada no tendrías cobertura, puesto que como concepto, es el gasto que asume la compañía para la recomposición estética de zonas no dañadas en siniestro. Al estar dañada no tendrías cobertura ahí; tendrías cobertura en el resto de paredes del salón si quedase, una vez pintada la zona, un parche que hiciese que hubiera varios colores: entonces sí, por restauración estética, te pintarían otras paredes que NO estarían dañadas anteriormente.

Espero haberte sido de ayuda.

Un saludo.

Héctor.

#4

Re: Consulta: Daño directo por agua

Gracias a los dos, la respuesta tan contundete de Acrasol me aliviaría más, la de Amp24 me pone en peor situacion...
Para arrojar un poco de más luz, incluyo la cobertura de los daños por agua directamente de las condiciones generales, ya que no las he encontrado en internet:
Hasta el 100% de la Suma Asegurada de Continente y/o Contenido, loa daños materiales producidos por el agua a consecuencia de:
1.- Escapes accidentales de agua debidos a reventón, rotura o atasco de conducciones de distribución o bajadas de aguas, o desagües, o de depósitos, o de aparatos electrodomésticos, o de otras instalaciones ya sean propias o ajenas.
2.- La omisión o desajuste del cierre de grifos y llaves de paso, propios o ajenos.
3.- Goteras y filtraciones a través de cubiertas, techos, muros y/o paredes por causas distintas a las descritas en los puntos 1 y 2.

Exclusivamente cuando se asegure el Continente y se haya producido alguno de los daños anteriores, se garantizan también los gastos derivados de:
- La búsqueda y localización de la avería causante del daño.
- La reparación de la avería causante del daño, siempre que ésta corresponda a instalaciones propias de la vivienda asegurada.

Gracias de nuevo por toda la ayuda. Un saludo.

#5

Re: Consulta: Daño directo por agua

Estimado Joseu,

Haciendo un corta y pega de lo que nos pones como parte de condicionado general, me encuentro con la modalidad de Seguro Hogar Élite de Generali. Comentar que la inclusión de "desagües" o bien yo no lo encuentro, o bien lo has puesto tú (cosa absurda porque es como hacerse trampas al solitario).

Ten en cuenta dos cosas: Uno, la modalidad de póliza de hogar puede ser o no Hogar Élite, hay otras modalidades que perfectamente puedes tener contratada y tener un condicionado distinto. Y dos, los condicionados se actualizan cada año pero ello no conlleva la actualización de los que hay en cartera, y me explico: Recientemente una gran aseguradora ha incluido una nueva cobertura dentro de sus pólizas a terceros, los daños cinegéticos, o cobertura de daños propios por colisión del vehículo con animales de caza (aunque tengas un terceros contratado). Pues bien, a las pólizas que hay en cartera, aunque tengan contratado terceros no le van a hacer este suplemento, ni otras modificaciones, porque tienen contratadas las Condiciones Generales de otro año anterior.

No obstante, si el Condicionado General de tu póliza de hogar es el que pones en el post, ningún problema: Cubierta la avería, cubiertos los daños propios y cubiertos los daños a terceros.

Espero haberte sido de ayuda.

Un saludo.

Héctor.

#6

Re: Consulta: Daño directo por agua

Gracias de nuevo por tu ayuda, Héctor.
Pensaba que lo había indicado en el primer post, pero se me pasó ponerlo, tengo una póliza Habitat 3.0 de Estrella Seguros, hoy Generali.
En efecto, en el condicionado del que comentas, Hogar Élite, no hacen alusión a desagües. Imagino que lo habrán eliminado con posterioridad a que firmara con ellos.

Seguiré informando cuando haya novedades. Es la primera vez que recurre al seguro por estos temas y estoy muy verde.

Muchas gracias. Un saludo.

José.

#7

Re: Consulta: Daño directo por agua

No te lies. Tu no tienes ninguna arqueta dañada. Tu tienes el desague roto u jodido como se dice vulgarmente.
Te corresponde 100 % de los daños propios (salón).
Te corresponde 100 % daños responsabilidad civil (vecino de abajo).
Te corresponde localizacion y tapado de lo descubierto (albañilería) hasta el límite que te ponga en póliza.Si no te ponen límite, 100 % del capital asegurado Continente.
Te corresponde la fontanería hasta el límite que te ponga en póliza. Si no te ponen límite, 100 % del capital asegurado Continente.
Te corresponden daños esteticos, hasta el límite establecido en póliza (aquí siempre existe límite o casi siempre) por los daños en paramentos del salón. el primero como daño directo (ya incluido en el primer 100 %) y el resto incluido el techo por daños estéticos que siempre existirán a no ser que estés recien pintado.
Y respecto a la fontanería y albañilería, tal y como pone el redactado que adjuntas te deben abonar el 100 % de la reparacion por ambos conceptos.

Por tanto, y repito a tu primera pregunta. SI.
Fdo. Er Perrito.

#8

Re: Consulta: Daño directo por agua

Estimado Acrasol,

El tema no reside en liarse o desliarse. El tema reside en dar una respuesta lo más profesional y completa posible para que el cliente sepa de antemano ante que situación se puede encontrar.

Invertir tiempo en hacer un copia y pega de algo que anteriormente ha respondido me resulta, para que no te sientas ofendido, absurdo. No se ve profesional apoyarse en el argumentario de otro para repetir lo dicho. Es más, si se hubiese dado que este usuario es tu cliente, y que además la póliza de hogar en vez de tenerla en Generali con esas condiciones (condiciones, dicho sea de paso, que hay que confirmar puesto que en papel yo así no las he visto) la tiene en otras compañías, compañías que tienen un volumen de cartera de seguros generales de dos veces la de Generali (y con esto no ensalzo la cartera de estas "otras" compañías, sino acentúo la probabilidad de que hubiera estado asegurado en ellas), hubiese tenido 100% (como dices tú) el siniestro E X C L U I D O. Y si tú coges una batidora y mezclas tu mala información con el rehuse del siniestro el resultado es una póliza menos, dentro de unos meses otras tantas de autos, y unas cuantas manchitas hacia tu profesionalidad ( y por ende, hacia tu marca) en alguna que otra conversación informal que pudiera tener esta asegurada/o en cualquier momento.

Por tanto, y como consejo, en los seguros el Blanco o Negro no lo lleves por bandera. Mejor da un tono grisáceo oscuro para que, si luego es negro tu no hayas dicho blanco, o si luego es blanco hayas dicho grisáceo oscuro. A no ser que el siniestro sea "claro". Entonces mójate. Pero precísamente en los siniestros que afecten a la cobertura de daños por agua, ojito. No te mojes demasiado porque tienen su miga. Y te repito, en estas "otras" compañías hubiera estado excluido el siniestro y tú, sin cliente.

Es un consejo que te doy de forma gratuita, y no quiero que te sientas ofendido por mi contestación, tómatelo a modo de "crítica constructiva".

Espero haberte sido de ayuda.

Saludos.

Héctor.